III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2023-7872)
Orden CUD/290/2023, de 21 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la descripción y digitalización de archivos con patrimonio documental con una antigüedad superior a los cuarenta años de entidades, asociaciones de carácter político, sindical o religioso, centros educativos de carácter público, universidades públicas y de entidades, fundaciones, asociaciones culturales y educativas y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2023 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73
Lunes 27 de marzo de 2023
Artículo 32.
Sec. III. Pág. 45227
Solicitudes.
1. La solicitud se encontrará disponible en la página web del Ministerio de
Cultura y Deporte:
https://www.culturaydeporte.gob.es/cultura/archivos/sc/becas-ayudassubvenciones.html.
1.º Copia digitalizada de la tarjeta del Número de Identificación Fiscal de la entidad (NIF).
2.º Copia digitalizada del acta fundacional de la entidad con sus correspondientes
modificaciones.
3.º Copia digitalizada de los Estatutos vigentes de la entidad, así como de las
modificaciones que haya habido.
4.º Copia digitalizada de la certificación de inscripción en el registro público
correspondiente. La entidad debe estar inscrita en el registro correspondiente en la fecha
de presentación de la solicitud.
5.º Copia de las cuentas aprobadas en los dos ejercicios anteriores a esta
convocatoria.
6.º Memoria del proyecto de la entidad (según modelo normalizado que se
encuentra en la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte. Anexo I).
7.º Presupuesto de ingresos y gastos (según modelo normalizado que se encuentra
en la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte. Anexo II).
8.º Memoria de servicio que presta el archivo y actividades de la entidad de los dos
últimos años (según modelo normalizado que se encuentra en la sede electrónica del
Ministerio de Cultura y Deporte. Anexo III).
9.º Declaración responsable firmada por el representante legal de las subvenciones
o ayudas que se han solicitado para esta misma finalidad a cualesquiera Administración
Pública o institución pública o privada, indicando cuáles se han concedido y cuáles no,
así como las cuantías solicitadas. Anexo IV.
10.º Declaración referente al personal asalariado a cargo de la entidad. Anexo V.
11.º Para poder percibir fondos procedentes del Programa de ayudas públicas para
la descripción y digitalización de archivos con patrimonio documental con una antigüedad
superior a los cuarenta años de entidades, asociaciones de carácter político, sindical o
religioso, centros educativos del sector público, universidades públicas y de entidades,
fundaciones, asociaciones culturales y educativas (Plan de Recuperación,
cve: BOE-A-2023-7872
Verificable en https://www.boe.es
Deberá ser cumplimentada en castellano en su totalidad. Los datos no aportados,
total o parcialmente, no serán tenidos en cuenta a efectos de su valoración.
Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente a través de la Sede Electrónica
del Ministerio de Cultura y Deporte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, https://cultura.sede.gob.es/. Apartado «procedimientos y
ayudas».
2. Las solicitudes se cumplimentarán por la persona que actúe en nombre o
representación de la persona jurídica solicitante, mediante certificado electrónico de
persona física a nombre del representante legal de la entidad, o bien certificado
electrónico de persona jurídica a nombre de la entidad solicitante. En ambos casos, el
certificado electrónico deberá estar emitido por alguna de las autoridades de certificación
reconocidas por la Administración General del Estado.
La persona solicitante de las ayudas será la única autorizada a su aceptación, a
aportar cualquier documento o actuación que le sea solicitada y a la justificación final de
la subvención, salvo causa sobrevenida justificada.
3. Las solicitudes se presentarán con la documentación que se detalla a
continuación:
Núm. 73
Lunes 27 de marzo de 2023
Artículo 32.
Sec. III. Pág. 45227
Solicitudes.
1. La solicitud se encontrará disponible en la página web del Ministerio de
Cultura y Deporte:
https://www.culturaydeporte.gob.es/cultura/archivos/sc/becas-ayudassubvenciones.html.
1.º Copia digitalizada de la tarjeta del Número de Identificación Fiscal de la entidad (NIF).
2.º Copia digitalizada del acta fundacional de la entidad con sus correspondientes
modificaciones.
3.º Copia digitalizada de los Estatutos vigentes de la entidad, así como de las
modificaciones que haya habido.
4.º Copia digitalizada de la certificación de inscripción en el registro público
correspondiente. La entidad debe estar inscrita en el registro correspondiente en la fecha
de presentación de la solicitud.
5.º Copia de las cuentas aprobadas en los dos ejercicios anteriores a esta
convocatoria.
6.º Memoria del proyecto de la entidad (según modelo normalizado que se
encuentra en la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte. Anexo I).
7.º Presupuesto de ingresos y gastos (según modelo normalizado que se encuentra
en la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte. Anexo II).
8.º Memoria de servicio que presta el archivo y actividades de la entidad de los dos
últimos años (según modelo normalizado que se encuentra en la sede electrónica del
Ministerio de Cultura y Deporte. Anexo III).
9.º Declaración responsable firmada por el representante legal de las subvenciones
o ayudas que se han solicitado para esta misma finalidad a cualesquiera Administración
Pública o institución pública o privada, indicando cuáles se han concedido y cuáles no,
así como las cuantías solicitadas. Anexo IV.
10.º Declaración referente al personal asalariado a cargo de la entidad. Anexo V.
11.º Para poder percibir fondos procedentes del Programa de ayudas públicas para
la descripción y digitalización de archivos con patrimonio documental con una antigüedad
superior a los cuarenta años de entidades, asociaciones de carácter político, sindical o
religioso, centros educativos del sector público, universidades públicas y de entidades,
fundaciones, asociaciones culturales y educativas (Plan de Recuperación,
cve: BOE-A-2023-7872
Verificable en https://www.boe.es
Deberá ser cumplimentada en castellano en su totalidad. Los datos no aportados,
total o parcialmente, no serán tenidos en cuenta a efectos de su valoración.
Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente a través de la Sede Electrónica
del Ministerio de Cultura y Deporte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, https://cultura.sede.gob.es/. Apartado «procedimientos y
ayudas».
2. Las solicitudes se cumplimentarán por la persona que actúe en nombre o
representación de la persona jurídica solicitante, mediante certificado electrónico de
persona física a nombre del representante legal de la entidad, o bien certificado
electrónico de persona jurídica a nombre de la entidad solicitante. En ambos casos, el
certificado electrónico deberá estar emitido por alguna de las autoridades de certificación
reconocidas por la Administración General del Estado.
La persona solicitante de las ayudas será la única autorizada a su aceptación, a
aportar cualquier documento o actuación que le sea solicitada y a la justificación final de
la subvención, salvo causa sobrevenida justificada.
3. Las solicitudes se presentarán con la documentación que se detalla a
continuación: