III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2023-7872)
Orden CUD/290/2023, de 21 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la descripción y digitalización de archivos con patrimonio documental con una antigüedad superior a los cuarenta años de entidades, asociaciones de carácter político, sindical o religioso, centros educativos de carácter público, universidades públicas y de entidades, fundaciones, asociaciones culturales y educativas y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2023 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45224

2. El objeto de estas ayudas es impulsar la transformación digital y ampliar la
capacidad e interoperabilidad de los sistemas de archivos, de los repositorios,
inventarios y registros del Patrimonio Documental Español, fomentando con ello la
conservación y gestión documental, el fortalecimiento del tejido profesional y la
cualificación tecnológica de los profesionales de los archivos.
3. Estas ayudas tienen como finalidad:
a) Favorecer la recuperación y modernización de los archivos de entidades públicas
y privadas que custodian fondos documentales de interés social a través de la
transformación digital.
b) Incentivar el desarrollo de las capacidades digitales en el sector laboral de los
profesionales de archivos.
c) El fortalecimiento de las PYMES dedicadas al sector de la gestión, al tratamiento
y a la prestación de servicios documentales.
d) El fomento del empleo y el desarrollo de las capacidades digitales en el sector
laboral de los profesionales de los archivos y la gestión documental.
4. La convocatoria se enmarca en la inversión 3 denominada «Digitalización e
impulso de los grandes servicios culturales» del Componente 24 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Artículo 27. Beneficiarios.
1. Podrán solicitar estas subvenciones las siguientes personas jurídicas con
domicilio fiscal en España que cumplan los siguientes requisitos:

Los requisitos exigidos a los solicitantes para poder participar en esta convocatoria
se han de cumplir en la fecha de presentación de la solicitud.
2. No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria aquellas en las que
concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
3. Las obligaciones de los beneficiarios serán las establecidas en el artículo 6.
Artículo 28.

Actividades objeto de las ayudas.

Los proyectos deberán destinarse a las siguientes áreas de modernización
estructural:
1.

Descripción, digitalización, conservación y/o restauración.

– Identificación y descripción de fondos documentales.

cve: BOE-A-2023-7872
Verificable en https://www.boe.es

a) Las entidades privadas sin ánimo de lucro, asociaciones culturales y educativas
y organizaciones de carácter político, sindical o religioso que custodien o gestionen
fondos documentales con más de cuarenta años de antigüedad, legalmente constituidas
e inscritas en el registro público correspondiente en la fecha en que se presente la
solicitud.
b) Las universidades públicas y otras instituciones, centros del sector educativo
gestionados por las Administraciones Públicas que custodien fondos documentales con
más de cuarenta años de antigüedad, y las fundaciones públicas que custodien fondos
documentales integrantes del Patrimonio Documental Español.
En el caso de las universidades públicas y de los centros del sector educativo
adscritos o gestionados por las diferentes Administraciones Públicas que custodien o
gestionen fondos documentales con una antigüedad superior a los cuarenta años, las
solicitudes y el resto de documentos justificativos deberán estar suscritos exclusivamente
por la autoridad pública que ostente la representación legal de la universidad o de la
administración que corresponda, o por la persona física que tenga legalmente delegada
la competencia jurídica.