I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Tecnología. (BOE-A-2023-7736)
Ley 7/2023, de 23 de febrero, de medidas para la implantación y desarrollo en Aragón de tecnologías en la nube (tecnologías cloud).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 44581

fomento y desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información. También es
titular la Comunidad Autónoma, de conformidad con el artículo 71.1.ª, 5.ª, 7.ª y 32.ª, de
competencias exclusivas sobre funcionamiento de sus instituciones de autogobierno, en
materia de régimen local, sobre el procedimiento administrativo derivado de las
especialidades de la organización propia y sobre planificación de la actividad económica
y fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma.
Asimismo, de conformidad con el artículo 75.5.ª y 12.ª del Estatuto de Autonomía, la
Comunidad Autónoma tiene la competencia compartida de desarrollo legislativo y
ejecución de la legislación básica del Estado, en materia de protección de datos de
carácter personal y de régimen jurídico de contratación de la Administración pública de la
Comunidad Autónoma.
También el Estatuto de Autonomía recoge dentro de los principios rectores de las
políticas públicas, en su artículo 28.1 y 2, que los poderes públicos aragoneses
fomentarán el desarrollo y la innovación tecnológica y técnica de calidad, y promoverán
las condiciones para garantizar en el territorio de Aragón el acceso sin discriminaciones
a las tecnologías de la información y la comunicación.
Los antedichos títulos competenciales son sustento suficiente para aprobar esta ley,
cuyo núcleo consiste en instaurar medidas que favorezcan el establecimiento en Aragón
del contexto preciso para favorecer la implantación y desarrollo de las tecnologías en la
nube (en adelante tecnologías cloud ), lo que conllevará la determinación y aplicación de
una Política cloud propia del sector público autonómico, conteniendo esta norma
medidas que fomentan las tecnologías cloud sin fijar limitaciones en la actuación de los
operadores y de las Administraciones públicas.
Por otro lado, la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del
Sector Público Autonómico de Aragón, ha incorporado novedades especialmente
relevantes en el ámbito del funcionamiento electrónico del sector público y acoge en su
articulado los principios de origen tecnológico que han de pasar a formar parte de la
lógica administrativa, como la neutralidad tecnológica o la interoperabilidad de los
sistemas de información. Estos principios son de gran importancia a la hora de prestar
servicios digitales de administración electrónica de acuerdo a los estándares esperados
por los usuarios.
II
El conocimiento tecnológico y la innovación son una palanca fundamental para el
crecimiento económico, siendo una de las apuestas de la Comunidad Autónoma de
Aragón el impulso de las nuevas tecnologías relacionadas con la computación o
informática en la nube, las tecnologías cloud, por su potencial transformador.
Las tecnologías cloud suponen uno de los mayores avances tecnológicos, sociales y
económicos de los últimos años, como elemento habilitador y democratizador del acceso
a la innovación y a las tecnologías de la información más avanzadas. La denominada
«tecnología en la nube» ha supuesto una verdadera revolución dentro del concepto de la
informática tradicional. No se trata de una «innovación incremental», sino de una palanca
transformadora en sí misma, que ha democratizado el acceso a tecnología puntera y al
uso eficiente y creativo de los recursos que ofrece Internet. Una tecnología que resulta
especialmente interesante para quienes no pueden disponer de un servicio tecnológico
propio o en picos puntuales de uso.
Las tecnologías cloud permiten ofrecer servicios de computación a través de Internet,
siendo su característica más destacada la facilidad de acceso a nuevas tecnologías que
pueden ser rápidamente utilizadas en soluciones personalizadas. La computación en la
nube se está convirtiendo en el estilo de diseño dominante para nuevas aplicaciones y la
adecuación de una gran cantidad de aplicaciones ya existentes, facilitando y
flexibilizando los despliegues, tanto de las infraestructuras como de las herramientas y
los componentes para el desarrollo ágil de aplicaciones y servicios. El uso de la
computación en la nube elimina las dependencias del hardware, además de facilitar,

cve: BOE-A-2023-7736
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