I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Tecnología. (BOE-A-2023-7736)
Ley 7/2023, de 23 de febrero, de medidas para la implantación y desarrollo en Aragón de tecnologías en la nube (tecnologías cloud).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 44602

c) La federación de sistemas de gestión de identidades, favoreciendo los
estándares abiertos y neutrales.
d) La correcta asignación de roles y permisos.
e) La centralización de registros de actividad de los sistemas (logs) para la gestión
de cambios y auditorías.
f) La gestión adecuada del coste e imputación del pago por uso.
Artículo 40.

Etiquetado.

1. Aragonesa de Servicios Telemáticos establecerá en el marco de la Política cloud
una política de etiquetado (tagging) en donde se reflejen las características de cada
activo desplegado en las tecnologías cloud, que permita una identificación total y clara
de cada componente y asegure una traslación adecuada a cada órgano o entidad de la
propiedad y el coste de los servicios.
2. La política básica de etiquetado podrá ampliarse por cada entidad, según sus
necesidades.
Artículo 41. Comisión para las tecnologías cloud.
1. Se crea la Comisión para las tecnologías cloud como órgano colegiado adscrito
al departamento competente en materia de nuevas tecnologías cuyo fin es la
coordinación, seguimiento, evaluación, impulso y comunicación de las acciones
referentes a las tecnologías en la nube en el sector público autonómico.
2. La Comisión ejercerá las siguientes funciones, que podrán ser ampliadas
mediante orden de la persona titular del departamento competente en materia de nuevas
tecnologías, dentro su ámbito competencial sobre las tecnologías cloud y su aplicación
en el ámbito de la Administración pública:

3.

La Comisión para las tecnologías cloud está compuesta por:

a) La presidencia: la persona titular de la Dirección Gerencia de Aragonesa de
Servicios Telemáticos.
b) La vicepresidencia: la persona titular de la dirección general competente en
nuevas tecnologías y en su aplicación en el ámbito de la Administración pública.

cve: BOE-A-2023-7736
Verificable en https://www.boe.es

a) Realizar propuestas relativas a la Política cloud y el Plan de adaptación de
infraestructuras informáticas, para el análisis y consideración por Aragonesa de Servicios
Telemáticos.
b) Realizar propuestas sobre los requisitos técnicos del modelo de cloud
seleccionado y el marco de gobernanza dentro del sector público autonómico, para el
análisis y consideración por Aragonesa de Servicios Telemáticos.
c) Detectar las carencias técnicas y formativas para proponer actuaciones en el
ámbito formativo.
d) Realizar el seguimiento y evaluar la aplicación del marco de gobernanza de las
tecnologías cloud.
e) Proponer criterios comunes y metodologías a utilizar en el contexto de las
tecnologías cloud.
f) Realizar el seguimiento y evaluar la aplicación de los criterios técnicos sobre
protección de datos en el contexto de las tecnologías cloud.
g) Realizar propuestas para la mejora de la coordinación en materia de tecnologías
cloud del sector público autonómico.
h) Impulsar líneas de actuación orientadas a fomentar la colaboración con otras
comunidades autónomas para el impulso de la adopción de tecnologías cloud.
i) Aquellas otras funciones que le sean atribuidas por el ordenamiento jurídico.