I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Protección civil. (BOE-A-2023-7558)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo por el que se establecen normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes en el ámbito de la protección civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Viernes 24 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 43762
– Los criterios operacionales, que están basados en aspectos observables o
medibles, tales como el estado de la instalación accidentada, niveles de parámetros
radiológicos medidos, u otros aspectos observables, que permiten tomar decisiones
respecto a las medidas de protección y a otras acciones de respuesta, y al mismo tiempo
cumplir con el nivel de referencia establecido.
– La optimización, como principio general de la protección radiológica, que cobra un
significado especial ante el uso de niveles de referencia para las situaciones de
exposición en emergencia y exposición existente.
– Los niveles de intervención operacionales, y
– Las estrategias de optimización en la aplicación de los criterios radiológicos de la
estrategia de protección durante la fase de respuesta ante una emergencia.
Umbrales para la aparición de los efectos deterministas severos:
La tabla 1 presenta los niveles de dosis absorbida por encima de los cuales no se
puede asegurar que no vayan a aparecer los efectos deterministas correspondientes.
Niveles de Dosis Absorbida Umbral de Efectos Deterministas Severos
Dosis Absorbida
Exposición Aguda Externa (< 10 h).
Exposición Interna debida a Absorción Aguda (30 días ).
d
Criterio de Dosis
Dosis
Absorbida Médula Ósea Roja a
1 Gy
Dosis
Absorbida Feto
0,1 Gy
Dosis
Absorbida Tejido b
25 Gy a 0,5 cm
Dosis
Absorbida Piel c
10 Gy en 100 cm2
Dosis
Absorbida Médula Ósea Roja
0,2 Gy para radionúclidos con Z ≥ 90 e
Dosis
Absorbida Médula Ósea Roja
2 Gy para radionúclidos con Z ≤ 89 e
Dosis
Absorbida Tiroides
2 Gy
Dosis
Absorbida Pulmón f
30 Gy
Dosis
Absorbida Colon
20 Gy
Dosis
Absorbida Feto g
0,1 Gy
a
Este valor representa la dosis absorbida ponderada con la Eficacia Biológica Relativa (EBR) recibida por los tejidos u órganos internos (por ejemplo, la médula
ósea roja, el pulmón, el intestino delgado, las gónadas, tiroides) y por el cristalino debido a la exposición en un campo uniforme de radiación de fuerte penetración.
b
Dosis recibida en el tejido en una zona de 100 cm2 a una profundidad de 0,5 cm bajo la superficie corporal a causa de un estrecho contacto con una fuente
radiactiva (p.ej., una fuente llevada en la mano o el bolsillo).
c
La dosis se recibe en la dermis en una zona de 100 cm2 (estructuras tisulares a una profundidad de 40 mg/cm2 (o 0,4 mm) bajo la superficie corporal).
d
Este valor representa la dosis absorbida ponderada con la EBR recibida en 30 días mediante la absorción que producirá un efecto determinista grave en el 5 %
de las personas expuestas (I05).
e
Se aplican criterios diferentes para tener en cuenta la diferencia significativa en los umbrales de absorción específicos de los radionúclidos de estos grupos.
f
Para los fines de estos criterios genéricos, por «pulmón» se entiende la región alveolar-intersticial del tracto respiratorio.
g
Para este caso en particular, el tiempo es el período de desarrollo en el útero.
cve: BOE-A-2023-7558
Verificable en https://www.boe.es
Tabla 1.
Núm. 71
Viernes 24 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 43762
– Los criterios operacionales, que están basados en aspectos observables o
medibles, tales como el estado de la instalación accidentada, niveles de parámetros
radiológicos medidos, u otros aspectos observables, que permiten tomar decisiones
respecto a las medidas de protección y a otras acciones de respuesta, y al mismo tiempo
cumplir con el nivel de referencia establecido.
– La optimización, como principio general de la protección radiológica, que cobra un
significado especial ante el uso de niveles de referencia para las situaciones de
exposición en emergencia y exposición existente.
– Los niveles de intervención operacionales, y
– Las estrategias de optimización en la aplicación de los criterios radiológicos de la
estrategia de protección durante la fase de respuesta ante una emergencia.
Umbrales para la aparición de los efectos deterministas severos:
La tabla 1 presenta los niveles de dosis absorbida por encima de los cuales no se
puede asegurar que no vayan a aparecer los efectos deterministas correspondientes.
Niveles de Dosis Absorbida Umbral de Efectos Deterministas Severos
Dosis Absorbida
Exposición Aguda Externa (< 10 h).
Exposición Interna debida a Absorción Aguda (30 días ).
d
Criterio de Dosis
Dosis
Absorbida Médula Ósea Roja a
1 Gy
Dosis
Absorbida Feto
0,1 Gy
Dosis
Absorbida Tejido b
25 Gy a 0,5 cm
Dosis
Absorbida Piel c
10 Gy en 100 cm2
Dosis
Absorbida Médula Ósea Roja
0,2 Gy para radionúclidos con Z ≥ 90 e
Dosis
Absorbida Médula Ósea Roja
2 Gy para radionúclidos con Z ≤ 89 e
Dosis
Absorbida Tiroides
2 Gy
Dosis
Absorbida Pulmón f
30 Gy
Dosis
Absorbida Colon
20 Gy
Dosis
Absorbida Feto g
0,1 Gy
a
Este valor representa la dosis absorbida ponderada con la Eficacia Biológica Relativa (EBR) recibida por los tejidos u órganos internos (por ejemplo, la médula
ósea roja, el pulmón, el intestino delgado, las gónadas, tiroides) y por el cristalino debido a la exposición en un campo uniforme de radiación de fuerte penetración.
b
Dosis recibida en el tejido en una zona de 100 cm2 a una profundidad de 0,5 cm bajo la superficie corporal a causa de un estrecho contacto con una fuente
radiactiva (p.ej., una fuente llevada en la mano o el bolsillo).
c
La dosis se recibe en la dermis en una zona de 100 cm2 (estructuras tisulares a una profundidad de 40 mg/cm2 (o 0,4 mm) bajo la superficie corporal).
d
Este valor representa la dosis absorbida ponderada con la EBR recibida en 30 días mediante la absorción que producirá un efecto determinista grave en el 5 %
de las personas expuestas (I05).
e
Se aplican criterios diferentes para tener en cuenta la diferencia significativa en los umbrales de absorción específicos de los radionúclidos de estos grupos.
f
Para los fines de estos criterios genéricos, por «pulmón» se entiende la región alveolar-intersticial del tracto respiratorio.
g
Para este caso en particular, el tiempo es el período de desarrollo en el útero.
cve: BOE-A-2023-7558
Verificable en https://www.boe.es
Tabla 1.