I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Protección civil. (BOE-A-2023-7558)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo por el que se establecen normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes en el ámbito de la protección civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Viernes 24 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 43761

Séptimo. Documentos únicos de respuesta a las emergencias nucleares y radiológicas.
El Ministerio del Interior, previo informe del CSN, unificará en el plazo de un año, bajo el
principio de documento único, los diferentes instrumentos de planificación que operan
actualmente en el riesgo nuclear y en el riesgo radiológico en el ámbito de la protección civil,
que serán aprobados de conformidad con lo dispuesto en la Norma Básica de Protección Civil.
Octavo. Integración de instrumentos de planificación.
El Ministerio del Interior establecerá los criterios de integración particulares de los
diferentes planes exteriores de emergencia nuclear, y del plan central de respuesta y apoyo,
así como del plan estatal de protección civil frente al riesgo radiológico, en el PLEGEM. Estos
criterios serán notificados al CSN para garantizar el cumplimiento de sus funciones.
Disposición adicional.
Protección Civil.

Integración en el Plan Estatal General de Emergencias de

El contenido del presente acuerdo se integra en el PLEGEM, de acuerdo con lo
establecido en la disposición adicional del Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de
diciembre de 2020, por el que se aprobó dicho Plan.
El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.
ESTRATEGIA DE PROTECCIÓN DE LA POBLACIÓN Y EL PERSONAL
DE INTERVENCIÓN EN CASO DE EMERGENCIA NUCLEAR O RADIOLÓGICA
1.

Principios generales y estrategia de protección

Los principios radiológicos que deben regir las intervenciones en situaciones de
emergencia que impliquen un riesgo de exposición a radiaciones ionizantes se regulan
en la normativa española y europea en materia de protección radiológica, y, en particular
el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición
a las radiaciones ionizantes, aprobado por el Real Decreto 1029/2022, de 20 de
diciembre. Estos principios radiológicos se aplicarán a todas las actuaciones de
respuesta ante emergencias nucleares o radiológicas con el doble objetivo de:
a) Evitar en lo posible y reducir los efectos inmediatos de las radiaciones sobre la
salud de las personas (efectos deterministas).
b) Reducir la probabilidad de que se produzcan efectos diferidos sobre la salud de
las personas (efectos estocásticos).

– El nivel de referencia, para la población general y para el personal de intervención
en una situación de exposición en emergencia, se define como el nivel de dosis efectiva
o de dosis equivalente o de concentración de actividad por encima del cual se considera
inapropiado permitir que se produzcan exposiciones como consecuencia de esa
situación de exposición en emergencia, aun cuando no se trate de un límite que no
pueda rebasarse. Los niveles de referencia van estrechamente ligados a una estrategia
de optimización de la protección que concede prioridad a las exposiciones por encima
del nivel de referencia, aunque siguen aplicándose por debajo del nivel de referencia.
– Los criterios de dosis, en términos de dosis proyectada o dosis recibida, que se
derivan del nivel de referencia establecido y que facilitan la toma de decisiones respecto
a las medidas de protección a adoptar.

cve: BOE-A-2023-7558
Verificable en https://www.boe.es

Para conseguir estos objetivos es necesario establecer una estrategia de protección que
desarrolle unos criterios para la determinación de las medidas de protección más adecuadas
en cada circunstancia, de modo que dicha estrategia garantice que no se superan los niveles
de dosis que pueden poner en entredicho el cumplimiento de los citados objetivos.
La estrategia de protección consta de las siguientes partes: