III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2023-7647)
Orden CUD/284/2023, de 22 de marzo, por la que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para el apoyo a la gestión de la convocatoria de ayudas públicas para las becas del "Plan formativo en habilidades empresariales de las industrias culturales y creativas", correspondiente al año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Viernes 24 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 44197
Entre otras obligaciones, esto implica que la entidad colaboradora deberá presentar
la siguiente documentación, que se cumplimentarán en los modelos oficiales ofrecidos
por el Ministerio de Cultura y Deporte, en la fase de aceptación de la ayuda:
a) Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la
ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(PRTR), establecida en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
para la identificación del perceptor final de fondos conforme al modelo contenido en el
Anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
b) Declaración responsable de compromiso con la ejecución de actuaciones del
PRTR, entre las que se encuentran los estándares más exigentes en relación con el
cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas
necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses,
así como el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH) y
lo recogido en el apartado 2 de la norma cuarta conforme al modelo contenido en el
Anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
c) Autorización para el acceso de las entidades de control financiero de la Unión
Europea para el ejercicio de las funciones que les son atribuidas por el reglamento
financiero en relación al otorgamiento de ayudas económicas incluidas en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo a lo dispuesto en la letra e) del
apartado 2 del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Asimismo, la entidad colaboradora deberá facilitar, cuando se le requiera, la
información necesaria para el análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés,
según lo previsto en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero. De acuerdo con el
artículo 7.3 de dicha Orden, se habilita a los órganos de concesión de subvenciones a
solicitar a la entidad la información de su titularidad real, siempre que la AEAT no
disponga de la información.
11.
Las demás obligaciones previstas en la convocatoria.
Quinta. Compromisos del Ministerio de Cultura y Deporte.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MCD se
compromete a realizar las siguientes actuaciones:
a) Realizar la convocatoria pública del Programa, que se ajustará a lo establecido
en este Convenio y a la legislación vigente que resulte de aplicación.
b) Fijar los requisitos generales y específicos de los solicitantes.
c) Recibir la documentación que debe presentarse para su valoración.
d) Participar en la Comisión de Estudio y Valoración que se establezca en la
convocatoria de becas.
e) Gestionar el proceso de valoración aportando los recursos necesarios de apoyo
a la Comisión de Estudio y Valoración.
f) Supervisar el proceso de selección.
g) Resolver la concesión.
2. Aportar la cantidad máxima de tres millones quinientos mil euros (3.500.000 €)
para la realización por la entidad colaboradora de las actuaciones a las que se obliga por
el presente convenio, de acuerdo con lo previsto en cláusula sexta de este convenio,
sobre financiación y forma de pago.
3. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del
presente convenio.
cve: BOE-A-2023-7647
Verificable en https://www.boe.es
1. Dirigir y participar en el diseño, elaboración y ejecución del «Plan formativo en
habilidades empresariales de las industrias culturales y creativas». Esto incluye:
Núm. 71
Viernes 24 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 44197
Entre otras obligaciones, esto implica que la entidad colaboradora deberá presentar
la siguiente documentación, que se cumplimentarán en los modelos oficiales ofrecidos
por el Ministerio de Cultura y Deporte, en la fase de aceptación de la ayuda:
a) Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la
ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(PRTR), establecida en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
para la identificación del perceptor final de fondos conforme al modelo contenido en el
Anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
b) Declaración responsable de compromiso con la ejecución de actuaciones del
PRTR, entre las que se encuentran los estándares más exigentes en relación con el
cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas
necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses,
así como el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH) y
lo recogido en el apartado 2 de la norma cuarta conforme al modelo contenido en el
Anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
c) Autorización para el acceso de las entidades de control financiero de la Unión
Europea para el ejercicio de las funciones que les son atribuidas por el reglamento
financiero en relación al otorgamiento de ayudas económicas incluidas en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo a lo dispuesto en la letra e) del
apartado 2 del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Asimismo, la entidad colaboradora deberá facilitar, cuando se le requiera, la
información necesaria para el análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés,
según lo previsto en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero. De acuerdo con el
artículo 7.3 de dicha Orden, se habilita a los órganos de concesión de subvenciones a
solicitar a la entidad la información de su titularidad real, siempre que la AEAT no
disponga de la información.
11.
Las demás obligaciones previstas en la convocatoria.
Quinta. Compromisos del Ministerio de Cultura y Deporte.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MCD se
compromete a realizar las siguientes actuaciones:
a) Realizar la convocatoria pública del Programa, que se ajustará a lo establecido
en este Convenio y a la legislación vigente que resulte de aplicación.
b) Fijar los requisitos generales y específicos de los solicitantes.
c) Recibir la documentación que debe presentarse para su valoración.
d) Participar en la Comisión de Estudio y Valoración que se establezca en la
convocatoria de becas.
e) Gestionar el proceso de valoración aportando los recursos necesarios de apoyo
a la Comisión de Estudio y Valoración.
f) Supervisar el proceso de selección.
g) Resolver la concesión.
2. Aportar la cantidad máxima de tres millones quinientos mil euros (3.500.000 €)
para la realización por la entidad colaboradora de las actuaciones a las que se obliga por
el presente convenio, de acuerdo con lo previsto en cláusula sexta de este convenio,
sobre financiación y forma de pago.
3. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del
presente convenio.
cve: BOE-A-2023-7647
Verificable en https://www.boe.es
1. Dirigir y participar en el diseño, elaboración y ejecución del «Plan formativo en
habilidades empresariales de las industrias culturales y creativas». Esto incluye: