III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-7554)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 para el programa VIOPET.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Jueves 23 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 43741

3. La casa de acogida se compromete a notificar a la Policía o autoridad
competente y a VIOPET dentro inmediatamente, la pérdida, robo o desaparición del
animal acogido.
4. La casa de acogida se compromete expresamente a enviar a VIOPET
información semanal sobre el animal acogido, así como fotografías o vídeos del mismo.
VIOPET se compromete a interesarse regularmente por el estado del animal tanto
presencial como telefónicamente.
5. Los gastos económicos derivados de la alimentación del animal correrán a cargo
de (márquese lo que proceda):
☐ La casa de acogida.
☐ Propietaria.
☐ VIOPET.
6. La casa de acogida se compromete a avisar, con al menos quince días de
antelación, su deseo de no continuar con la acogida del animal al que se refiere este
compromiso.
7. La responsabilidad civil derivada del animal en caso de negligencia o
incumplimiento de cualquiera de las cláusulas será imputable a la casa de acogida, así
como los gastos que también pudieran derivarse de ello.
8. La casa de acogida no podrá dejar en custodia de terceras personas al animal
sin la autorización de VIOPET. Asimismo, no podrá darlo en adopción por su cuenta, ni
regalarlo, venderlo o entregarlo en un Centro de Protección Animal.
9. La casa de acogida entiende la especial sensibilidad de los datos e identificación
del animal acogido y se compromete a no difundir sus datos en medios digitales o de
otro tipo con el fin de preservar la seguridad de la víctima y la suya propia.
10. La casa de acogida representada por la persona aquí firmante, se compromete
a ser la responsable de la tutorización del animal mientras se encuentre bajo su cuidado.
Teniendo que informar con anterioridad si se diesen cualquiera de estos casos: Cambio
de domicilio (puntual, por vacaciones o permanente) o cambio de la persona tutora. No
se podrá realizar ninguno de ellos sin previa autorización firmada y consensuada con el
equipo de VIOPET.
11. VIOPET se compromete a preservar la identidad, intimidad y seguridad de la
casa de acogida no dando datos personales de ningún tipo ni identificación alguna de la
misma, salvo para trámites administrativos imprescindibles.
12. Si se produjeran daños a terceros, la responsabilidad civil del animal en acogida
corresponde al propietario del animal, salvo en caso de negligencia por parte de la casa
de acogida, donde la responsabilidad civil derivada de la negligencia deberá ser asumida
por la misma.
13. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones reflejadas en este
compromiso faculta a VIOPET y a cualquiera de sus representantes, para ejercitar la
reserva de dominio que ostenta sobre el animal objeto de acogida, todo ello sin trámite
adicional de ningún tipo.
En ......................., a ...... de .................... de ........

Fdo.:.....................................................................
En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal, tus datos serán incorporados a un fichero del Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030 con el objetivo de mantener actualizada la base de
datos de acogidas del programa VIOPET. Cuando lo desees podrás acceder, rectificar,
cancelar u oponerte a su tratamiento enviándonos una solicitud a
viopet@mdsocialesa2030.gob.es.

cve: BOE-A-2023-7554
Verificable en https://www.boe.es

Casa de acogida