III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2023-7556)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la cuantía de retribución del gestor técnico del sistema gasista para 2023 y para el año de gas 2024, y la cuota para la financiación del año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Jueves 23 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 43753

Parámetros de retribución del periodo regulatorio 2024-2026
Miles
de euros
𝐺𝑇𝑆
𝐵𝑂𝑝𝑒𝑥2024−2026

Término de retribución por OPEX.

𝐺𝑇𝑆
𝐵𝑀𝑎𝑟𝑔 _𝑂𝑝𝑒𝑥2024−2026

Margen sobre el término de retribución por OPEX.

𝐺𝑇𝑆
𝐵𝑀𝑎𝑟𝑔𝑒𝑛2024−2026

Margen (%).

5%

𝐺𝑇𝑆
𝐵𝐴𝑚𝑜𝑟𝑡2024−2026

Término de amortización estándar.

8.650

𝐺𝑇𝑆
𝐵𝑅𝐹2024−2026

Término de retribución financiera estándar.

𝐺𝑇𝑆
𝐵𝐼𝑛𝑚𝑁2024−2026

Inmovilizado neto estándar.

14.904
745

708
13.008

𝑇𝑎𝑠𝑎 𝑑𝑒 𝑟𝑒𝑡𝑟𝑖𝑏𝑢𝑐𝑖ó𝑛 𝑓𝑖𝑛𝑎𝑛𝑐𝑖𝑒𝑟𝑎𝐺𝑇𝑆
2024−2026

5,44 %

𝐺𝑇𝑆
𝐵𝑅𝑒𝑡 2024−2026

Base de retribución.

25.007

𝐶𝑅𝐺𝑇𝑆
2024−2026

Cuenta regulatoria por nuevas obligaciones.

5.000

Retribución del gestor técnico del sistema en el año de gas 2024
Miles
de euros
𝐺𝑇𝑆
𝐵𝑅𝑒𝑡2024

Base de retribución.

𝐶𝑅𝐺𝑇𝑆
2024

Importe anual devengado de la Cuenta regulatoria
por nuevas obligaciones.
Retribución sin incentivos.

𝐺𝑇𝑆
𝑅𝑥𝐼𝑛𝑐2024

Término de retribución por incentivos.

𝐺𝑇𝑆
𝐷 2024

Término que recoge diferencias.

𝐺𝑇𝑆
𝑅𝑇 2024

Retribución GTS año de gas 2024.

25.007
1.667
26.674
500
0
27.174

De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Circular 1/2020, modificado
a través de la Circular 2/2023, la cuota para la financiación de la retribución del gestor
técnico del sistema consiste en un porcentaje que se aplica sobre la facturación de los
peajes de acceso a las redes de transporte, a las redes locales y a las instalaciones de
regasificación para cada año de gas, y sobre la facturación de los cánones de los
servicios básicos de acceso a los almacenamientos subterráneos, incluyendo, en su
caso, las primas que resulten de las subastas de capacidad y las penalizaciones. Esta
cuota será facturada por el responsable de facturar los peajes y cánones de acceso.
La cuota que será de aplicación a partir del 1 de abril de 2023, se obtiene al dividir la
retribución del gestor técnico del sistema gasista correspondiente al año 2023 (16.038
miles de euros), minorada por la previsión del importe recaudado por aplicación de la
cuota de 2022 prorrogada entre enero y marzo de 2023 (8.990 miles de euros), que
resulta en 7.048 miles euros, entre la previsión del año de gas 2023 de los ingresos por
peajes y cánones (2.489.623 miles euros) considerando una proporción de 6/12, al

cve: BOE-A-2023-7556
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto. Cálculo de la cuota para la financiación de la retribución del gestor técnico del
sistema en 2023.