III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2023-7544)
Orden TER/276/2023, de 22 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2023, de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de los Cabildos Insulares Canarios y Consejos Insulares de las Islas Baleares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Jueves 23 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 43592

indicado mediante la correspondiente bandera negra al responsable de la operación de
que se trate.
Esta información deberá aportarse al órgano competente para la concesión de la
subvención en el plazo de cinco días hábiles desde que se formule la solicitud de
información.
La falta de entrega de dicha información en el plazo señalado será motivo de
exclusión del procedimiento de concesión de la subvención.
Los datos, una vez recibidos, serán adecuadamente custodiados de acuerdo con la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales.
A través de MINERVA, el responsable de operación llevará a cabo un nuevo control
ex ante del riesgo de conflicto de interés, indicando, en lugar del solicitante, los titulares
reales recuperados por el órgano de concesión de la subvención.
6. Cuando la entidad beneficiaria actúe como órgano de contratación en cualquier
tipo de contrato relacionado con la ejecución de la actuación subvencionable, de
conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional centésima décima segunda de
la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, desarrollada en la Orden HFP/55/2023, de 24 de
enero, esta utilizará la herramienta de data mining MINERVA para realizar el análisis
sistemático del riesgo de conflicto de interés en esa licitación. A tal efecto se solicitará a
los licitadores la información correspondiente siendo aplicables el procedimiento y los
términos previstos en el apartado anterior.
Artículo 5. Actuaciones subvencionables.
1.

Las actuaciones subvencionables tendrán como objetivos de carácter general:

a) Mejora de la accesibilidad de los servicios públicos digitales a los ciudadanos y
empresas.
b) Reducción de la brecha digital.
c) Mejora de la eficiencia y eficacia de los empleados públicos.
d) Reutilización de los servicios y soluciones digitales construidas.
e) Utilización activa de las tecnologías emergentes en el despliegue de nuevos
servicios digitales (chatbots, automatización y robotización, plataformas, etc.).
Las actuaciones previstas en las líneas estratégicas coadyuvarán a la consecución
de todos los ámbitos recogidos en el objetivo 168 y en el hito 169 del PRTR.
2. Las líneas estratégicas son las siguientes:
a)

Línea estratégica 1. Administración orientada al ciudadano.

i. Desarrollo de apps para los servicios más utilizados.
Desarrollo o adopción de los servicios públicos digitales más demandados por
ciudadanos y empresas, a través del móvil, con especial énfasis en la usabilidad,
accesibilidad y personalización de contenidos.
ii. Desarrollo o adopción de asistentes virtuales para la atención a la ciudadanía y
empresas.
Desarrollo o adopción de asistentes virtuales para la mejora de la atención al
ciudadano, dirigidos en particular a la orientación y tutela de ciudadanos y empresas en
los casos de uso de mayor impacto.
iii. Desarrollo de plataformas para la digitalización de los servicios públicos que
prestan las entidades locales.

cve: BOE-A-2023-7544
Verificable en https://www.boe.es

1.º Objetivo: mejorar los servicios públicos que se prestan a los ciudadanos y
empresas, favoreciendo la usabilidad, utilidad, calidad, accesibilidad, movilidad de los
servicios públicos digitales y la modernización de los procesos.
2.º Actuaciones subvencionables: