III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2023-7544)
Orden TER/276/2023, de 22 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2023, de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de los Cabildos Insulares Canarios y Consejos Insulares de las Islas Baleares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 43591

q) Las entidades beneficiarias deberán contribuir al objetivo de autonomía
estratégica y digital de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena
de suministro teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de
cualquier componente o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la
solución, mediante la adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y
software asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea.
2. Las entidades beneficiarias deberán cumplir con las obligaciones de información
y publicidad que las autoridades competentes establezcan relativas a la financiación del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, todo ello, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
A tal efecto, deben adoptar medidas de información, comunicación y visibilidad de las
actuaciones financiadas (banners en webs o aplicaciones informáticas, carteles
informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual,
anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), incluyendo los siguientes logos:
a) El emblema de la Unión Europea.
b) Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea-NextGenerationEU».
c) Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados
establecidos en el anexo I del Reglamento de Ejecución 821/2014 de la Comisión de 28
de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento
(UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere a las
modalidades concretas de transferencia y gestión de las contribuciones del programa, la
presentación de información sobre los instrumentos financieros, las características
técnicas de las medidas de información y comunicación de las operaciones, y el sistema
para el registro y el almacenamiento de datos.
También
se
puede
consultar
la
siguiente
página
web:
http://
publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del
emblema en https://europa.eu/european-union/about-eu/symbols/flag_es#download.
d) Asimismo, se incluirá el logo oficial del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia del Reino de España, y una referencia a la gestión por el Ministerio de
Política Territorial. A tal efecto se tendrán en consideración las indicaciones que se
adopten sobre la comunicación digital del PRTR.
3. En cualquier tipo de contrato o encargo relacionado con la ejecución de la
actuación, incluida la subcontratación, las entidades beneficiarias deberán hacer constar
«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU», Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, así como la referencia al componente 11, inversión 3, del PRTR, gestionado por
el Ministerio de Política Territorial. Tal mención también deberá ser incluida en todos los
documentos que sustenten la contratación de los bienes y/o servicios a prestar.
4. A efectos de auditoría y control y según lo establecido en el artículo 22 del
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, los datos de los perceptores finales de estas ayudas serán públicos.
5. De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional centésima décima
segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, desarrollada en la Orden HFP 55/2023,
de 24 de enero, el órgano competente para la concesión de la subvención utilizará la
herramienta de data mining MINERVA para realizar el análisis sistemático del riesgo de
conflicto de interés en este procedimiento de concesión de subvención.
A tal efecto, y en aplicación del procedimiento previsto en el artículo 7.3 de la Orden
HFP/55/2023, de 24 de enero, el órgano competente para la concesión de la subvención
podrá solicitar a los solicitantes de la subvención la información de su titularidad real,
siempre que la Agencia Estatal de Administración Tributaria no disponga de la
información de titularidades reales de la entidad objeto de consulta y así se lo haya

cve: BOE-A-2023-7544
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