III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-7540)
Orden ICT/275/2023, de 17 de marzo, por la que se modifica la Orden ICT/789/2021, de 16 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a planes de innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 43567

solicitud de las siguientes condiciones de obligado cumplimiento para poder ser
beneficiario:
a) Cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en
el caso de que el interesado haya denegado expresamente su consentimiento
para que el órgano obtenga de forma directa la acreditación de tal cumplimiento,
en los términos previstos en el artículo 21.2.e) de esta orden.
b) No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la
Administración, ni estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una
Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e
incompatible con el mercado interior.
c) Estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de
cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a
los Presupuestos Generales del Estado.
d) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones a las que se refiere el
artículo 13.2, 13.3 y 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en
cumplimiento de lo establecido en los artículos 26 y 27 del Reglamento de la
citada ley, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
3. Una vez examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por los
interesados, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución definitiva
que será notificada a los interesados que hayan sido propuestos como
beneficiarios para que, en el plazo de diez días hábiles, comuniquen su aceptación
de la ayuda propuesta y acrediten el cumplimiento de obligaciones tributarias y
frente a la Seguridad Social, en el caso de que el interesado haya denegado
expresamente su consentimiento para que el órgano obtenga de forma directa la
acreditación de tal cumplimiento, en los términos previstos en el artículo 22.2.e) de
esta orden, o bien, su desistimiento de la solicitud.
Asimismo, en el caso de que la convocatoria se financie en el marco del
PRTR, la aceptación de la ayuda implicará el consentimiento de la cesión de datos
entre Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en
la normativa europea, y en cumplimiento del artículo 8.1 de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del PRTR, y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, así como el compromiso correspondiente en relación con la ejecución de
actuaciones del PRTR.
En aplicación de la normativa europea y nacional, la DGIPYME podrá solicitar
a la entidad ejecutora de los proyectos o subproyectos derivados del Plan de
Recuperación la documentación y las autorizaciones que sean necesarias a
efectos de cumplir con la necesidad de cesión de datos a efectos de dar
cumplimiento a los requerimientos del artículo 22.2.d) del el Reglamento (UE) n.º
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya comunicado la aceptación expresa,
se tendrá por desistida la solicitud afectada.
Además de la aceptación, para poder ser beneficiario, será necesario constituir
y presentar el justificante de aportación de garantías a las que se refiere el
artículo 16 de esta orden, en un plazo máximo de quince días hábiles desde la
Propuesta de Resolución Definitiva. La falta de constitución de la garantía o la no
presentación del resguardo de constitución ante la Caja General de Depósitos,
correspondiente a cualquier parte de la ayuda propuesta en el plazo establecido
para ello, tendrá como efecto la consideración de la entidad solicitante como
desistida de la solicitud.»
«6. Una vez finalizado el plazo de presentación de garantías, el órgano
instructor elevará la propuesta de resolución definitiva y el órgano competente

cve: BOE-A-2023-7540
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Núm. 70