III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-7463)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad interino de Logrosán, por la que se suspende un expediente de doble inmatriculación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Miércoles 22 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 42960
Al este con la parcela catastral n.º 9026 (Polígono 41). Según Registro, Calleja
Pública. Según Catastro –a fecha 30/09/2022– (…) Logrosán (Cáceres). Ayuntamiento
de Logrosán (Cáceres).
Al oeste con la parcela catastral 282 (Polígono 41) (…) Según Registro, Fosfatos de
Logrosán, S.A. Según Catastro –a fecha 30/09/2022–, P. J. M.
Al sur con la parcela catastral 309 (Polígono 41) (…) Según Registro (…) Según
Catastro –a fecha 30/09/2022–, Ayuntamiento de Logrosán (Cáceres).
[se inserta imagen]
La finca 2897 queda delimitada al norte por la parcela n.º 281, al este por la parcela
n.º 9026, al oeste por la parcela n.º 282 y al sur por la parcela n.º 309.
A su vez, la superficie correspondiente a la finca 2897 según los lindes descritos,
está dividida en seis parcelas catastrales que, de noreste a suroeste, son las
número 283, 292, 293, 294, 295 y 296, todas ellas del Polígono 41 (…) de Logrosán
(Cáceres).
IV. Aportación de datos que rebaten los argumentos desestimatorios por parte del
Sr. Registrador en su Resolución de 22 de noviembre de 2022.
A.
A.1.
sobre superficies y parcelas
Según el texto de la resolución denegatoria:
– …“la finca rústica 2897 consta con una extensión de 11.791 metros cuadrados de
suelo que linda al norte con F. J. L., al sur con (…), al este con calleja pública y al oeste
con Fosfatos de Logrosán, SA –habiéndose completado e identificado su descripción
mediante la incorporación de las referencias catastrales 10112A041002920000OH
y 10112A041002950000OB, correspondientes a las parcelas catastrales 292 y 295 del
Polígono 41”.
…que la descripción de esta última finca 2.897 de Logrosán se ha completado por la
inscripción tercera, de fecha diecisiete de enero de dos mil ocho, mediante la incorporación
de las referencias catastrales 10112A041002920000OH y 10112A041002950000OB,
correspondientes a las parcelas catastrales 292 y 295 del Polígono 41, parcelas con las que
se ha identificado la tan mentada finca 2.897 de Logrosán.
Aportación de datos por el recurrente:
A.2.1. Según el argumento del apartado anterior la finca no coordinada con
Catastro n.º 2897 con extensión de 11.791 m2 está identificada por dos únicas
referencias catastrales –según una inscripción de 17/01/2008–, las correspondientes a
las parcelas n.º 292 y 295. Estas dos parcelas, según los datos catastrales, tienen una
superficie de 1.797 y 1.289 metros cuadrados respectivamente, lo que suma una
superficie de 3.086 m2. La simple comparación de superficies cuestiona el razonamiento
inicial: existe una diferencia de 8.705 m2 entre la superficie de la finca que consta en el
Registro de la Propiedad (11.791 m2) y la suma de las superficies de las dos parcelas
catastrales que, según el propio Registro, identifican la totalidad de dicha finca, es decir
una diferencia del 73,82 %. Esta superficie “huérfana” no está asociada registralmente a
referencia catastral alguna, sin que este llamativo hecho haya suscitado algún tipo de
reflexión en la resolución denegatoria acerca de la eventual inexactitud de los datos
obrantes en el Registro.
Más aún, si atendemos a la situación de tales parcelas y a su representación gráfica se
aprecia que no son colindantes, sino que están separadas por la parcela n.º 293, devenida
posteriormente en finca n.º 11071. Ninguna mención a esta disposición geográfica está
recogida en la descripción de la finca según los datos del Registro de la Propiedad.
[se inserta imagen]
cve: BOE-A-2023-7463
Verificable en https://www.boe.es
A.2.
Núm. 69
Miércoles 22 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 42960
Al este con la parcela catastral n.º 9026 (Polígono 41). Según Registro, Calleja
Pública. Según Catastro –a fecha 30/09/2022– (…) Logrosán (Cáceres). Ayuntamiento
de Logrosán (Cáceres).
Al oeste con la parcela catastral 282 (Polígono 41) (…) Según Registro, Fosfatos de
Logrosán, S.A. Según Catastro –a fecha 30/09/2022–, P. J. M.
Al sur con la parcela catastral 309 (Polígono 41) (…) Según Registro (…) Según
Catastro –a fecha 30/09/2022–, Ayuntamiento de Logrosán (Cáceres).
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La finca 2897 queda delimitada al norte por la parcela n.º 281, al este por la parcela
n.º 9026, al oeste por la parcela n.º 282 y al sur por la parcela n.º 309.
A su vez, la superficie correspondiente a la finca 2897 según los lindes descritos,
está dividida en seis parcelas catastrales que, de noreste a suroeste, son las
número 283, 292, 293, 294, 295 y 296, todas ellas del Polígono 41 (…) de Logrosán
(Cáceres).
IV. Aportación de datos que rebaten los argumentos desestimatorios por parte del
Sr. Registrador en su Resolución de 22 de noviembre de 2022.
A.
A.1.
sobre superficies y parcelas
Según el texto de la resolución denegatoria:
– …“la finca rústica 2897 consta con una extensión de 11.791 metros cuadrados de
suelo que linda al norte con F. J. L., al sur con (…), al este con calleja pública y al oeste
con Fosfatos de Logrosán, SA –habiéndose completado e identificado su descripción
mediante la incorporación de las referencias catastrales 10112A041002920000OH
y 10112A041002950000OB, correspondientes a las parcelas catastrales 292 y 295 del
Polígono 41”.
…que la descripción de esta última finca 2.897 de Logrosán se ha completado por la
inscripción tercera, de fecha diecisiete de enero de dos mil ocho, mediante la incorporación
de las referencias catastrales 10112A041002920000OH y 10112A041002950000OB,
correspondientes a las parcelas catastrales 292 y 295 del Polígono 41, parcelas con las que
se ha identificado la tan mentada finca 2.897 de Logrosán.
Aportación de datos por el recurrente:
A.2.1. Según el argumento del apartado anterior la finca no coordinada con
Catastro n.º 2897 con extensión de 11.791 m2 está identificada por dos únicas
referencias catastrales –según una inscripción de 17/01/2008–, las correspondientes a
las parcelas n.º 292 y 295. Estas dos parcelas, según los datos catastrales, tienen una
superficie de 1.797 y 1.289 metros cuadrados respectivamente, lo que suma una
superficie de 3.086 m2. La simple comparación de superficies cuestiona el razonamiento
inicial: existe una diferencia de 8.705 m2 entre la superficie de la finca que consta en el
Registro de la Propiedad (11.791 m2) y la suma de las superficies de las dos parcelas
catastrales que, según el propio Registro, identifican la totalidad de dicha finca, es decir
una diferencia del 73,82 %. Esta superficie “huérfana” no está asociada registralmente a
referencia catastral alguna, sin que este llamativo hecho haya suscitado algún tipo de
reflexión en la resolución denegatoria acerca de la eventual inexactitud de los datos
obrantes en el Registro.
Más aún, si atendemos a la situación de tales parcelas y a su representación gráfica se
aprecia que no son colindantes, sino que están separadas por la parcela n.º 293, devenida
posteriormente en finca n.º 11071. Ninguna mención a esta disposición geográfica está
recogida en la descripción de la finca según los datos del Registro de la Propiedad.
[se inserta imagen]
cve: BOE-A-2023-7463
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A.2.