III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-7464)
Resolución 420/38105/2023, de 13 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Casa Salesiana Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, para apoyar la realización de la XXXVI edición del Premio Nacional Don Bosco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Miércoles 22 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 42972

conformidad del Ministerio de Defensa con la realización de la actividad objeto del
convenio.
Dicha certificación junto con el expediente del gasto será remitido a la Intervención
Delegada en la Subsecretaría de Defensa para recabar la fiscalización previa del
reconocimiento de la obligación.
4.

Prohibición de pagos anticipados:

Conforme establece el artículo 21.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, en el ámbito de la Hacienda Pública estatal, no podrá efectuarse el
desembolso anticipado de las aportaciones comprometidas en virtud de este convenio
con carácter previo a la ejecución y justificación de las prestaciones previstas en
el mismo.
De la ejecución del convenio no se derivarán ingresos para ninguna de las partes. No
obstante, en el supuesto de que se derivaran ingresos para el Ministerio de Defensa se
actuará según lo previsto en la Orden Ministerial 144/1998, de 18 de junio, por la que se
establece el procedimiento de tramitación e información sobre ingresos en el ámbito del
Ministerio de Defensa.
Las aportaciones financieras que se comprometen a realizar las partes no podrán ser
superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.
No se abonarán nunca contra esta aplicación presupuestaria gastos correspondientes a
retribuciones ordinarias del personal que tenga una relación laboral dependiente.
5.

Incumplimiento de las normas de justificación del gasto:

En el caso de que por parte de la Casa Salesiana Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza
no se justificase debidamente el gasto de la totalidad de la cantidad establecida en la cláusula
tercera, únicamente se le transferirá la cantidad debidamente justificada.
Quinta. Medidas de control y seguimiento.
Se creará una Comisión Mixta de Seguimiento, formada por dos representantes del
Ministerio de Defensa y otros dos representantes de la Casa Salesiana Nuestra Señora
del Pilar de Zaragoza, con el objeto de supervisar, coordinar y controlar la ejecución de
las actividades previstas en este convenio. La Comisión Mixta de Seguimiento se reunirá
cuantas veces sea necesario y, al menos, una vez durante la vigencia del convenio.
Todas las decisiones se tomarán por consenso.
Protección de datos de carácter personal.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD), y en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, así como en las disposiciones de desarrollo que
se dicten.
Los datos personales que se traten en ejecución de este convenio se incorporarán a
los registros de actividades de tratamiento de las partes intervinientes, con la finalidad de
gestionar las relaciones descritas en él. Las partes intervinientes se abstendrán de hacer
ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea estrictamente necesario
para el cumplimiento de los fines de este convenio. Los titulares de los datos personales
podrán ejercitar sus derechos frente a cualquiera de los responsables del tratamiento los
derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos personales, y la
limitación u oposición a su tratamiento.

cve: BOE-A-2023-7464
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.