I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Bono Cultural Joven. (BOE-A-2023-7415)
Real Decreto 191/2023, de 21 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del Bono Cultural Joven.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 42667

Dado el colectivo al que van dirigidas las ayudas, población joven con capacidad
técnica y habilidades suficientes para el manejo de dispositivos electrónicos y digitales,
se establece la obligatoriedad de relacionarse electrónicamente con la administración
para todas las fases del procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Igualmente, y en base a la argumentación esgrimida respecto
de los beneficiarios, se establece la obligación de tramitación electrónica de todo el
procedimiento para las personas físicas que soliciten la adhesión al programa
atendiendo a la actividad profesional que desarrollan.
Para la gestión del Bono Cultural Joven, será necesaria la colaboración de entidades
que realizarán las funciones de colaborar en la gestión de las ayudas, control de la
aplicación de las ayudas a las actividades subvencionables a través de la aplicación
informática que sirva de soporte al programa, ser el cauce de relación con los
beneficiarios y entidades para articular su adhesión y controlar el adecuado desarrollo de
los compromisos adquiridos en virtud de la misma. Igualmente, estas entidades serán las
depositarias y distribuidoras de los fondos, colaborando en la verificación de los
requisitos para la concesión y justificación de las ayudas y articulando los mecanismos
de pago que permitan la ejecución de las ayudas concedidas.
Las entidades colaboradoras contarán con la estructura y disponibilidad de recursos
materiales, técnicos y humanos, así como con experiencia en gestión de fondos
públicos, de manera que ofrezcan garantía de solvencia y eficacia en la gestión de este
programa.
Para la implementación del Bono Cultural Joven, se ha diseñado un sistema de
gestión y pago de los fondos públicos ágil y eficaz, que facilite la accesibilidad, la
transparencia, la inmediatez y la trazabilidad de los pagos, al tiempo que supone un
compromiso con la sostenibilidad, reduciendo el impacto medioambiental de la iniciativa.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto artículo 149.2 de la Constitución
Española, que establece que, sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las
comunidades autónomas, el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y
atribución esencial y facilitará la comunicación cultural entre las comunidades
autónomas, de acuerdo con ellas.
Asimismo, este real decreto se dicta al amparo de las competencias que,
constitucionalmente reservadas al Estado, tiene atribuidas el Ministerio de Cultura y
Deporte para la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos
estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades
cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la
promoción y difusión de la cultura en español, el impulso de las acciones de cooperación
cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura, de conformidad
con el artículo 15 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran
los departamentos ministeriales.
El real decreto se incardina en la materia de cultura que tiene carácter de
competencia concurrente, que comprende, como ha declarado el Tribunal Constitucional,
el ejercicio de potestades tanto normativas como de gestión por parte del Estado.
Dentro del marco competencial atribuido al Estado, las ayudas contempladas en el
presente real decreto demandan una regulación y actuación unitaria de todos sus
aspectos, justificándose la gestión centralizada de las mismas por el especial carácter de
las medidas que se contemplan y la finalidad que persigue.
De conformidad con la jurisprudencia consolidada del Tribunal Constitucional en
materia de subvenciones, las finalidades del programa contempladas en el artículo 2 del
real decreto demandan una gestión centralizada de estas ayudas, de manera que
garantice iguales oportunidades de obtención y disfrute para todos los jóvenes de 18
años, con independencia de lugar de residencia dentro del territorio nacional, y del
conjunto de entidades que integran el sector cultural en España sin discriminación

cve: BOE-A-2023-7415
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Núm. 69