I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2023-7409)
Orden HFP/266/2023, de 12 de marzo, por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Miércoles 22 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 42591
disponer de un mayor número de potenciales colaboradores y garantizar la diversidad de
la composición de los órganos.
2. La designación y cese de las vocalías de la Comisión Permanente de Selección
le corresponde a la persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública, a
propuesta conjunta de las personas titulares de la Dirección del Instituto Nacional
de Administración Pública y de la Dirección General de la Función Pública, y se realizará,
prioritariamente, a partir de las personas inscritas en la bolsa.
3. La propuesta y designación de las vocalías se hará de acuerdo con el principio
de especialidad y entre personas con experiencia práctica en las materias que
componen los programas de los procesos selectivos de su competencia.
4. Las vocalías de la Comisión Permanente de Selección se renovarán por terceras
partes con la publicación de cada nueva convocatoria de procesos selectivos para el
ingreso, el acceso y la estabilización de empleo temporal en cuerpos y escalas de
la Administración General del Estado, cuya realización se encargue a dicha Comisión.
5. La página web del Instituto Nacional de Administración Pública incluirá un breve
currículo profesional de las personas que formen parte de la Comisión Permanente
de Selección, comprensivo de sus titulaciones académicas y formación profesional más
relevante, su destino actual y su experiencia profesional previa.
6. Las personas que integren la Subdirección de Selección del Instituto Nacional
de Administración Pública, ejercerán labores de apoyo a las vocalías, bajo las directrices
de la persona titular de la Subdirección.
Artículo 5.
Funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección.
1. Con la finalidad de fomentar la eficiencia y agilidad de los procesos selectivos y
promover la ejecución simultanea de los mismos, la Comisión Permanente de Selección
se dividirá en las siguientes unidades de evaluación, que actuarán en los procesos
selectivos que tengan a su cargo:
2. El número de personas que integra cada unidad de evaluación podrá variar en
función del número de inscritos en cada proceso de selección, tras el debido análisis.
3. La composición de los miembros de cada unidad de evaluación la determinará
la Presidencia de la Comisión Permanente de Selección, favoreciendo la rotación, de tal
forma que las personas que ostenten vocalías en la Comisión no estén necesariamente
adscritos, durante todo su mandato, a los mismos procesos selectivos.
4. En cada unidad de evaluación se designará por la persona titular de la Presidencia
de la Comisión Permanente de Selección una Presidencia y una Secretaría, que ejercerán
de enlace con la Presidencia y Secretaría de la Comisión Permanente de Selección.
5. Entre las personas que integren las unidades de evaluación se garantizará la
presencia de personal funcionario del mismo subgrupo o superior del que se examina.
6. Las personas que ostenten la Presidencia y la Secretaría de la Comisión
Permanente de Selección no estarán adscritas a ninguna de las unidades de evaluación,
debiendo ejercer labores de coordinación, organización y asistencia de la Comisión
Permanente de Selección, así como trasladar al personal de la Subdirección de Selección
del Instituto Nacional de Administración Pública las necesidades de gestión que se
requieran.
cve: BOE-A-2023-7409
Verificable en https://www.boe.es
a) Unidad de evaluación encargada de la selección del Cuerpo de Gestión de
la Administración Civil del Estado, formada por 13 personas.
b) Unidad de evaluación encargada de la selección del Cuerpo de Gestión
de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, formada por 13 personas.
c) Unidad de evaluación encargada de la selección de los Cuerpos General
Administrativo de la Administración del Estado y Técnicos Auxiliares de Informática de
la Administración del Estado, formada por 10 personas.
d) Unidad de evaluación encargada de la selección del Cuerpo General Auxiliar de
la Administración del Estado, formada por 9 personas.
Núm. 69
Miércoles 22 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 42591
disponer de un mayor número de potenciales colaboradores y garantizar la diversidad de
la composición de los órganos.
2. La designación y cese de las vocalías de la Comisión Permanente de Selección
le corresponde a la persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública, a
propuesta conjunta de las personas titulares de la Dirección del Instituto Nacional
de Administración Pública y de la Dirección General de la Función Pública, y se realizará,
prioritariamente, a partir de las personas inscritas en la bolsa.
3. La propuesta y designación de las vocalías se hará de acuerdo con el principio
de especialidad y entre personas con experiencia práctica en las materias que
componen los programas de los procesos selectivos de su competencia.
4. Las vocalías de la Comisión Permanente de Selección se renovarán por terceras
partes con la publicación de cada nueva convocatoria de procesos selectivos para el
ingreso, el acceso y la estabilización de empleo temporal en cuerpos y escalas de
la Administración General del Estado, cuya realización se encargue a dicha Comisión.
5. La página web del Instituto Nacional de Administración Pública incluirá un breve
currículo profesional de las personas que formen parte de la Comisión Permanente
de Selección, comprensivo de sus titulaciones académicas y formación profesional más
relevante, su destino actual y su experiencia profesional previa.
6. Las personas que integren la Subdirección de Selección del Instituto Nacional
de Administración Pública, ejercerán labores de apoyo a las vocalías, bajo las directrices
de la persona titular de la Subdirección.
Artículo 5.
Funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección.
1. Con la finalidad de fomentar la eficiencia y agilidad de los procesos selectivos y
promover la ejecución simultanea de los mismos, la Comisión Permanente de Selección
se dividirá en las siguientes unidades de evaluación, que actuarán en los procesos
selectivos que tengan a su cargo:
2. El número de personas que integra cada unidad de evaluación podrá variar en
función del número de inscritos en cada proceso de selección, tras el debido análisis.
3. La composición de los miembros de cada unidad de evaluación la determinará
la Presidencia de la Comisión Permanente de Selección, favoreciendo la rotación, de tal
forma que las personas que ostenten vocalías en la Comisión no estén necesariamente
adscritos, durante todo su mandato, a los mismos procesos selectivos.
4. En cada unidad de evaluación se designará por la persona titular de la Presidencia
de la Comisión Permanente de Selección una Presidencia y una Secretaría, que ejercerán
de enlace con la Presidencia y Secretaría de la Comisión Permanente de Selección.
5. Entre las personas que integren las unidades de evaluación se garantizará la
presencia de personal funcionario del mismo subgrupo o superior del que se examina.
6. Las personas que ostenten la Presidencia y la Secretaría de la Comisión
Permanente de Selección no estarán adscritas a ninguna de las unidades de evaluación,
debiendo ejercer labores de coordinación, organización y asistencia de la Comisión
Permanente de Selección, así como trasladar al personal de la Subdirección de Selección
del Instituto Nacional de Administración Pública las necesidades de gestión que se
requieran.
cve: BOE-A-2023-7409
Verificable en https://www.boe.es
a) Unidad de evaluación encargada de la selección del Cuerpo de Gestión de
la Administración Civil del Estado, formada por 13 personas.
b) Unidad de evaluación encargada de la selección del Cuerpo de Gestión
de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, formada por 13 personas.
c) Unidad de evaluación encargada de la selección de los Cuerpos General
Administrativo de la Administración del Estado y Técnicos Auxiliares de Informática de
la Administración del Estado, formada por 10 personas.
d) Unidad de evaluación encargada de la selección del Cuerpo General Auxiliar de
la Administración del Estado, formada por 9 personas.