III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-7389)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de la Ilunion Seguridad, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Martes 21 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 42425

CAPÍTULO VIII
Prestaciones sociales
Artículo 49.

Fondo Económico y Asistencial. Exposición de motivos.

El fondo es un símbolo de diálogo social, muy antiguo en el tiempo, porque las partes
se marcaron objetivos comunes y porque su gobierno es paritario.
Los siguientes Estatutos son resultado de un laborioso proceso negociador, reflejo de
la voluntad y autonomía de las partes por configurar un marco social único incluido en las
relaciones laborales de la empresa con sus trabajadores/as.
Estatutos:
Apartado 1.º

Denominación:

Se establece el presente Estatuto del Fondo Social y Asistencial, acordado por la
representación Empresarial y la representación Sindical.
Apartado 2.º Ámbito:
En cuanto al ámbito temporal, se somete a la vigencia del Convenio.
Apartado 3.º Sede del fondo:
El domicilio se establece en Madrid, calle Albacete, n.º 3, pudiendo establecerse
delegaciones en otros puntos de la geografía nacional si así lo acuerda la Comisión
Administradora.
Apartado 4.º

Destino del fondo:

El Fondo se destinará a las siguientes situaciones:
– Ayudas sociales:
1. Circunstancias críticas familiares.
2. Situaciones excepcionales de los trabajadores/as que serán valoradas por la
Comisión Administradora.
3. Ayudas para gastos ocasionados por motivos oftalmológicos y odontológicos del
trabajador o hijos. Se podrá solicitar por cada trabajador un máximo de dos ayudas
anuales. La cantidad destina por el Fondo Social, en caso de gastos odontológicos, será
de 90 € en caso de gastos oftalmológicos de 75 € por ayuda, o bien la cantidad solicitada
cuando sea inferior a los importes anteriormente detallados
4. Ayudas de Becas de Estudio para los trabajadores/as y sus hijos. Los requisitos,
plazos y documentación a presentar serán los que se estipulen en las bases de la
convocatoria. La cantidad destinada para las ayudas de Becas de estudio para el
año 2023 será de 41.759 €, para el año 2024 de 43.429 €, para el año 2025 será
de 44.731, para el año 2026 será de 46.074€.
Recursos económicos:

Los recursos económicos del Fondo estarán constituidos por:
– Las aportaciones totales que al mismo hace la empresa, será, para el año 2023
de 105.793 €, distribuidos de la siguiente forma:
● 64.034 € para los puntos 1, 2 y 3 del apartado 4.º
● 41.759 € para el punto 4 del apartado 4.º

cve: BOE-A-2023-7389
Verificable en https://www.boe.es

Apartado 5.º