I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Medidas económicas. (BOE-A-2023-7343)
Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Martes 21 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 42071

3. Además, anualmente y antes del 30 de noviembre, deberán obrar en el
mismo Registro copia de las declaraciones tributarias mencionadas en el número
anterior.»
Tres.

Se añade una disposición adicional sexta, con la siguiente redacción:

«Disposición adicional sexta.
Los Altos Cargos incluidos en el artículo 2 de los que consten las
declaraciones en los Registros de Bienes y Derechos Patrimoniales y de
Actividades, que hayan sido cesados y nuevamente nombrados en el mismo u otro
cargo de la Comunidad de Madrid considerado como Alto Cargo de la misma
durante los dos meses siguientes a su cese, quedan exceptuados de presentar
nuevamente las declaraciones de actividades y de bienes, derechos y
obligaciones, así como la declaración del impuesto sobre la renta de las personas
físicas y patrimonio, en su caso, a que hacen referencia el apartado 1 del
artículo 9, y los apartados 1 y 2 del artículo 10 de la presente Ley.»
Cuatro.

Se añade una disposición final primera, con la siguiente redacción:

«Disposición final primera.
Las referencias a la Dirección General de Función Pública contenidas en la
presente Ley deben entenderse referidas al titular de la Dirección General
competente en materia de Recursos Humanos.»
Cinco. La disposición final única, pasa a ser disposición final segunda, con la
siguiente redacción:
«Disposición final segunda.
La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el “Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid”, debiendo ser publicada en el "Boletín Oficial del
Estado"».
CAPÍTULO X
Silencio Administrativo
Artículo treinta y uno. Modificación de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se
establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de
determinados procedimientos.
La Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el
régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos, queda modificada
como sigue:

«2.3 Inscripción de actos que establece la ley relativos a fundaciones. Cuatro
meses. Estimatorio.
[…]
2.17. Autorizaciones para instalar máquinas recreativas
con premio programado en bares y cafeterías

Dos meses Estimatorio

2.18. Autorización de locales destinados a
establecimientos de juegos colectivos de dinero y azar

Tres meses Desestimatorio

cve: BOE-A-2023-7343
Verificable en https://www.boe.es

Uno. Se modifica el epígrafe 2.3 del anexo y se añaden nuevos epígrafes al
apartado 2 del mismo, con la siguiente redacción: