I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Medidas económicas. (BOE-A-2023-7343)
Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 42060

coordinación, ejecución y seguimiento del desarrollo de estos proyectos en la
Comunidad de Madrid, incluido el análisis, diseño, desarrollo, implantación
tecnológica, mantenimiento y evolución de los sistemas y soluciones tecnológicas
de análisis de datos, gobierno del dato, cuadros de mando, datos masivos o «big
data», inteligencia de datos, generación y gestión de conocimiento.
d) La adquisición, el diseño, desarrollo, implantación, mantenimiento, gestión
y evolución de la infraestructura tecnológica, sistemas de información y de
comunicaciones electrónicas y seguridad de la información de titularidad de la
Agencia, así como la ejecución de las actuaciones para su consolidación y
racionalización, incluyéndose en particular el puesto de trabajo, las
infraestructuras de almacenamiento, los centros de procesos de datos, incluido el
uso de nubes públicas y privadas de la Comunidad de Madrid y el archivo
electrónico único de los expedientes y documentos electrónicos.
e) La gestión de los derechos de uso de productos software, bases de datos
y en general cualesquiera elementos lógicos o físicos.
f) El establecimiento de sistemas de información de uso obligatorio en el
ámbito de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Madrid y
consorcios adscritos.
g) El soporte y atención directa al personal empleado sobre los elementos
tecnológicos puestos a su disposición para el desempeño de sus funciones, en
especial el puesto de trabajo.
h) El diseño y ejecución en la Administración General e Institucional de la
Comunidad de Madrid, de los proyectos de sistemas y tecnologías de la
información y comunicación electrónica que dan soporte a su operativa,
incluyendo la planificación, diseño, gestión y operación de las tecnologías y
sistemas que garanticen el funcionamiento de una Administración digital.
i) La definición, diseño, desarrollo, implantación, mantenimiento, gestión y
evolución del modelo de gobernanza tecnológica que proporcione el catálogo de
servicios y métricas asociadas, con seguimiento estandarizado de acuerdos de
nivel de servicio, así como un cuadro de mandos del gasto en materia de
tecnologías y comunicaciones.
j) Elaboración y aprobación de las políticas de seguridad de los sistemas de
información y comunicación electrónicas de titularidad de la Agencia y la gestión
de los recursos comunes para la prevención, detección y respuesta a los
incidentes y amenazas de ciberseguridad en el ámbito de sus funciones.
k) El ejercicio de las funciones propias de encargado de tratamiento de los
datos de carácter personal para la Administración General e Institucional de la
Comunidad de Madrid, en el ámbito subjetivo de actuación.
l) El desarrollo de programas de capacitación y certificación en competencias
digitales dirigidos a los empleados de la Administración General e Institucional de
la Comunidad de Madrid.
m) Asesoramiento y asistencia técnica en tecnologías de la información y
comunicación electrónica.
n) La transferencia tecnológica y cooperación en materia de tecnologías de la
información y la comunicación con las Administraciones locales de la Comunidad
de Madrid u otras Administraciones públicas adscritos.
ñ) El impulso de la reutilización de medios, sistemas y aplicaciones propiedad
de la Administración con fines de interés social.
o) La elaboración y aprobación de las resoluciones e instrucciones para el
adecuado desarrollo de sus competencias.
p) La gestión y explotación de nombres de dominios de internet de la
Comunidad de Madrid, con arreglo a los principios de calidad, eficacia, fiabilidad y
accesibilidad y conforme al interés general, constituyéndose la Agencia en
autoridad de asignación, registro y resolución de disputas, respecto del dominio
del primer nivel ''.madrid''.

cve: BOE-A-2023-7343
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Núm. 68