III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-7318)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el O.A. Consejo Insular de Aguas de La Palma, para la actualización y mejora del conocimiento hidrogeológico de la isla de La Palma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Lunes 20 de marzo de 2023
8.3

Sec. III. Pág. 41756

Dotación presupuestaria.

El presupuesto total de esta actividad asciende a doce mil euros (12.000,00 €). La
distribución del gasto por anualidades queda representada en la tabla 9:
Tabla 9.

Cronograma y dotación presupuestaria para los trabajos de la Actividad 8
Año
Trimestre

2023

2024

2025

2026

1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 Total actividad
X X X X X X X X X

CIALP.

960,00

2.520,00

2.520,00

6.000,00

CSIC-IGME.

960,00

2.520,00

2.520,00

6.000,00

1.920,00

5.040,00

5.040,00

12.000,00

Total.

9. Propuesta de modificación o nueva delimitación de las MASb de La Palma en
función de los resultados de los trabajos anteriores. Análisis de la posibilidad de
definición de sectores hidrogeológicos en las masas en que resulte aconsejable.
Objetivo.

La Demarcación Hidrográfica de La Palma fue establecida por la Ley 10/2010, de 27
de diciembre, que modifica la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas, con aplicación a
partir del 5 de enero de 2011.
El Plan Hidrológico Insular de La Palma, de primer ciclo, fue aprobado por
Decreto 112/2015, de 22 de mayo, por el que se dispone la suspensión de la vigencia de
determinados preceptos del Plan Hidrológico Insular de La Palma, aprobado por el
Decreto 166/2001, de 30 de julio, y se aprueban las Normas Sustantivas Transitorias de
Planificación Hidrológica de la Demarcación Hidrográfica de La Palma, con la finalidad
de cumplir la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de
octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el
ámbito de la política de aguas.
Posteriormente, por Decreto 169/2018, de 26 de noviembre, se aprueba
definitivamente el Plan Hidrológico Insular de la Demarcación Hidrográfica de La Palma,
que de conformidad con el artículo 5 bis de la LAC, comprende el territorio de la cuenca
hidrográfica de la isla y sus aguas costeras hasta una distancia de una milla entre la
respectiva línea de base recta y el límite de las aguas costeras.
El horizonte temporal del Plan Hidrológico corresponde con el final del año 2021, de
acuerdo con la Disposición Adicional Undécima apartado 6 del TRLAE y el Reglamento
de Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio.
Como ya se ha mencionado en otros apartados, el Consejo Insular de Aguas de La
Palma, para cumplir lo dispuesto en la Directiva Marco, definió en 2005 las cinco masas
de agua subterránea vigentes hasta la actualidad. El elevado tamaño de las masas, junto
con los criterios empleados en su delimitación, hacen necesario en algunas ocasiones,
replantear sus límites de forma que se adecúen a la DMA y a la IPH.
Por otra parte, la erupción del volcán de Cumbre Vieja ha podido modificar, en
determinados sectores, las características hidráulicas de las formaciones acuíferas, las
direcciones de flujo del agua subterránea, la relación aguas superficiales-subterráneas y,
en definitiva, el modelo conceptual de flujo de alguna de estas masas.
El objetivo de esta actividad es valorar en profundidad estos aspectos, recomendar la
realización de los ensayos hidrogeológicos que resulten necesarios para avanzar en el
conocimiento de estas incertidumbres y, finalmente, en su caso, y en colaboración entre los
dos organismos firmantes de este acuerdo, proponer una nueva delimitación, en caso de que
así resulte recomendable de los estudios realizados, de las MASb actualmente definidas.

cve: BOE-A-2023-7318
Verificable en https://www.boe.es

9.1