III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Ayudas. (BOE-A-2023-7321)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 3 de marzo de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y de Melilla, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2023 al desarrollo del Plan Corresponsables.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Lunes 20 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41778

Proyectos y actuaciones. El importe consignado al desarrollo del Plan
Corresponsables podrá destinarse por las comunidades autónomas y las ciudades de
Ceuta y Melilla a la financiación de proyectos para el desarrollo de actuaciones y/ o
prestaciones orientadas a facilitar la conciliación de las familias con hijas e hijos de
hasta 16 años de edad mediante la creación de bolsas de cuidado profesional, la
creación de empleo de calidad en el sector de los cuidados, la elaboración de planes de
formación en corresponsabilidad y cuidados destinados a los hombres y, cuando el
desarrollo normativo estatal lo permita, la puesta en marcha de un sistema de
acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia
profesional o vías no formales.
Estas actuaciones deberán destinarse con carácter prioritario a la atención de
familias monoparentales, víctimas de violencia de género y de otras formas de violencia
contra la mujer, mujeres en situación de desempleo de larga duración, mujeres mayores
de cuarenta y cinco años o a unidades familiares en las que existan otras cargas
relacionadas con los cuidados.
Asimismo, en los procesos de valoración de acceso a los programas y prestaciones
puestas en marcha por las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla,
financiadas por este Plan, deberán tener en cuenta el nivel de renta y las cargas
familiares de las personas que pretendan participar en los mismos.
Los proyectos, que deberán ser promovidos por las comunidades autónomas y las
ciudades de Ceuta y Melilla, a través de los órganos competentes en materia de igualdad
y se enmarcarán en las siguientes tipologías de proyectos:
1. Bolsas de cuidado profesional para familias con hijas e hijos de hasta dieciséis
años de edad:
a) Habilitación de servicios de cuidado profesional de calidad, y con garantía de
derechos laborales de las personas profesionales que presten sus servicios en este
marco, de niñas, niños y jóvenes de hasta dieciséis años de edad que puedan prestarse
en domicilio por un número determinado de horas semanales.
b) Habilitación de servicios de cuidado profesional de calidad, y con garantía de
derechos laborales de las personas profesionales que presten sus servicios en este
marco, de niñas, niños y jóvenes de hasta dieciséis años de edad que puedan prestarse
en dependencias públicas convenientemente habilitadas al efecto, cumpliendo con las
garantías sanitarias, tales como escuelas, centros municipales o polideportivos, entre
otros.
c) Uso de los espacios habilitados (centros educativos, centros socio-culturales,
etc.) para la provisión de cuidados a niños y niñas de hasta 16 años de edad y la gestión
por las autoridades educativas municipales o autonómicas y el componente educativo
correspondiente. Si los colegios y escuelas infantiles (de 0 a 3 años) tuvieran capacidad
de acoger en horarios muy amplios (incluso festivos), con ratios y actividades
adecuadas, buena parte de las necesidades de cuidado quedarían cubiertas (a
excepción de casos de criaturas enfermas, padres/madres enfermas, así como
determinadas situaciones excepcionales).
Creación de empleo de calidad:

a) Fomento del empleo en las bolsas de cuidado de las personas jóvenes con
perfiles profesionales correspondientes a: TASOC (Técnica/o en Actividades
Socioculturales), Monitoras/es de ocio y tiempo libre, TAFAD (Técnicas/os superiores de
Animación Sociodeportiva), Educación Infantil, Auxiliares de Guardería y Jardín de
Infancia. Y sus titulaciones equivalentes: Técnica/o Superior en Educación Infantil,
Técnica/o Superior en Animación sociocultural y turística, Técnica/o Superior en
Enseñanza y animación socio deportiva, Técnica/o Superior en Integración social,
Monitoras/es de ocio y tiempo libre y Auxiliar de Educación Infantil o de Jardín de
Infancia.

cve: BOE-A-2023-7321
Verificable en https://www.boe.es

2.