III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Ayudas. (BOE-A-2023-7319)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 3 de marzo de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2023 de los créditos para el desarrollo de programas y la prestación de servicios que garanticen el derecho a la asistencia social integral a las víctimas de violencia de género y la atención a los menores; para implementar la propuesta común para la mejora de la coordinación y desarrollo de planes personalizados; programas para el apoyo a víctimas de agresiones y/o abusos sexuales, así como programas de prevención de abusos sexuales en menores tuteladas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Lunes 20 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41768

prevención de abusos de menores tuteladas, para los que no será necesaria la remisión
previa de los proyectos, ni la publicación de las relaciones certificadas en el BOE).
En esta relación certificada se recogerán los siguientes datos para los programas de cada
uno de los tres primeros créditos objeto del presente acuerdo (asistencia social integral,
implementación de planes personalizados, agresiones y/o abusos sexuales; no será de
aplicación en el caso de los programas relativos a la prevención de abusos a menores
tuteladas): denominación de cada proyecto, calendario de ejecución, localización desglosada,
en su caso, por provincias y municipios, forma de gestión (directa o concertada con otras
entidades, especificando el instrumento mediante el cual se articule) y financiación.
Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla informarán al
Ministerio de Igualdad de la puesta en marcha de los proyectos, así como de cualquier
otra incidencia o modificación que afecte a su desarrollo o ejecución. En su caso, para el
seguimiento de los proyectos se podrán reunir comisiones de seguimiento sobre la
ejecución y evaluación de los mismos.
Tercero.
Con objeto de identificar las fuentes de financiación, en toda la documentación
necesaria para la realización de proyectos o programas, en la señalización exterior de
los lugares donde se ejecuten los proyectos y, en todo caso, en las actividades de
difusión que la comunidad autónoma pueda desarrollar en relación con los mismos,
deberá constar expresamente, en lugar visible, que se han financiado con cargo a los
créditos recibidos del Ministerio de Igualdad, Delegación del Gobierno contra la Violencia
de Género. Además, en toda la documentación necesaria para la realización de
proyectos o programas, en la señalización exterior de los lugares donde se ejecuten los
proyectos y, en todo caso, en las actividades de difusión se utilizará la imagen
institucional de la Administración General del Estado.
Cuarto.










Denominación de cada actuación/proyecto realizado.
Fecha de puesta en marcha y de realización de cada proyecto.
Grado de consecución de los objetivos previstos.
Datos estadísticos sobre las/os usuarias/os de los servicios, en su caso.
Información económica.
Grado de ejecución del presupuesto.
Otras colaboraciones obtenidas.
Valoración: dificultades y propuestas.

cve: BOE-A-2023-7319
Verificable en https://www.boe.es

Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla deberán remitir
al Ministerio de Igualdad, con anterioridad al 31 de marzo del 2024, el estado de ejecución
del ejercicio, indicando las cuantías totales de compromiso de créditos, obligaciones
reconocidas y pagos realizados en el año 2023 para cada uno de los créditos.
Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla presentarán, antes
del 31 de marzo del 2024, cinco informes finales: uno referido a las actuaciones
realizadas para garantizar a las mujeres víctimas de violencia de género el derecho a la
asistencia social integral; uno referido a las actividades desarrolladas para la atención
especializada a menores víctimas de violencia de género; uno referido a las actividades
desarrolladas para la realización de proyectos de mejora de la coordinación y planes
personalizados de atención a víctimas de violencia de género; otro referido a las
actuaciones realizadas para garantizar proyectos de apoyo a las víctimas de agresiones
y/o abusos sexuales y otro referido a las actuaciones realizadas en relación a la
prevención de abusos a menores tuteladas. Además, deberán presentar una declaración
responsable sobre la identificación de las fuentes de financiación en los proyectos o
programas. Los cinco informes describirán las actuaciones realizadas y contemplarán,
para cada una de ellas, al menos, los siguientes extremos: