III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Ayudas. (BOE-A-2023-7319)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 3 de marzo de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2023 de los créditos para el desarrollo de programas y la prestación de servicios que garanticen el derecho a la asistencia social integral a las víctimas de violencia de género y la atención a los menores; para implementar la propuesta común para la mejora de la coordinación y desarrollo de planes personalizados; programas para el apoyo a víctimas de agresiones y/o abusos sexuales, así como programas de prevención de abusos sexuales en menores tuteladas.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Lunes 20 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41767

RepartoReparto
de 800.000
euros para
en centros
de menores
tutelados.
Año
2023.
de 800.000
eurosformación
para formación
en centros
de menores
tutelados.
Año
2023

TOTAL
Andalucía
Aragón
Asturias, Principado de
Balears, Illes
Canarias
Cantabria
Castilla y León
Castilla-La Mancha
Cataluña
Comunitat Valenciana
Extremadura
Galicia
Madrid, Comunidad de
Murcia, Región de
Rioja, La
Ceuta
Melilla

CRITERIOS DE REPARTO
320.000 euros
320.000 euros
160.000 euros
(40%) según
(40%) según
(20%) según
número de
número de
dispersión de
plazas en
menores
la población
centros de
atendidos
(1)
menores
(2)
(3)

TOTAL
sin redondear

TOTAL
redondeado

Distribución
porcentual

160.000,00

320.000,00

320.000,00

800.000,00

800.000,00

100,00

6.988,85

62.583,37

64.890,78

134.463,00

134.463,00

16,81

24.402,60

7.253,67

9.994,67

41.650,95

41.650,95

5,21

7.155,48

6.933,97

12.637,19

26.726,64

26.726,64

3,34

2.876,14

8.376,18

6.670,22

17.922,54

17.922,54

2,24

2.318,25

12.468,36

15.961,64

30.748,25

30.748,25

3,84

6.172,24

4.944,72

5.029,30

16.146,26

16.146,26

2,02

26.942,21

10.095,47

16.409,16

53.446,84

53.446,84

6,68

26.240,18

22.222,81

12.402,77

60.865,76

60.865,76

7,61

2.795,93

55.862,53

44.368,67

103.027,13

103.027,13

12,88

3.096,80

35.003,77

34.437,93

72.538,50

72.538,50

9,07

26.764,15

6.749,26

8.098,03

41.611,43

41.611,43

5,20

7.453,76

18.265,62

18.135,32

43.854,70

43.854,70

5,48

806,57

41.710,40

40.468,83

82.985,81

82.985,81

10,37

5.007,60

9.086,63

9.184,87

23.279,10

23.279,10

2,91

10.703,68

5.633,85

2.301,55

18.639,08

18.639,08

2,33

164,16

6.635,58

2.962,17

9.761,92

9.761,92

1,22

111,41

6.173,79

16.046,88

22.332,09

22.332,09

2,79

1. Elaboración de la DGVG a partir de la inversa de la densidad de población calculada como cociente entre la población de la
Estadística del Padrón Continuo a 1 de enero de 2022 (datos provisionales) y la superficie de cada comunidad autónoma, Ceuta y
Melilla en la publicación España en Cifras, Edición 2022 (superficies de las provincias). Instituto Nacional de Estadística.
2. Elaboración de la DGVG a partir de los datos de la tabla 30. Comparativa CCAA – Menores de edad atendidos - Totales a 31 de
diciembre. Boletín de datos estadísticos de medidas de protección a la infancia. Boletín nº23. Datos 2020. Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030.
3. Elaboración de la DGVG a partir de los datos de la tabla 35. Comparativa CCAA – plazas en centros para menores de edad frente
a medidas de acogimiento residencial. Boletín nº23. Datos 2020. Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

La financiación correspondiente a las comunidades autónomas de Navarra y País
Vasco, se realizará de conformidad con sus regímenes de financiación específicos.

Los compromisos de aportación de fondos por parte de la Administración General del
Estado a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, se formalizarán a
través de resoluciones de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de
Género, por la que se harán efectivos los libramientos correspondientes a la distribución
territorial de los créditos presupuestarios para el ejercicio 2023, tramitándose con
anterioridad el correspondiente expediente de gasto.
Los créditos que corresponda gestionar a cada comunidad autónoma y a las
ciudades de Ceuta y Melilla se librarán, de conformidad con la regla quinta, del apartado
dos, del artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por
cuartas partes en la segunda quincena natural de cada trimestre, sin más excepciones,
en su caso, que los pagos referidos al primer trimestre y segundo trimestre, que se
acumularán al tercer trimestre (75 por 100), siempre que se hayan aprobado
previamente de común acuerdo los proyectos remitidos a la Secretaría de Estado de
Igualdad y contra la Violencia de Género, junto con la relación certificada de los mismos,
y se les haya dado publicidad en el BOE (salvo para el caso de los programas de

cve: BOE-A-2023-7319
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.