III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Violencia de género. (BOE-A-2023-7326)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 3 de marzo de 2023, por el que se aprueba el plan conjunto plurianual en materia de violencia contra las mujeres (2023-2027).
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 41836
De forma complementaria a la aproximación cuantitativa, también se llevarán a cabo
entrevistas con agentes sociales y entidades del tercer sector, con la finalidad de
entender mejor algunas características del Plan conjunto.
Indicadores
Los indicadores, atendiendo a su ámbito, serán de dos tipos:
– Indicadores comunes a todas las políticas públicas: Se impulsará que la Agencia
Estatal de Evaluación de Políticas Públicas sea la responsable del diseño, puesta en
marcha, gestión y seguimiento de un sistema común de indicadores, el Sistema de
Indicadores Comunes, con la finalidad de contribuir a la gestión eficaz y eficiente de las
políticas públicas, el seguimiento adecuado que facilite una toma de decisiones basada
en evidencias para la consecución de sus fines, la evaluación de sus resultados y servir
como herramienta de rendición de cuentas y transparencia.
– Indicadores específicos en materia de violencia contra las mujeres: la DGVG
elaborará una propuesta de indicadores que se trabajarán posteriormente en el marco
del Grupo de Trabajo del Pacto de Estado, para lo cual se dedicarán las sesiones
monográficas que se consideren necesarias.
Los indicadores se han de definir de manera que permitan medir el progreso o los
efectos derivados de puesta en marcha del Catálogo de referencia de políticas y
servicios en materia de violencia contra las mujeres.
El análisis se basará por tanto en la definición de indicadores cuantitativos y cualitativos
realistas para generar una información suficiente y periódica del estado de situación,
permitiendo con ello una mayor agilidad en la toma de decisiones y obtener así una medición
de los logros obtenidos (esperados y no esperados) en la ejecución del Catálogo de
referencia de políticas y servicios en materia de violencia contra las mujeres.
Los indicadores asociados al SIE serán de tres tipos:
– De seguimiento de la realización recogiendo si han sido ejecutadas las medidas
esperadas en cada actuación y eje y/o su grado de avance.
– De seguimiento de la eficacia y eficiencia, midiendo el grado de consecución de
los objetivos esperados o su grado de desviación respecto a lo previsto, así como su
relación con los recursos disponibles y el modo de gobernanza.
– De medición de los resultados referidos a la transformación o los cambios
producidos a corto plazo por el Catálogo. Se trata de valorar –de forma cuantitativa y
cualitativa– la efectividad del Catálogo y sus fortalezas y éxitos, la cual puede generar
resultados previstos o imprevistos.
Los indicadores han de ser específicos, medibles, alcanzables, realistas y temporalmente
determinados, y han de estar fundados en un sistema de información fiable.
Los indicadores, atendiendo a su ámbito, serán de dos tipos:
– Indicadores comunes a todas las políticas públicas: Se impulsará que la Agencia
Estatal de Evaluación de Políticas Públicas sea la responsable del diseño, puesta en
marcha, gestión y seguimiento de un sistema común de indicadores, el Sistema de
Indicadores Comunes, con la finalidad de contribuir a la gestión eficaz y eficiente de las
políticas públicas, el seguimiento adecuado que facilite una toma de decisiones basada
en evidencias para la consecución de sus fines, la evaluación de sus resultados y servir
como herramienta de rendición de cuentas y transparencia.
– Indicadores específicos en materia de violencia contra las mujeres: se y elaborarán
definirán en el Grupo de Trabajo del Pacto de Estado.
cve: BOE-A-2023-7326
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 67
Lunes 20 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 41836
De forma complementaria a la aproximación cuantitativa, también se llevarán a cabo
entrevistas con agentes sociales y entidades del tercer sector, con la finalidad de
entender mejor algunas características del Plan conjunto.
Indicadores
Los indicadores, atendiendo a su ámbito, serán de dos tipos:
– Indicadores comunes a todas las políticas públicas: Se impulsará que la Agencia
Estatal de Evaluación de Políticas Públicas sea la responsable del diseño, puesta en
marcha, gestión y seguimiento de un sistema común de indicadores, el Sistema de
Indicadores Comunes, con la finalidad de contribuir a la gestión eficaz y eficiente de las
políticas públicas, el seguimiento adecuado que facilite una toma de decisiones basada
en evidencias para la consecución de sus fines, la evaluación de sus resultados y servir
como herramienta de rendición de cuentas y transparencia.
– Indicadores específicos en materia de violencia contra las mujeres: la DGVG
elaborará una propuesta de indicadores que se trabajarán posteriormente en el marco
del Grupo de Trabajo del Pacto de Estado, para lo cual se dedicarán las sesiones
monográficas que se consideren necesarias.
Los indicadores se han de definir de manera que permitan medir el progreso o los
efectos derivados de puesta en marcha del Catálogo de referencia de políticas y
servicios en materia de violencia contra las mujeres.
El análisis se basará por tanto en la definición de indicadores cuantitativos y cualitativos
realistas para generar una información suficiente y periódica del estado de situación,
permitiendo con ello una mayor agilidad en la toma de decisiones y obtener así una medición
de los logros obtenidos (esperados y no esperados) en la ejecución del Catálogo de
referencia de políticas y servicios en materia de violencia contra las mujeres.
Los indicadores asociados al SIE serán de tres tipos:
– De seguimiento de la realización recogiendo si han sido ejecutadas las medidas
esperadas en cada actuación y eje y/o su grado de avance.
– De seguimiento de la eficacia y eficiencia, midiendo el grado de consecución de
los objetivos esperados o su grado de desviación respecto a lo previsto, así como su
relación con los recursos disponibles y el modo de gobernanza.
– De medición de los resultados referidos a la transformación o los cambios
producidos a corto plazo por el Catálogo. Se trata de valorar –de forma cuantitativa y
cualitativa– la efectividad del Catálogo y sus fortalezas y éxitos, la cual puede generar
resultados previstos o imprevistos.
Los indicadores han de ser específicos, medibles, alcanzables, realistas y temporalmente
determinados, y han de estar fundados en un sistema de información fiable.
Los indicadores, atendiendo a su ámbito, serán de dos tipos:
– Indicadores comunes a todas las políticas públicas: Se impulsará que la Agencia
Estatal de Evaluación de Políticas Públicas sea la responsable del diseño, puesta en
marcha, gestión y seguimiento de un sistema común de indicadores, el Sistema de
Indicadores Comunes, con la finalidad de contribuir a la gestión eficaz y eficiente de las
políticas públicas, el seguimiento adecuado que facilite una toma de decisiones basada
en evidencias para la consecución de sus fines, la evaluación de sus resultados y servir
como herramienta de rendición de cuentas y transparencia.
– Indicadores específicos en materia de violencia contra las mujeres: se y elaborarán
definirán en el Grupo de Trabajo del Pacto de Estado.
cve: BOE-A-2023-7326
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 67