III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Violencia de género. (BOE-A-2023-7326)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 3 de marzo de 2023, por el que se aprueba el plan conjunto plurianual en materia de violencia contra las mujeres (2023-2027).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41830

de Coordinación contra la Violencia contra la Mujer de la Delegación del Gobierno y la
Unidad de Violencia sobre la Mujer de la Subdelegación del Gobierno en el territorio.
● Garantizar la convocatoria de Comités de Crisis, o grupos de trabajo con funciones
análogas, en casos de feminicidios, con el fin de analizar las circunstancias en los que
estos ocurrieron y sacar conclusiones que refuercen la respuesta institucional frente a la
violencia contra las mujeres. Se promoverá que en los mismos estén presentes
representantes de todas las instituciones de ámbito autonómico y/o local con
competencias en la materia de violencia contra las mujeres, junto con el poder judicial y
la fiscalía en el territorio. El Comité de Crisis creado en virtud del Acuerdo del Pleno de la
Conferencia Sectorial de Igualdad, de 22 de julio de 2022, será complementario respecto
de los comités de crisis aquí mencionados.
– Instrumentos o herramientas de coordinación y protocolos sectoriales:
● Garantizar la aprobación y/o actualización en cada Comunidad Autónoma de un
protocolo interinstitucional para la coordinación de las actuaciones y del trabajo en red en
materia de violencia contra las mujeres en su ámbito territorial. Se protocolorizarán los
principios, los itinerarios y procedimientos de intervención en situaciones de violencia
ejercida contra las mujeres y en concreto; se identificarán las instituciones y
profesionales que deben intervenir, en qué momento hacerlo, de qué manera y con qué
objeto; y se clarificarán las competencias y responsabilidades. El protocolo deberá de
incluir como mínimo, la actuación de las y los profesionales de las administraciones
públicas, en particular de los servicios especializados, el poder judicial, la fiscalía, que
operan en el territorio y que intervengan en el abordaje de las situaciones de violencia
contra las mujeres, y prever cauces de cooperación con las entidades y asociaciones de
la sociedad civil.
● Promover y actualizar, en el marco del Protocolo interinstitucional autonómico,
protocolos sectoriales con el objetivo de que se sistematicen las actuaciones y el trabajo
en red de los y las profesionales de los distintos ámbitos en la detección, prevención,
asistencia, protección y acceso a la justicia de las víctimas de violencia contra las
mujeres, sus hijos e hijas. Entre otros, se deberán impulsar protocolos de actuación en
los ámbitos; educativo, sanitario, socio-asistencial, policial, deportivo, judicial, de la
abogacía y procuraduría, formativo-laboral etc. En estos protocolos se visibilizará de
forma especial la situación de las mujeres que, por sus circunstancias personales y
sociales puedan tener mayor riesgo de sufrir la violencia o mayores dificultades para
acceder a los servicios previstos en la normativa, tales como las mujeres migrantes, las
que se encuentran en situación de riesgo o exclusión social, las mujeres con
discapacidad, las mujeres mayores o aquellas que viven en el ámbito rural.
● Promover protocolos u otros mecanismos específicos en el ámbito autonómico, en
materia de detección, prevención, asistencia y protección y de acceso a la justicia de las
víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, explotación sexual,
así como de mujeres en contextos de prostitución que se encuentren en riesgo de
explotación sexual, de mutilación genital femenina, y matrimonios forzados, en los que
se concrete la coordinación entre les administraciones competentes en esta materia.
● Todos los Protocolos establecerán mecanismos para su evaluación y para
garantizar la difusión y el conocimiento de los mismos por parte de todos los
intervinientes en su aplicación.
● Realización y difusión en el territorio de Guías, mapas de recursos y catálogos de
buenas prácticas que cumplan criterios de accesibilidad universal.
– Mecanismos de transversalización:
● Transversalidad en el ámbito de la Administración General del Estado:
○ El Ministerio de Igualdad, a través de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la
Violencia de Género y la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género se
coordinará con los departamentos ministeriales competentes, en particular con los

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Núm. 67