III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Violencia de género. (BOE-A-2023-7326)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 3 de marzo de 2023, por el que se aprueba el plan conjunto plurianual en materia de violencia contra las mujeres (2023-2027).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67
Lunes 20 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 41831
Ministerios de Interior; Justicia; Sanidad; Educación; Empleo y Economía Social; Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, para impulsar las actuaciones previstas en el presente
Catálogo y que por su naturaleza correspondan al ámbito competencial de los mismos.
○ La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, a través de las
Unidades de Igualdad de los distintos departamentos ministeriales, promoverá la difusión
y el conocimiento del presente Catálogo.
○ La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, a través de su
participación en el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo
General del Poder Judicial, promoverá las actuaciones previstas en el presente Catálogo
que por su naturaleza correspondan al ámbito competencial del poder judicial.
● Transversalidad en el ámbito de las Comunidades Autónomas:
○ El departamento competente en materia de Igualdad y Violencia contra las mujeres
de cada Comunidad Autónoma se coordinará con los departamentos competentes de la
Administración autonómica, en especial con las Consejerías o Departamentos competentes
en materia de Educación, Sanidad, Servicios Sociales, Vivienda, Empleo, Justicia y
Seguridad, para impulsar las actuaciones previstas en el presente Catálogo que por su
naturaleza correspondan al ámbito competencial de los mismos.
○ El departamento competente en materia de Igualdad y Violencia contra las
mujeres de cada Comunidad Autónoma se coordinará con las entidades locales de su
ámbito territorial para la difusión y el conocimiento del presente Catálogo.
● Transversalidad en el ámbito de las Entidades Locales:
○ La FEMP será la encargada de impulsar las actuaciones previstas en el presente
Catálogo que por su naturaleza correspondan al ámbito competencial de las entidades
locales en colaboración y con el apoyo del organismo competente de la Comunidad
Autónoma correspondiente.
– Mecanismos de participación:
● Establecimiento de uno o varios cauces de participación, adecuados a las
particularidades de cada Comunidad Autónoma, con asociaciones de mujeres y
feministas y con el tejido asociativo implicado en la lucha contra la violencia sobre las
mujeres en las tres fases de la política pública: en su diseño, en su ejecución y en la
evaluación y seguimiento de las mismas.
● Incorporación del testimonio desde el respeto y la escucha activa a las mujeres
supervivientes y víctimas, y de sus hijos e hijas, en la elaboración de las políticas
públicas y otros espacios de decisión.
ANEXO CATÁLOGO
Listado de leyes autonómicas y normas con rango de ley en materia de violencia
contra las mujeres
● Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, modificada
por la Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de
Mujeres y Hombres.
– Cataluña:
● Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia
machista, modificada por la Ley 17/2020, de 22 de diciembre, de modificación de la
Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
● Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres
cve: BOE-A-2023-7326
Verificable en https://www.boe.es
– País Vasco:
Núm. 67
Lunes 20 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 41831
Ministerios de Interior; Justicia; Sanidad; Educación; Empleo y Economía Social; Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, para impulsar las actuaciones previstas en el presente
Catálogo y que por su naturaleza correspondan al ámbito competencial de los mismos.
○ La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, a través de las
Unidades de Igualdad de los distintos departamentos ministeriales, promoverá la difusión
y el conocimiento del presente Catálogo.
○ La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, a través de su
participación en el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo
General del Poder Judicial, promoverá las actuaciones previstas en el presente Catálogo
que por su naturaleza correspondan al ámbito competencial del poder judicial.
● Transversalidad en el ámbito de las Comunidades Autónomas:
○ El departamento competente en materia de Igualdad y Violencia contra las mujeres
de cada Comunidad Autónoma se coordinará con los departamentos competentes de la
Administración autonómica, en especial con las Consejerías o Departamentos competentes
en materia de Educación, Sanidad, Servicios Sociales, Vivienda, Empleo, Justicia y
Seguridad, para impulsar las actuaciones previstas en el presente Catálogo que por su
naturaleza correspondan al ámbito competencial de los mismos.
○ El departamento competente en materia de Igualdad y Violencia contra las
mujeres de cada Comunidad Autónoma se coordinará con las entidades locales de su
ámbito territorial para la difusión y el conocimiento del presente Catálogo.
● Transversalidad en el ámbito de las Entidades Locales:
○ La FEMP será la encargada de impulsar las actuaciones previstas en el presente
Catálogo que por su naturaleza correspondan al ámbito competencial de las entidades
locales en colaboración y con el apoyo del organismo competente de la Comunidad
Autónoma correspondiente.
– Mecanismos de participación:
● Establecimiento de uno o varios cauces de participación, adecuados a las
particularidades de cada Comunidad Autónoma, con asociaciones de mujeres y
feministas y con el tejido asociativo implicado en la lucha contra la violencia sobre las
mujeres en las tres fases de la política pública: en su diseño, en su ejecución y en la
evaluación y seguimiento de las mismas.
● Incorporación del testimonio desde el respeto y la escucha activa a las mujeres
supervivientes y víctimas, y de sus hijos e hijas, en la elaboración de las políticas
públicas y otros espacios de decisión.
ANEXO CATÁLOGO
Listado de leyes autonómicas y normas con rango de ley en materia de violencia
contra las mujeres
● Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, modificada
por la Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de
Mujeres y Hombres.
– Cataluña:
● Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia
machista, modificada por la Ley 17/2020, de 22 de diciembre, de modificación de la
Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
● Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres
cve: BOE-A-2023-7326
Verificable en https://www.boe.es
– País Vasco: