III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Violencia de género. (BOE-A-2023-7326)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 3 de marzo de 2023, por el que se aprueba el plan conjunto plurianual en materia de violencia contra las mujeres (2023-2027).
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67
Lunes 20 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 41826
● Servicios de empleo para víctimas de cualquier forma de violencia contra las
mujeres que contemplen:
○ Programas de inserción laboral en el marco del Plan Estatal de Empleo o planes
autonómicos de análoga finalidad.
○ Servicios de apoyo especializado destinados a la formación e inserción laboral de
las víctimas de violencia contra las mujeres.
○ Acciones de inserción socio laboral para mujeres víctimas de trata con fines de
explotación sexual, explotación sexual y mujeres en riesgo de sufrir trata o explotación sexual.
○ Se impulsarán y promoverán convenios de colaboración con las redes, entidades y
empresas, fundamentalmente de la economía social y solidaria para la integración social
y laboral de las mujeres víctimas de violencia contra las mujeres en situación de riesgo o
exclusión social.
– Servicios de salud:
● Se impulsará que desde el Sistema Público de Salud se garantice a las víctimas
de todas las formas de violencia contra las mujeres, así como a sus hijos e hijas, el
derecho a la atención sanitaria, con especial atención a la salud mental, mediante la
atención psiquiátrica y psicológica y al seguimiento de la evolución de su estado de salud
hasta su total recuperación.
● Se elaborarán y difundirán protocolos específicos para la atención, actuación
sanitaria y respuesta multisectorial en casos de violencia contra las mujeres y sus hijos e
hijas, con la debida adaptación a las necesidades de las víctimas del medio rural. De
manera particular, se diseñarán protocolos específicos para la detección, intervención y
asistencia ante situaciones de violencia contra las mujeres en mujeres con discapacidad,
consumo activo de substancias, y problemáticas de salud mental.
● Se promoverá que desde el Sistema Público de Salud se garantice la gratuidad de
los servicios sanitarios a las víctimas de todas las formas de violencia contra las mujeres,
y sus hijos e hijas, con independencia de su situación administrativa.
● Se fomentará la coordinación de los servicios sanitarios con la red de servicios
especializados de asistencia a víctimas de violencias contra las mujeres, previendo
itinerarios específicos de atención.
● Contemplar ayudas complementarias a modo de indemnización y reparación
destinadas a las víctimas en aquellos casos en que sea necesario, por la especificidad o
gravedad de las secuelas derivadas de la violencia. También, se fomentará la
financiación mediante la red pública aquellos tratamientos sanitarios no contemplados
pero necesarios para la reparación, incluyendo, los tratamientos de reconstrucción
genital femenina, entre otros.
● Establecer servicios de acompañamiento a familiares y al entorno afectivo de las
mujeres asesinadas, con el fin de informarles sobre sus derechos y acompañarles en el
procedimiento, así como facilitarles el acceso a pensiones y prestaciones de orfandad,
ayudas a los sepelios, repatriación, becas y apoyo psicológico preferente entre otros, sin
perjuicio de lo dispuesto en los protocolos y servicios para el caso de feminicidios de los
que ya disponen las CC. AA.
● Garantizar la reparación social y simbólica de las víctimas a través de homenajes,
actos de reconocimiento de las víctimas y supervivientes y de acciones de difusión
pública que garanticen el respeto a su intimidad por los medios de comunicación y las
administraciones, siempre que las víctimas o supervivientes o entorno familiar estén de
acuerdo, manifestando el compromiso colectivo frente a la violencia contra las mujeres y
el respeto por las víctimas, así como otras acciones que contribuyan a la superación de
cualquier situación de estigmatización o generadoras de estereotipos.
cve: BOE-A-2023-7326
Verificable en https://www.boe.es
– Reparación integral:
Núm. 67
Lunes 20 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 41826
● Servicios de empleo para víctimas de cualquier forma de violencia contra las
mujeres que contemplen:
○ Programas de inserción laboral en el marco del Plan Estatal de Empleo o planes
autonómicos de análoga finalidad.
○ Servicios de apoyo especializado destinados a la formación e inserción laboral de
las víctimas de violencia contra las mujeres.
○ Acciones de inserción socio laboral para mujeres víctimas de trata con fines de
explotación sexual, explotación sexual y mujeres en riesgo de sufrir trata o explotación sexual.
○ Se impulsarán y promoverán convenios de colaboración con las redes, entidades y
empresas, fundamentalmente de la economía social y solidaria para la integración social
y laboral de las mujeres víctimas de violencia contra las mujeres en situación de riesgo o
exclusión social.
– Servicios de salud:
● Se impulsará que desde el Sistema Público de Salud se garantice a las víctimas
de todas las formas de violencia contra las mujeres, así como a sus hijos e hijas, el
derecho a la atención sanitaria, con especial atención a la salud mental, mediante la
atención psiquiátrica y psicológica y al seguimiento de la evolución de su estado de salud
hasta su total recuperación.
● Se elaborarán y difundirán protocolos específicos para la atención, actuación
sanitaria y respuesta multisectorial en casos de violencia contra las mujeres y sus hijos e
hijas, con la debida adaptación a las necesidades de las víctimas del medio rural. De
manera particular, se diseñarán protocolos específicos para la detección, intervención y
asistencia ante situaciones de violencia contra las mujeres en mujeres con discapacidad,
consumo activo de substancias, y problemáticas de salud mental.
● Se promoverá que desde el Sistema Público de Salud se garantice la gratuidad de
los servicios sanitarios a las víctimas de todas las formas de violencia contra las mujeres,
y sus hijos e hijas, con independencia de su situación administrativa.
● Se fomentará la coordinación de los servicios sanitarios con la red de servicios
especializados de asistencia a víctimas de violencias contra las mujeres, previendo
itinerarios específicos de atención.
● Contemplar ayudas complementarias a modo de indemnización y reparación
destinadas a las víctimas en aquellos casos en que sea necesario, por la especificidad o
gravedad de las secuelas derivadas de la violencia. También, se fomentará la
financiación mediante la red pública aquellos tratamientos sanitarios no contemplados
pero necesarios para la reparación, incluyendo, los tratamientos de reconstrucción
genital femenina, entre otros.
● Establecer servicios de acompañamiento a familiares y al entorno afectivo de las
mujeres asesinadas, con el fin de informarles sobre sus derechos y acompañarles en el
procedimiento, así como facilitarles el acceso a pensiones y prestaciones de orfandad,
ayudas a los sepelios, repatriación, becas y apoyo psicológico preferente entre otros, sin
perjuicio de lo dispuesto en los protocolos y servicios para el caso de feminicidios de los
que ya disponen las CC. AA.
● Garantizar la reparación social y simbólica de las víctimas a través de homenajes,
actos de reconocimiento de las víctimas y supervivientes y de acciones de difusión
pública que garanticen el respeto a su intimidad por los medios de comunicación y las
administraciones, siempre que las víctimas o supervivientes o entorno familiar estén de
acuerdo, manifestando el compromiso colectivo frente a la violencia contra las mujeres y
el respeto por las víctimas, así como otras acciones que contribuyan a la superación de
cualquier situación de estigmatización o generadoras de estereotipos.
cve: BOE-A-2023-7326
Verificable en https://www.boe.es
– Reparación integral: