III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-7118)
Resolución de 15 de marzo de 2023, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica el III Convenio con el Instituto Galego de Promoción Económica, Axencia Galega de Innovación, Sociedad Gestora de Entidades de Inversión de Tipo Cerrado, SAU, Vigo Activo Sociedad de Capital Riesgo, SA, S.M.E., Fundación Clúster de Empresas de Automoción de Galicia y Stellantis España, SL, para continuidad del Foco de Emprendimiento en el sector de la automoción y movilidad en Galicia y la realización de las ediciones 7.ª, 8.ª y 9.ª.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Sábado 18 de marzo de 2023
f)
Sec. III. Pág. 41130
Otra documentación:
– Documentación relativa a la propiedad de la tecnología y/o derechos de
explotación de la misma.
– En el caso de aportaciones no dinerarias, documentación de la valoración de
dichos activos.
– Adhesión al reglamento interno de publicidad (modelo facilitado por Xesgalicia).
– Autorización del uso del logo de la empresa por parte de Xesgalicia.
– Documento relativo el tratamiento de datos de carácter personal (modelo facilitado
por Xesgalicia).
Se podrá solicitar toda documentación o información necesaria para el conocimiento
y correcta comprensión del plan de negocio o de la situación económica y legal de la
empresa.
La documentación del plan de negocio deberá presentarse en gallego o castellano,
los importes en euros y deberá estar firmada por el representante legal de la empresa.
La documentación financiera y jurídica, en el caso de no estar en gallego o
castellano, deberá presentarse traducida por intérprete jurado.
No se podrá utilizar el nombre de Xesgalicia para otras financiaciones que se puedan
solicitar para el proyecto, salvo que esto sea expresamente autorizado por Xesgalicia,
quedando esta eximida, en todo caso, de las consecuencias que tenga la no financiación
del proyecto, cualquiera que sea la causa.
ANEXO V
Documentación a presentar a IGAPE por parte de CEAGA, relativa a los gastos
soportados para el desarrollo del programa Business Factory Auto, para el pago
de la compensación de los gastos derivados de su puesta en marcha y desarrollo
Para el pago de la cantidad prevista en la cláusula decimoctava, relativa a la
compensación de parte de los gastos incurridos para la puesta en marcha y desarrollo de
las diferentes fases de Business Factory Auto, CEAGA deberá presentar antes del antes
del diez de noviembre de cada año, la siguiente documentación:
1. Desarrollo de las actividades del convenio.
2. Acreditación de los gastos soportados y pagos realizados para el desarrollo de
las diferentes fases. La justificación tendrá lugar mediante la aportación de los
justificantes de los gastos recibidos de los diferentes proveedores, y de la justificación de
realización de lo pagado (transferencia, certificación bancaria original o extractos de
pago). Igualmente, la justificación de gastos de personal por medio de certificado del
personal asignado al proyecto, junto con las nóminas y seguros sociales. La acreditación
de gastos podrá realizarse de forma alternativa mediante la presentación de Informe de
auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de
Cuentas.
3. Certificaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales, con
la comunidad autónoma y con la Seguridad Social. Junto con la primera solicitud,
CEAGA deberá aportar los siguientes documentos:
– NIF de la entidad.
– Certificado de titularidad de la cuenta en la que se deben realizar los pagos, en
dicho certificado deberá constar la razón social de la entidad, el código internacional de
cuenta bancaria (IBAN) o el código internacional de identificación bancaria (BIC/SWIFT).
cve: BOE-A-2023-7118
Verificable en https://www.boe.es
– Solicitud de pago.
– Las solicitudes se acompañarán de sendas memorias comprensivas de las
actividades llevadas a cabo para el desarrollo de las diferentes fases del Programa BFA.
Dicha memoria contendrá, como mínimo, la siguiente información:
Núm. 66
Sábado 18 de marzo de 2023
f)
Sec. III. Pág. 41130
Otra documentación:
– Documentación relativa a la propiedad de la tecnología y/o derechos de
explotación de la misma.
– En el caso de aportaciones no dinerarias, documentación de la valoración de
dichos activos.
– Adhesión al reglamento interno de publicidad (modelo facilitado por Xesgalicia).
– Autorización del uso del logo de la empresa por parte de Xesgalicia.
– Documento relativo el tratamiento de datos de carácter personal (modelo facilitado
por Xesgalicia).
Se podrá solicitar toda documentación o información necesaria para el conocimiento
y correcta comprensión del plan de negocio o de la situación económica y legal de la
empresa.
La documentación del plan de negocio deberá presentarse en gallego o castellano,
los importes en euros y deberá estar firmada por el representante legal de la empresa.
La documentación financiera y jurídica, en el caso de no estar en gallego o
castellano, deberá presentarse traducida por intérprete jurado.
No se podrá utilizar el nombre de Xesgalicia para otras financiaciones que se puedan
solicitar para el proyecto, salvo que esto sea expresamente autorizado por Xesgalicia,
quedando esta eximida, en todo caso, de las consecuencias que tenga la no financiación
del proyecto, cualquiera que sea la causa.
ANEXO V
Documentación a presentar a IGAPE por parte de CEAGA, relativa a los gastos
soportados para el desarrollo del programa Business Factory Auto, para el pago
de la compensación de los gastos derivados de su puesta en marcha y desarrollo
Para el pago de la cantidad prevista en la cláusula decimoctava, relativa a la
compensación de parte de los gastos incurridos para la puesta en marcha y desarrollo de
las diferentes fases de Business Factory Auto, CEAGA deberá presentar antes del antes
del diez de noviembre de cada año, la siguiente documentación:
1. Desarrollo de las actividades del convenio.
2. Acreditación de los gastos soportados y pagos realizados para el desarrollo de
las diferentes fases. La justificación tendrá lugar mediante la aportación de los
justificantes de los gastos recibidos de los diferentes proveedores, y de la justificación de
realización de lo pagado (transferencia, certificación bancaria original o extractos de
pago). Igualmente, la justificación de gastos de personal por medio de certificado del
personal asignado al proyecto, junto con las nóminas y seguros sociales. La acreditación
de gastos podrá realizarse de forma alternativa mediante la presentación de Informe de
auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de
Cuentas.
3. Certificaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales, con
la comunidad autónoma y con la Seguridad Social. Junto con la primera solicitud,
CEAGA deberá aportar los siguientes documentos:
– NIF de la entidad.
– Certificado de titularidad de la cuenta en la que se deben realizar los pagos, en
dicho certificado deberá constar la razón social de la entidad, el código internacional de
cuenta bancaria (IBAN) o el código internacional de identificación bancaria (BIC/SWIFT).
cve: BOE-A-2023-7118
Verificable en https://www.boe.es
– Solicitud de pago.
– Las solicitudes se acompañarán de sendas memorias comprensivas de las
actividades llevadas a cabo para el desarrollo de las diferentes fases del Programa BFA.
Dicha memoria contendrá, como mínimo, la siguiente información: