I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Seguridad industrial. (BOE-A-2023-7056)
Real Decreto 145/2023, de 28 de febrero, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para su adaptación al principio de reconocimiento mutuo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 40976

5. Real Decreto 2702/1985, de 18 de diciembre, por el que se homologan los
alambres trefilados lisos y corrugados empleados en la fabricación de mallas
electrosoldadas y viguetas semirresistentes de hormigón armado (viguetas en celosía)
por el Ministerio de Industria y Energía.
6. Real Decreto 2704/1985, de 27 de diciembre, por el que se declaran de obligada
observancia las especificaciones técnicas que figuran como anexo de este Real Decreto
para los tubos de acero soldado, con diámetros nominales comprendidos entre 8 mm
y 220 mm y sus perfiles derivados correspondientes, destinados a conducción de fluidos,
aplicaciones mecánicas, estructurales y otros usos, tanto en negro como galvanizado y
su homologación por el Ministerio de Industria y Energía.
7. Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, por el que se declara obligatoria la
homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros para todo
tipo de obras y productos prefabricados.
Disposición transitoria primera. Procedimientos en fase de tramitación.
Las Administraciones Públicas que, a la fecha de entrada en vigor indicada en la
disposición final quinta, estuvieran tramitando procedimientos relativos a la certificación
de la conformidad o de reconocimiento mutuo de productos incluidos en las
disposiciones modificadas por el presente real decreto, deberán continuar la tramitación
de los mismos en base a la normativa aplicable en el momento del inicio del expediente y
finalizarlos en el plazo legalmente establecido para ello, sin perjuicio de la aplicación del
silencio administrativo correspondiente.
Disposición transitoria segunda. Aplicación de los cambios realizados en el anexo
del Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, por el que se declara obligatoria la
homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros para
todo tipo de obras y productos prefabricados.
Las modificaciones en las referencias a normas introducidas por la disposición final
tercera en el Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, serán de aplicación a partir de
la entrada en vigor del presente real decreto, existiendo un periodo de coexistencia de un
año desde la citada entrada en vigor en las que serán válidas tanto las referencias
anteriores como las que se introducen por el presente real decreto.
Disposición derogatoria única. Derogación de normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en este real decreto.
Disposición final primera. Modificación del Reglamento de equipos a presión y de las
instrucciones técnicas complementarias ITC EP 3, «Refinerías de petróleos y plantas
petroquímicas», e ITC EP 5, «Botellas de equipos respiratorios autónomos»,
aprobados por el Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre.
Advertidos errores en el Reglamento de equipos a presión y en las instrucciones
técnicas complementarias ITC EP 3, «Refinerías de petróleos y plantas petroquímicas»,
e ITC EP 5, «Botellas de equipos respiratorios autónomos», aprobadas por el Real
Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, se modifica su redacción como sigue:
Uno. El apartado 3, «Modificación de instalaciones», del artículo 8,
«Modificaciones», del Reglamento de equipos a presión, queda redactado como sigue:
«a) Las instalaciones en las que se realicen modificaciones que contengan
equipos de las categorías indicadas en el apartado 2 anterior deberán seguir
manteniendo las correspondientes condiciones de seguridad.

cve: BOE-A-2023-7056
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Núm. 66