I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Mercados de valores y Servicios de inversión. (BOE-A-2023-7053)
Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión.
251 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023
Artículo 135.
Artículo 136.
Artículo 137.
autorizados.
Artículo 138.
Artículo 139.
Artículo 140.
Artículo 141.

Sec. I. Pág. 40711

Caducidad de la autorización.
Denegación de la autorización.
Modificaciones estatutarias y modificaciones de los servicios
Nombramiento de nuevos cargos de administración y dirección.
Modificaciones estructurales.
Revocación y suspensión de la autorización.
Legitimación para solicitar la declaración de concurso.

Capítulo III. Sucursales y prestación de servicios sin sucursal.
Sección 1.ª

Unión Europea.

Artículo 142. Disposiciones generales.
Artículo 143. Sucursales y agentes vinculados de empresas de servicios
inversión españolas en Estados miembros de la Unión Europea.
Artículo 144. Prestación de servicios sin sucursal por empresas de servicios
inversión españolas en Estados miembros de la Unión Europea.
Artículo 145. Sucursales en España de empresas de servicios de inversión
Estados miembros de la Unión Europea.
Artículo 146. Supervisión de sucursales en España de empresas de servicios
inversión de Estados miembros de la Unión Europea.
Artículo 147. Prestación de servicios sin sucursal en España por empresas
servicios de inversión de Estados miembros de la Unión Europea.
Artículo 148. Medidas preventivas.
Sección 2.ª

de
de
de
de
de

Terceros Estados.

Artículo 149. Disposiciones generales.
Artículo 150. Actuación transfronteriza de las empresas de servicios de inversión
españolas en Estados no miembros de la Unión Europea.
Artículo 151. Actuación transfronteriza en España de empresas de terceros países.
Capítulo IV. Participaciones significativas.
Artículo 152.
Artículo 153.
Artículo 154.
Artículo 155.
Artículo 156.
Artículo 157.
Artículo 158.
Artículo 159.

Participaciones significativas.
Deber de notificación.
Evaluación de la adquisición propuesta.
Colaboración entre autoridades supervisoras.
Efectos del incumplimiento de las obligaciones.
Reducción de participaciones significativas.
Medidas preventivas.
Comunicación de estructura accionarial.

Artículo 160. Obligaciones de información.
Artículo 161. Sistema de gobierno corporativo.
Artículo 162. Control y evaluación periódicos del sistema de gobierno corporativo.
Artículo 163. Requisitos colectivos del órgano de administración.
Artículo 164. Política de idoneidad para la selección y evaluación de cargos.
Artículo 165. Selección y evaluación de cargos.
Artículo 166. Comité de nombramientos.
Artículo 167. Criterios de interpretación de los requisitos de idoneidad.
Artículo 168. Empresas de servicios de inversión sujetas a requisitos prudenciales
de la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio
de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión

cve: BOE-A-2023-7053
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Capítulo V. Requisitos de información, obligaciones de gobierno corporativo y
política de remuneraciones.