I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Mercados de valores y Servicios de inversión. (BOE-A-2023-7053)
Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión.
251 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 40708

Artículo 51. Acceso remoto.
Artículo 52. Suspensión y exclusión de negociación por el organismo rector.
Artículo 53. Supervisión del cumplimiento de las normas de los centros de
negociación y de otras obligaciones legales.
Artículo 54. Acuerdos con cámaras de compensación, sistemas de liquidación y
depositarios centrales de valores.
Artículo 55. Competencias de las Comunidades Autónomas en centros de
negociación autonómicos.
Artículo 56. Medidas preventivas.
Sección 2.ª

De los mercados regulados.

Artículo 57. Autorización y supervisión por parte de la CNMV.
Artículo 58. Requisitos de organización y funcionamiento para los organismos
rectores de los mercados regulados.
Artículo 59. Nombramiento de consejeros, consejeras y personal de alta dirección.
Artículo 60. Participaciones en organismos rectores de los mercados regulados.
Artículo 61. Requisitos de organización y funcionamiento para los mercados
regulados.
Artículo 62. Miembros de los mercados regulados.
Artículo 63. Requisitos relativos a la admisión de instrumentos financieros a
negociación.
Artículo 64. Suspensión y exclusión de negociación de instrumentos financieros por
la CNMV.
Artículo 65. Exclusión de negociación voluntaria.
Artículo 66. Derecho de los miembros a designar un sistema de liquidación.
Artículo 67. Mercados regulados de ámbito autonómico.
Sección 3.ª De los sistemas multilaterales de negociación y de los sistemas
organizados de contratación.
Artículo 68. Requisitos de organización y funcionamiento.
Artículo 69. Normas reguladoras del acceso y obligaciones de información sobre los
instrumentos financieros.
Artículo 70. Información sobre su funcionamiento.
Artículo 71. Responsabilidad de la información.
Artículo 72. Asesor registrado.
Artículo 73. Requisitos de organización y funcionamiento específicos para los SMN.
Artículo 74. Reglas aplicables a las relaciones entre los miembros de los SMN y su
clientela.
Artículo 75. Requisitos de organización y funcionamiento específicos para los SOC.
Artículo 76. Mercado de PYME en expansión.
Límites a las posiciones en derivados sobre materias primas.

Artículo 77. Límites a las posiciones y controles de la gestión de posiciones en
derivados sobre materias primas.
Artículo 78. Comunicación de las posiciones en derivados sobre materias primas,
derechos de emisión o derivados sobre derechos de emisión por categoría de titulares
de posiciones.
Sección 5.ª

Otras formas de negociación.

Artículo 79.

Internalización sistemática.

cve: BOE-A-2023-7053
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Sección 4.ª