I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Mercados de valores y Servicios de inversión. (BOE-A-2023-7053)
Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 40707

Artículo 20. Presupuesto y control económico y financiero.
Artículo 21. Régimen interior de la CNMV y control interno.
Artículo 22. Competencia normativa de la CNMV.
Artículo 23. Recursos contra disposiciones y resoluciones de la CNMV.
Capítulo II.

Organización.

Artículo 24. El Consejo de la CNMV.
Artículo 25. Facultades del Consejo de la CNMV.
Artículo 26. Funciones de las personas titulares de la presidencia y de la
vicepresidencia de la CNMV.
Artículo 27. El Comité Ejecutivo de la CNMV.
Artículo 28. Mandato de la persona titular de la presidencia, de la persona titular de
la vicepresidencia y de los consejeros y consejeras de la CNMV.
Artículo 29. Cese de la persona titular de la presidencia, de la persona titular de la
vicepresidencia y de los consejeros y consejeras de la CNMV.
Artículo 30. Régimen de incompatibilidades.
Artículo 31. El Comité Consultivo de la CNMV.
Artículo 32. Informe del Comité Consultivo.
Artículo 33. Recursos económicos de la CNMV.
Título III.

Mercado primario de valores negociables.

Capítulo I.

Disposiciones generales.

Artículo 34. Libertad de emisión.
Artículo 35. Obligación de publicar folleto informativo.
Artículo 36. Obligaciones relativas a la colocación de determinadas emisiones.
Artículo 37. Requisitos de información para la admisión a negociación en un
mercado regulado.
Artículo 38. Responsabilidad del folleto.
Artículo 39. Responsabilidad en la aprobación del folleto.
Capítulo II. Emisiones de obligaciones u otros valores negociables que reconozcan
o creen deuda.
Artículo 40. Exención de requisitos.
Artículo 41. Ámbito de aplicación del sindicato de obligacionistas.
Título IV. Centros de negociación, sistemas de compensación, liquidación y registro
de instrumentos financieros, obligaciones de información periódica de los emisores,
obligaciones de información sobre participaciones significativas y autocartera, de las
ofertas públicas de adquisición y los asesores de voto.
Capítulo I. Centros de negociación.
Disposiciones comunes a los centros de negociación.

Artículo 42. Centros de negociación.
Artículo 43. Autorización.
Artículo 44. Organismo rector.
Artículo 45. Requisitos de organización y funcionamiento.
Artículo 46. Normas sobre servicios de localización compartida, comisiones y
variación mínima de cotización.
Artículo 47. Sincronización de relojes comerciales.
Artículo 48. Mecanismos de gestión de volatilidad.
Artículo 49. Conflictos de interés.
Artículo 50. Acceso electrónico directo.

cve: BOE-A-2023-7053
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Sección 1.ª