I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Mercados de valores y Servicios de inversión. (BOE-A-2023-7053)
Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 40720

Disposición final sexta. Modificación del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de
julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Disposición final séptima. Modificación de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de
ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
Disposición final octava. Modificación de la Ley 16/2014, de 30 de septiembre, por
la que se regulan las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Disposición final novena. Modificación de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por
la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva
de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo
cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de
Inversión Colectiva.
Disposición final décima. Modificación de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento
de la financiación empresarial.
Disposición final undécima. Modificación de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de
recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
Disposición final duodécima. Títulos competenciales.
Disposición final decimotercera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
Disposición final decimocuarta. Facultad de desarrollo.
Disposición final decimoquinta. Entrada en vigor.
PREÁMBULO
I
La existencia de un mercado de valores transparente y eficiente constituye uno de
los elementos básicos de toda economía social de mercado desarrollada y avanzada.
Cumple una función esencial en la asignación de recursos financieros a los sectores
económicos, la inversión en activos productivos, el fomento del ahorro del público y la
apertura exterior de la economía y su integración en los flujos financieros y comerciales
internacionales.
Como es sabido, en el correcto funcionamiento y desarrollo de los mercados de
capitales juega un papel crítico el marco jurídico aplicable. La normativa reguladora es
uno de los factores determinantes en la consecución de unos mercados financieros
estables, transparentes y eficientes, y que garanticen los más elevados estándares de
protección de la clientela de servicios financieros y los ahorradores.
Desde la publicación en 1988 de la primera Ley del Mercado de Valores, la normativa
reguladora de los mercados de capitales ha estado presidida por una «ley marco» o de
cabecera. Esta ley incorpora los caracteres básicos de los distintos mercados financieros
y sus agentes, establece sus obligaciones esenciales de conducta e información para
garantizar la protección de la clientela financiera, y atribuye a la Comisión Nacional del
Mercado de Valores (en adelante, CNMV) la misión de supervisar dichos mercados en
beneficio de la transparencia, la correcta formación de los precios y la protección de los
inversores.
En este sentido, la normativa marco reguladora de los mercados de valores se ha
visto transformada en las últimas décadas por dos fenómenos: el incremento de las
normas reglamentarias que la desarrollan, y la incorporación de un creciente número de
normas de derecho de la Unión Europea.
En lo que respecta al incremento de normas reglamentarias, si bien es cierto que la
Ley 24/1988, de 28 de julio, fue desarrollada ya desde sus orígenes por un elevado
número de reglamentos, no cabe duda de que el número y la extensión de dichas
normas reglamentarias ha aumentado considerablemente en las últimas décadas, debido
en gran medida a la creciente sofisticación y complejidad de los mercados de capitales.
El otro fenómeno en este ámbito ha sido el de la propia integración europea. Si bien
los mercados de capitales y de servicios financieros se unieron al proceso de integración
europea más tarde que otros mercados, como por ejemplo el de mercancías, lo cierto es
que el proceso de integración de los mercados de capitales europeos ha sido muy

cve: BOE-A-2023-7053
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Núm. 66