I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Mercados de valores y Servicios de inversión. (BOE-A-2023-7053)
Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023
Artículo 336. Publicidad de acuerdos de iniciación
sancionadores.
Artículo 337. Comunicación de sanciones a la junta general.
Título X.

Sec. I. Pág. 40719
de

procedimientos

Régimen Fiscal de las Operaciones sobre Valores.

Disposición adicional primera. Resolución alternativa de litigios en materia de
consumo.
Disposición adicional segunda. Régimen jurídico de las emisiones de las
Diputaciones Forales del País Vasco.
Disposición adicional tercera. Régimen jurídico de los derechos de emisión.
Disposición adicional cuarta. Restricciones relativas a las inversiones financieras
temporales de entidades sin ánimo de lucro.
Disposición adicional quinta. Las sociedades propietarias de entidades de
contrapartida central, depositarios centrales de valores y mercados regulados españoles.
Disposición adicional sexta. Informe anual de gobierno corporativo en entidades
cotizadas sin forma de sociedad anónima.
Disposición adicional séptima. Disposiciones específicas relativas a organismos
públicos que tengan entre sus objetivos principalmente la mejora de la economía
nacional e inviertan exclusivamente por cuenta propia.
Disposición adicional octava. De los mercados regulados existentes.
Disposición adicional novena. Desarrollo reglamentario del artículo 216 de esta ley.
Disposición transitoria primera. Cuotas participativas de las cajas de ahorros y las
cuotas participativas de asociación de la Confederación Española de Cajas de Ahorros.
Disposición transitoria segunda. Mandato de la persona titular de la presidencia, de
la persona titular de la vicepresidencia y de los consejeros y consejeras de la CNMV.
Disposición transitoria tercera. Exclusión de la negociación voluntaria de aquellas
sociedades cuyas acciones estén admitidas a negociación en un SMN.
Disposición transitoria cuarta. Eliminación de la obligación de los depositarios
centrales de valores relativa al sistema de información para la supervisión de la
negociación, compensación, liquidación y registro de valores negociables.
Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio de las empresas de
asesoramiento financiero nacionales en relación con el registro de EAFN.
Disposición transitoria sexta. Adhesión de las empresas de asesoramiento
financiero nacionales al Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN).
Disposición transitoria séptima. Comercialización a minoristas de determinados
instrumentos financieros.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición final primera. Modificación de la Ley 13/1989, de 26 de mayo, de
Cooperativas de Crédito.
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre,
sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores.
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de
Enjuiciamiento Civil.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de
Instituciones de Inversión Colectiva.
Disposición final quinta. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes
de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el
Patrimonio.

cve: BOE-A-2023-7053
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Artículo 338. Exención del Impuesto sobre el Valor Añadido y del Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Artículo 339. Obligación de comunicación a la Administración Tributaria.
Artículo 340. Exenciones fiscales.