I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-6968)
Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2023) con las Enmiendas adoptadas durante la sesión 110.ª del Grupo de trabajo de transportes de mercancías peligrosas de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65
Viernes 17 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 39306
El fabricante facilitará, según proceda:
a) la lista de normas utilizadas para el diseño y la fabricación;
b) una descripción del tipo, incluidas todas las variantes;
c) las instrucciones de acuerdo con la columna pertinente de la tabla A del capítulo 3.2 o una
lista de mercancías peligrosas que vayan a ser transportadas en el caso de los productos
específicos;
d) los planos del montaje general;
e) los planos detallados, incluidas las dimensiones empleadas para los cálculos, del producto,
los equipos de servicio, los elementos estructurales, las marcas y las etiquetas necesarios para
comprobar la conformidad;
f) las notas, los resultados y las conclusiones de los cálculos;
g) la lista de los equipos de servicio con los datos técnicos correspondientes y la información
sobre los dispositivos de seguridad, incluido el cálculo de la capacidad de descarga cuando
proceda;
h) la lista de materiales requeridos por la norma de fabricación y utilizados en cada pieza y en
sus componentes, en el revestimiento, en cada equipo de servicio y en cada elemento
estructural, así como las especificaciones de los materiales y la correspondiente declaración
de conformidad con el ADR;
i) la cualificación aprobada de los procesos de unión permanente;
j) la descripción de los procesos de tratamiento térmico; y
k) los procedimientos, las descripciones y los registros de todos los ensayos pertinentes
requeridos en las normas o en el ADR para la aprobación de tipo y la fabricación.
1.8.7.8.2
Documentación de la emisión del certificado de aprobación de tipo
El fabricante facilitará, según proceda:
a) la lista de normas utilizadas para el diseño y la fabricación;
b) una descripción del tipo, incluidas todas las variantes;
c) las instrucciones de acuerdo con la columna pertinente de la tabla A del capítulo 3.2 o una
lista de mercancías peligrosas que vayan a ser transportadas en el caso de los productos
específicos;
d) los planos del montaje general;
e) la lista de los materiales que están en contacto con las mercancías peligrosas;
f) la lista de los equipos de servicio;
g) el informe del examen de tipo; y
h) otros documentos mencionados en 1.8.7.8.1, a petición de la autoridad competente o el
organismo de control.
1.8.7.8.3
Documentación de la supervisión de la fabricación
El fabricante facilitará, según proceda:
1.8.7.8.4
los documentos enumerados en 1.8.7.8.1 y 1.8.7.8.2;
una copia del certificado de aprobación de tipo;
los procedimientos de fabricación, incluidos los procedimientos de los ensayos;
los registros de fabricación;
las cualificaciones aprobadas de los operadores de uniones permanentes;
las cualificaciones aprobadas de los operadores de ensayos no destructivos;
los informes de los ensayos destructivos y no destructivos;
los registros de los tratamientos térmicos; y
los registros de calibración.
Documentación de la inspección y los ensayos iniciales y de la verificación de entrada en servicio
El fabricante, en el caso de la inspección y los ensayos iniciales, y el propietario o el explotador,
en el caso de la verificación de la entrada en servicio, facilitarán, según proceda:
a)
los documentos enumerados en 1.8.7.8.1, 1.8.7.8.2 y 1.8.7.8.3;
cve: BOE-A-2023-6968
Verificable en https://www.boe.es
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
Núm. 65
Viernes 17 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 39306
El fabricante facilitará, según proceda:
a) la lista de normas utilizadas para el diseño y la fabricación;
b) una descripción del tipo, incluidas todas las variantes;
c) las instrucciones de acuerdo con la columna pertinente de la tabla A del capítulo 3.2 o una
lista de mercancías peligrosas que vayan a ser transportadas en el caso de los productos
específicos;
d) los planos del montaje general;
e) los planos detallados, incluidas las dimensiones empleadas para los cálculos, del producto,
los equipos de servicio, los elementos estructurales, las marcas y las etiquetas necesarios para
comprobar la conformidad;
f) las notas, los resultados y las conclusiones de los cálculos;
g) la lista de los equipos de servicio con los datos técnicos correspondientes y la información
sobre los dispositivos de seguridad, incluido el cálculo de la capacidad de descarga cuando
proceda;
h) la lista de materiales requeridos por la norma de fabricación y utilizados en cada pieza y en
sus componentes, en el revestimiento, en cada equipo de servicio y en cada elemento
estructural, así como las especificaciones de los materiales y la correspondiente declaración
de conformidad con el ADR;
i) la cualificación aprobada de los procesos de unión permanente;
j) la descripción de los procesos de tratamiento térmico; y
k) los procedimientos, las descripciones y los registros de todos los ensayos pertinentes
requeridos en las normas o en el ADR para la aprobación de tipo y la fabricación.
1.8.7.8.2
Documentación de la emisión del certificado de aprobación de tipo
El fabricante facilitará, según proceda:
a) la lista de normas utilizadas para el diseño y la fabricación;
b) una descripción del tipo, incluidas todas las variantes;
c) las instrucciones de acuerdo con la columna pertinente de la tabla A del capítulo 3.2 o una
lista de mercancías peligrosas que vayan a ser transportadas en el caso de los productos
específicos;
d) los planos del montaje general;
e) la lista de los materiales que están en contacto con las mercancías peligrosas;
f) la lista de los equipos de servicio;
g) el informe del examen de tipo; y
h) otros documentos mencionados en 1.8.7.8.1, a petición de la autoridad competente o el
organismo de control.
1.8.7.8.3
Documentación de la supervisión de la fabricación
El fabricante facilitará, según proceda:
1.8.7.8.4
los documentos enumerados en 1.8.7.8.1 y 1.8.7.8.2;
una copia del certificado de aprobación de tipo;
los procedimientos de fabricación, incluidos los procedimientos de los ensayos;
los registros de fabricación;
las cualificaciones aprobadas de los operadores de uniones permanentes;
las cualificaciones aprobadas de los operadores de ensayos no destructivos;
los informes de los ensayos destructivos y no destructivos;
los registros de los tratamientos térmicos; y
los registros de calibración.
Documentación de la inspección y los ensayos iniciales y de la verificación de entrada en servicio
El fabricante, en el caso de la inspección y los ensayos iniciales, y el propietario o el explotador,
en el caso de la verificación de la entrada en servicio, facilitarán, según proceda:
a)
los documentos enumerados en 1.8.7.8.1, 1.8.7.8.2 y 1.8.7.8.3;
cve: BOE-A-2023-6968
Verificable en https://www.boe.es
a)
b)
c)
d)
e)
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g)
h)
i)