I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-6968)
Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2023) con las Enmiendas adoptadas durante la sesión 110.ª del Grupo de trabajo de transportes de mercancías peligrosas de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Viernes 17 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 39245

"Gran recipiente para granel" (GRG/IBC), un embalaje transportable rígido o flexible distinto de los
que se especifican en el capítulo 6.1
a)

con una capacidad:
i)
ii)

b)
c)

que no supere los 3 m³, para las materias sólidas y líquidas de los grupos de embalaje II y III;
que no supere 1,5 m³, para las materias sólidas del grupo de embalaje I envasadas en GRG/IBC
flexibles, de plástico rígido, compuestos, de cartón o madera;
iii) que no supere los 3 m³, para las materias sólidas del grupo de embalaje I embaladas en
GRG/IBC metálicos;
iv) de como máximo 3 m3 para las materias radiactivas;
concebido para una manipulación mecánica;
que pueda resistir los esfuerzos que se producen durante la manipulación y el transporte, lo que
será confirmado por las pruebas especificadas en el capítulo 6.5;

NOTA 1: Las cisternas portátiles o contenedores cisterna que cumplen las disposiciones de los
capítulos 6.7 o 6.8 respectivamente, no son consideradas como grandes recipientes para mercancías a
granel (GRG/IBC).
NOTA 2: Los grandes recipientes para mercancías a granel (GRG/IBC) que cumplen las disposiciones
del capítulo 6.5 no son considerados como contenedores en el sentido indicado en el ADR.
"GRG/IBC compuesto con recipiente interior de plástico", un GRG/IBC formado por elementos de
estructura en forma de envoltura exterior rígida rodeando un recipiente interior en material plástico,
incluyendo todo equipo de servicio o cualquier otro equipo de estructura. Está confeccionado de tal
forma que, una vez ensamblados, la envoltura exterior y el recipiente interior constituyen un todo
inseparable que es utilizado como tal en las operaciones de llenado, de almacenamiento, de transporte o
de vaciado;
NOTA: El término "material plástico", cuando es utilizado haciendo referencia a los GRG/IBC
compuestos en relación con los recipientes interiores, designa también otros materiales polimerizados
como el caucho.
"GRG/IBC de cartón", un GRG/IBC compuesto de un cuerpo de cartón con o sin cobertura superior e
inferior independiente, con un forro en caso necesario (pero sin recipiente interior), y el equipo de
servicio y estructura apropiados;
"GRG/IBC flexible", un GRG/IBC compuesto de un cuerpo formado de lámina, tejido o cualquier otra
materia flexible o incluso de combinaciones de materiales de este tipo y, en caso de que sea necesario,
de un revestimiento interno o de un forro, provisto de los equipos de servicio y los dispositivos de
manipulación apropiados;
"GRG/IBC de madera", un GRG/IBC compuesto de un cuerpo de madera, rígido o plegable, con un forro
(pero sin recipiente interior) y del equipo de servicio y estructura apropiados;
"GRG/IBC metálico", un GRG/IBC compuesto de un cuerpo metálico y del equipo de servicio y del
equipo de estructura apropiados;

"GRG/IBC protegido" (para los GRG/IBC metálicos), un GRG/IBC provisto de una protección
suplementaria contra los choques. Esta protección puede adoptar, por ejemplo, la forma de una pared
multicapas (construcción "sándwich") o de una doble pared, o de un bastidor con recubrimiento de
enrejado metálico;
“GRG/IBC reconstruido”, un GRG/IBC metálico, un GRG/IBC de plástico rígido o un GRG/IBC
compuesto:
a)

obtenido de la producción de un tipo conforme ONU, a partir de un tipo no conforme; o

b)

obtenido de la transformación de un tipo conforme ONU en otro tipo conforme.

cve: BOE-A-2023-6968
Verificable en https://www.boe.es

"GRG/IBC de plástico rígido", un GRG/IBC compuesto de un cuerpo de plástico rígido, que puede
llevar una estructura y está dotado de un equipo de servicio apropiado;