I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-6968)
Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2023) con las Enmiendas adoptadas durante la sesión 110.ª del Grupo de trabajo de transportes de mercancías peligrosas de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65
Viernes 17 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 39244
G
"Gas", una materia que:
a)
b)
a 50 ºC ejerce una tensión de vapor superior a 300 kPa (3 bar); o
es totalmente gaseosa a 20 ºC a la presión normal de 101,3 kPa.
“Gas licuado de petróleo (GLP)”, un gas licuado a baja presión que contiene uno o más hidrocarburos
ligeros que se asignan a los Nos. ONU 1011; 1075; 1965; 1969 o 1978 solamente y se compone
principalmente de propano, propeno, butano, isómeros del butano, buteno con trazas de otros gases de
hidrocarburos;
NOTA 1: Los gases inflamables utilizados para otros Nos. ONU no se consideran GLP.
NOTA 2: Para el N.º ONU 1075, véase la nota 2 del 2F, N.º ONU 1965 en la tabla para los gases
licuados del 2.2.2.3.
“Gas natural comprimido (GNC)”, un gas comprimido compuesto de gas natural con alta proporción
de metano asignado al N.º ONU 1971;
“Gas natural licuado (GNL)”, un gas, en estado líquido por refrigeración, compuesto de gas natural con
alta proporción de metano asignado al N.º ONU 1972;
“GHS (SGA)”, Sistema Globalmente Armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos
(SGA), novena edición revisada de la publicación de las Naciones Unidas con dicho título
(ST/SG/AC.10/30/Rev.9);
“Grado de llenado”, la relación entre la masa de gas y la masa de agua a 15 ºC que llenaría
completamente un recipiente a presión listo para su uso;
"Gran contenedor”, véase "Contenedor",
"Gran embalaje", un embalaje que consiste en un embalaje exterior que contiene objetos o
embalajes/envases interiores y que
a) está diseñado para una manipulación mecánica;
b) tiene una masa neta superior a 400 kg. o una capacidad superior a 450 litros, pero cuyo volumen
no supera los 3 m3;
"Gran embalaje de socorro", un embalaje especial que:
a) está diseñado para su manipulación mecánica; y
b) excede de 400 kg de masa neta o de 450 litros de capacidad, pero cuyo volumen no supera los 3
m³;
en el que los bultos de mercancías peligrosas dañados, defectuosos, que presenten fugas o no
conformes, o de mercancías peligrosas que se hayan vertido o derramado, se colocan para efectuar un
transporte para su recuperación o eliminación;
“Gran embalaje reconstruido” un gran embalaje metálico o un gran embalaje de plástico rígido:
“Gran embalaje reutilizado”, un gran embalaje destinado a ser rellenado, que previo examen, haya sido
declarado exento de defectos que puedan afectar a su actitud para superar las pruebas funcionales, el
término incluye en particular aquellos que se vuelven a llenar con mercancías idénticas o similares y
compatibles, y que se transportan dentro de cadenas de distribución que dependan del expedidor del
producto;
cve: BOE-A-2023-6968
Verificable en https://www.boe.es
a) obtenido de la producción de un tipo ONU a partir de un tipo no conforme; o
b) obtenido de la transformación de un tipo conforme ONU en otro tipo conforme;
Los grandes embalajes reconstruidos están sujetos a las mismas disposiciones del ADR que un gran
embalaje nuevo del mismo tipo (véase también la definición del tipo de diseño en el 6.6.5.1.2);
Núm. 65
Viernes 17 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 39244
G
"Gas", una materia que:
a)
b)
a 50 ºC ejerce una tensión de vapor superior a 300 kPa (3 bar); o
es totalmente gaseosa a 20 ºC a la presión normal de 101,3 kPa.
“Gas licuado de petróleo (GLP)”, un gas licuado a baja presión que contiene uno o más hidrocarburos
ligeros que se asignan a los Nos. ONU 1011; 1075; 1965; 1969 o 1978 solamente y se compone
principalmente de propano, propeno, butano, isómeros del butano, buteno con trazas de otros gases de
hidrocarburos;
NOTA 1: Los gases inflamables utilizados para otros Nos. ONU no se consideran GLP.
NOTA 2: Para el N.º ONU 1075, véase la nota 2 del 2F, N.º ONU 1965 en la tabla para los gases
licuados del 2.2.2.3.
“Gas natural comprimido (GNC)”, un gas comprimido compuesto de gas natural con alta proporción
de metano asignado al N.º ONU 1971;
“Gas natural licuado (GNL)”, un gas, en estado líquido por refrigeración, compuesto de gas natural con
alta proporción de metano asignado al N.º ONU 1972;
“GHS (SGA)”, Sistema Globalmente Armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos
(SGA), novena edición revisada de la publicación de las Naciones Unidas con dicho título
(ST/SG/AC.10/30/Rev.9);
“Grado de llenado”, la relación entre la masa de gas y la masa de agua a 15 ºC que llenaría
completamente un recipiente a presión listo para su uso;
"Gran contenedor”, véase "Contenedor",
"Gran embalaje", un embalaje que consiste en un embalaje exterior que contiene objetos o
embalajes/envases interiores y que
a) está diseñado para una manipulación mecánica;
b) tiene una masa neta superior a 400 kg. o una capacidad superior a 450 litros, pero cuyo volumen
no supera los 3 m3;
"Gran embalaje de socorro", un embalaje especial que:
a) está diseñado para su manipulación mecánica; y
b) excede de 400 kg de masa neta o de 450 litros de capacidad, pero cuyo volumen no supera los 3
m³;
en el que los bultos de mercancías peligrosas dañados, defectuosos, que presenten fugas o no
conformes, o de mercancías peligrosas que se hayan vertido o derramado, se colocan para efectuar un
transporte para su recuperación o eliminación;
“Gran embalaje reconstruido” un gran embalaje metálico o un gran embalaje de plástico rígido:
“Gran embalaje reutilizado”, un gran embalaje destinado a ser rellenado, que previo examen, haya sido
declarado exento de defectos que puedan afectar a su actitud para superar las pruebas funcionales, el
término incluye en particular aquellos que se vuelven a llenar con mercancías idénticas o similares y
compatibles, y que se transportan dentro de cadenas de distribución que dependan del expedidor del
producto;
cve: BOE-A-2023-6968
Verificable en https://www.boe.es
a) obtenido de la producción de un tipo ONU a partir de un tipo no conforme; o
b) obtenido de la transformación de un tipo conforme ONU en otro tipo conforme;
Los grandes embalajes reconstruidos están sujetos a las mismas disposiciones del ADR que un gran
embalaje nuevo del mismo tipo (véase también la definición del tipo de diseño en el 6.6.5.1.2);