I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-6968)
Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2023) con las Enmiendas adoptadas durante la sesión 110.ª del Grupo de trabajo de transportes de mercancías peligrosas de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65
Viernes 17 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 39243
"Envase metálico ligero", envase de sección circular, elíptica, rectangular o poligonal (así como cónica),
y envases de tapa cónica o recipientes en forma de balde, de metal (por ejemplo, de hojalata), y que tiene
un espesor de paredes inferior a 0,5 mm, con el fondo plano o abombado, provisto de uno o varios
orificios, y que no responde a las definiciones que se dan para los bidones y los jerricanes;
"Envío", uno o más bultos, o un cargamento de mercancías peligrosas presentadas al transporte por un
expedidor;
"Envolvente de un recipiente a presión", una botella, un tubo, un bidón a presión o un recipiente a
presión de socorro sin incluir sus cierres u otros equipos de servicio, pero sí cualquier dispositivo
acoplado no desmontable (por ejemplo, un collarín, una abrazadera de pie, etc.);
NOTA: También se utilizan los términos "envolvente de una botella", "envolvente de un bidón a
presión" y "envolvente de un tubo".
"Epígrafe colectivo", grupo definido de materias u objetos (véase 2.1.1.2, B, C y D);
"Epígrafe n.e.p. (no especificado en otra parte)", epígrafe colectivo en el cual podrán ser incluidas
materias, mezclas, disoluciones u objetos que
a)
b)
no estén expresamente mencionados en la tabla A del Capítulo 3.2, y
tengan propiedades químicas, físicas o peligrosas que correspondan a la clase, al código de
clasificación, al grupo de embalaje y al nombre y a la descripción del epígrafe n.e.p.;
"Equipo de estructura"
a)
b)
c)
d)
de la cisterna de un vehículo cisterna o de una cisterna desmontable, los elementos de fijación, de
reforzamiento, de protección o de estabilización que son exteriores o interiores al depósito;
de la cisterna de un contenedor cisterna, los elementos de reforzamiento, de fijación, de protección
o de estabilidad que sean exteriores o interiores al depósito;
de los elementos de un vehículo batería o de un CGEM, los elementos de reforzamiento, de fijación,
de protección o de estabilidad que sean exteriores o interiores al depósito o al recipiente;
de un GRG/IBC, distintos de los GRG/IBC flexibles, los elementos de reforzamiento, de fijación, de
manipulación, de protección o de estabilidad del cuerpo (comprendido el palet de asiento para los
GRG/IBC compuestos con recipiente interior de plástico);
NOTA: Para las cisternas portátiles, véase capítulo 6.7.
"Equipo de servicio"
a)
b)
c)
d)
de la cisterna, los dispositivos de llenado, de descarga, de respiración, de seguridad, de calefacción
y de aislamiento térmico, los dispositivos de aditivos y los aparatos de medida;
de los elementos de un vehículo batería o de un CGEM, los dispositivos de llenado y de descarga,
incluida la tubería colectora, los dispositivos de seguridad, así como los aparatos de medida;
de un GRG/IBC, los dispositivos de llenado y de vaciado y, cuando proceda, los dispositivos de
descompresión o de aireación, dispositivos de seguridad, de calefacción y de aislamiento térmico,
así como los aparatos de medida;
de un recipiente a presión, los cierres, los colectores, los conductos, el material poroso, absorbente
o adsorbente, y cualquier dispositivo estructural, por ejemplo, para su manipulación;
"Expedidor", la empresa que expide para ella misma o para un tercero mercancías peligrosas. Cuando
el transporte es efectuado en base a un contrato de transporte, el expedidor según el contrato es
considerado como el expedidor;
"Explotador de un contenedor cisterna o de una cisterna portátil", la empresa en nombre de la cual se
explota el contenedor cisterna o la cisterna portátil;
cve: BOE-A-2023-6968
Verificable en https://www.boe.es
"Evaluación de la conformidad” se refiere al proceso de verificar la conformidad de un producto según
lo previsto en las secciones 1.8.6 y 1.8.7 relativas al examen de tipo, la supervisión de fabricación, la
inspección y pruebas iniciales;
Núm. 65
Viernes 17 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 39243
"Envase metálico ligero", envase de sección circular, elíptica, rectangular o poligonal (así como cónica),
y envases de tapa cónica o recipientes en forma de balde, de metal (por ejemplo, de hojalata), y que tiene
un espesor de paredes inferior a 0,5 mm, con el fondo plano o abombado, provisto de uno o varios
orificios, y que no responde a las definiciones que se dan para los bidones y los jerricanes;
"Envío", uno o más bultos, o un cargamento de mercancías peligrosas presentadas al transporte por un
expedidor;
"Envolvente de un recipiente a presión", una botella, un tubo, un bidón a presión o un recipiente a
presión de socorro sin incluir sus cierres u otros equipos de servicio, pero sí cualquier dispositivo
acoplado no desmontable (por ejemplo, un collarín, una abrazadera de pie, etc.);
NOTA: También se utilizan los términos "envolvente de una botella", "envolvente de un bidón a
presión" y "envolvente de un tubo".
"Epígrafe colectivo", grupo definido de materias u objetos (véase 2.1.1.2, B, C y D);
"Epígrafe n.e.p. (no especificado en otra parte)", epígrafe colectivo en el cual podrán ser incluidas
materias, mezclas, disoluciones u objetos que
a)
b)
no estén expresamente mencionados en la tabla A del Capítulo 3.2, y
tengan propiedades químicas, físicas o peligrosas que correspondan a la clase, al código de
clasificación, al grupo de embalaje y al nombre y a la descripción del epígrafe n.e.p.;
"Equipo de estructura"
a)
b)
c)
d)
de la cisterna de un vehículo cisterna o de una cisterna desmontable, los elementos de fijación, de
reforzamiento, de protección o de estabilización que son exteriores o interiores al depósito;
de la cisterna de un contenedor cisterna, los elementos de reforzamiento, de fijación, de protección
o de estabilidad que sean exteriores o interiores al depósito;
de los elementos de un vehículo batería o de un CGEM, los elementos de reforzamiento, de fijación,
de protección o de estabilidad que sean exteriores o interiores al depósito o al recipiente;
de un GRG/IBC, distintos de los GRG/IBC flexibles, los elementos de reforzamiento, de fijación, de
manipulación, de protección o de estabilidad del cuerpo (comprendido el palet de asiento para los
GRG/IBC compuestos con recipiente interior de plástico);
NOTA: Para las cisternas portátiles, véase capítulo 6.7.
"Equipo de servicio"
a)
b)
c)
d)
de la cisterna, los dispositivos de llenado, de descarga, de respiración, de seguridad, de calefacción
y de aislamiento térmico, los dispositivos de aditivos y los aparatos de medida;
de los elementos de un vehículo batería o de un CGEM, los dispositivos de llenado y de descarga,
incluida la tubería colectora, los dispositivos de seguridad, así como los aparatos de medida;
de un GRG/IBC, los dispositivos de llenado y de vaciado y, cuando proceda, los dispositivos de
descompresión o de aireación, dispositivos de seguridad, de calefacción y de aislamiento térmico,
así como los aparatos de medida;
de un recipiente a presión, los cierres, los colectores, los conductos, el material poroso, absorbente
o adsorbente, y cualquier dispositivo estructural, por ejemplo, para su manipulación;
"Expedidor", la empresa que expide para ella misma o para un tercero mercancías peligrosas. Cuando
el transporte es efectuado en base a un contrato de transporte, el expedidor según el contrato es
considerado como el expedidor;
"Explotador de un contenedor cisterna o de una cisterna portátil", la empresa en nombre de la cual se
explota el contenedor cisterna o la cisterna portátil;
cve: BOE-A-2023-6968
Verificable en https://www.boe.es
"Evaluación de la conformidad” se refiere al proceso de verificar la conformidad de un producto según
lo previsto en las secciones 1.8.6 y 1.8.7 relativas al examen de tipo, la supervisión de fabricación, la
inspección y pruebas iniciales;