III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-7045)
Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Cultura y Deporte, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de El Burgo de Osma-Ciudad de Osma, por el que se encomienda la gestión de actividades relacionadas con el acceso al público, realización de otras actuaciones, vigilancia, control, mantenimiento básico y promoción del Castillo de Osma.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Viernes 17 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 40624

ordenación urbanística, como de ejecución de obras de mejora, siempre y cuando
solicite los permisos oportunos a los órganos de protección del patrimonio cultural e
histórico competentes por razón de materia y/o territorio e informe al Ministerio, como
representante de la propiedad del inmueble.
4. Cuando la actividad a desarrollar se trate de iluminación ornamental para la
celebración de alguna actividad externa o conmemoración de fechas señaladas
relacionadas o no con el monumento, independientemente de quien realice la actividad, el
Ayuntamiento podrá autorizar y supervisar los trabajos necesarios para este fin, siempre
previa comunicación al Ministerio. El coste tanto de los trabajos necesarios como de la
energía consumida para la iluminación, correrá a cargo del organizador de la actividad.
5. En caso de que el Ministerio realice o autorice alguna actividad o actuación, con
el fin de no solapar con las organizadas o autorizadas por el Ayuntamiento, se le
comunicará a este último por el cauce establecido con la antelación suficiente para poder
ajustar fechas u horarios con el fin de no suspender actividad alguna, ya que esto iría en
detrimento de la promoción del Castillo.
6. El Ayuntamiento deberá presentar al Ministerio, al finalizar cada ejercicio, una
breve memoria en la que queden recogidas las actividades realizadas.
7. En el caso de que el Ministerio promueva o realice actuaciones de excavación,
consolidación o restauración de las estructuras defensivas de los recintos exteriores del
Castillo, bien directamente o a través de medios propios de la AGE, las actividades de
promoción turístico cultural en el recinto superior podrán ser limitadas o anuladas
temporalmente para evitar riesgos o interferencias con los trabajos desarrollados,
informándose al Ayuntamiento de esta circunstancia con una antelación de tres meses.
4.

Actividades de promoción del Castillo y patronazgo.

El Ministerio y el Ayuntamiento realizaran de forma conjunta o separada, pero con la
correspondiente coordinación, todas aquellas actividades de promoción del Castillo
conducentes a una mejora del estado de sus instalaciones, así como de difusión de sus
valores entre los ciudadanos.
Para ello, el Ayuntamiento en base a esta encomienda podrá promocionar entre las
demás Administraciones Públicas y Entidades Públicas y Privadas los valores
patrimoniales y culturales del Castillo, así como fomentar los patrocinios destinados,
tanto a mejorar el conocimiento y difusión entre los ciudadanos de su importancia
histórica y artística, como a invertir en proyectos de restauración y embellecimiento de
sus edificaciones o entorno, siempre con la autorización técnica oportuna del Ministerio a
través de la DGPCBA o de la Gerencia, en su caso.
Seguimiento del convenio y facultad de inspección.

El seguimiento y adecuada ejecución de este convenio y la gestión de las posibles
autorizaciones temporales especiales sobre el uso del bien afectado y el ejercicio de las
facultades de inspección general del estado del Castillo, se realizará por parte del
Ministerio a través de la DGPCBA, sin detrimento de la posible intervención de la
Gerencia como responsable de la gestión patrimonial del inmueble, cuando así se lo
requiera la DGPCBA.
Para ello, la DGPCBA designará a los técnicos de supervisión y control del inmueble,
que mantendrán contacto con los responsables por parte del Ayuntamiento a través de
las vías de comunicación que se consideren más efectivas, trasladarán las necesidades
oportunas a los responsables de las unidades administrativas competentes en materia
de preservación del patrimonio histórico cultural de otras administraciones públicas y
ordenarán todas las posibles intervenciones.
Asimismo, el Ministerio, a través de la Gerencia o de la DGPCBA informará al
Ayuntamiento sobre la posibilidad de presentación de solicitudes de participación en
convocatorias de subvenciones o apoyos para ayudar a sufragar los gastos corrientes o
actividades convocadas por el correspondiente Ministerio.

cve: BOE-A-2023-7045
Verificable en https://www.boe.es

5.