II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Personal laboral. (BOE-A-2023-6984)
Orden JUS/259/2023, de 1 de marzo, por la que se convoca, en el marco de la estabilización de empleo temporal, proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M3, M2, M1, G1, G2 y G3 sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, por el sistema de concurso derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 40429

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación,
de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contenciosoadministrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto el artículo 9.1.a) de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 1 de marzo de 2023.–La Ministra de Justicia, P. D. (Orden JUS/987/2020,
de 20 de octubre), el Secretario General para la Innovación y la Calidad del Servicio
Público de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo para acceder a las plazas descritas en los anexos II y III se
llevará a cabo mediante el procedimiento de concurso de valoración de méritos.
1.

Fase de concurso

Se valorarán hasta un máximo de 100 puntos los siguientes méritos, que deberán
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1. Méritos profesionales: la puntuación máxima será de 60 puntos, de acuerdo con
la siguiente puntuación:
a) Servicios efectivos prestados como personal laboral en la Administración
General del Estado en la especialidad a la que opta y con las funciones que le son
propias a dicha especialidad recogidas en el anexo VII, y con la misma clasificación
profesional del Convenio único para el personal laboral de la AGE: 0,50 puntos por mes
completo, hasta un máximo de 60 puntos.
b) Servicios efectivos prestados como personal laboral en la Administración
General del Estado con la misma clasificación profesional del Convenio único para el
personal laboral de la AGE y distinta especialidad: 0,35 puntos por mes completo, hasta
un máximo de 40 puntos.
c) Servicios efectivos prestados como personal laboral en la Administración
General del Estado, con distinta clasificación profesional del Convenio único de personal
laboral de la AGE de la plaza a la que se opta: 0,275 puntos por mes completo, hasta un
máximo de 33 puntos.
d) Servicios efectivos prestados como empleado o empleada público con funciones
equivalentes en otras Administraciones Públicas, Órganos Constitucionales o
equivalentes de las Comunidades Autónomas, Administraciones Públicas de los Estados
miembros de la Unión Europea, en la Administración Pública de los Estados a los que en
virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores: 0,25 puntos por mes
completo, hasta un máximo de 30 puntos.
Forma de acreditación: Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de
personal correspondiente.
Los servicios efectivos prestados en jornadas de carácter parcial o inferiores a la
completa, se computarán de forma proporcional.

cve: BOE-A-2023-6984
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Núm. 65