III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2023-6947)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Asociación Puntogal, para el intercambio de datos relativos a los dominios ".es" en Galicia y ".gal" en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Jueves 16 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 39075

CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones que
regirán el intercambio de datos e información entre las partes, para realizar el estudio de
la penetración del idioma gallego en los dominios registrados «.es», así como para
conocer la disposición de los dominios con indicativo «.gal» en España.
En lo relativo a la finalidad de dicha cesión de datos, la Asociación Puntogal necesita
disponer de los dominios registrados «.es» en Galicia para realizar el estudio. Dichos
datos serán tratados de forma agregada sin que puedan ser utilizados para ningún otro
tipo de finalidad distinta a la referida.
En cuanto a Red.es, esta entidad está interesada en disponer tanto del estudio
anteriormente referido, así como del listado de los dominios «.gal» en España y el
informe de penetración del Idioma gallego. Dicho dato tan solo será empleado para
estudios relativos al indicativo «.es» dentro del ámbito de las competencias que ostenta
la entidad.
Segunda.

Actuaciones.

Las actuaciones del presente convenio (en adelante, las actuaciones) se enmarcarán
dentro de los siguientes ámbitos:
– Red.es facilitara los datos de detalle relativos a los dominios «.es» en Galicia a la
Asociación Puntogal para que esta pueda realizar el estudio objeto del
presente convenio.
– Asociación Puntogal realizará el estudio y posterior informe de penetración del
idioma gallego en internet, y facilitará a su vez el listado de dominios «.gal» registrados
en España.
Tercera. Obligaciones de las partes.
1.

Obligaciones de Red.es:

– Facilitar a la Asociación Puntogal, por medios seguros, el listado de los nombres
de dominios «.es» registrados en Galicia, en formato *.txt o *.csv con carácter mensual.
2.

Obligaciones de la Asociación Puntogal:

– Realizar el estudio de la penetración del gallego en los dominios «.es».
– El resultado del estudio realizado, se pondrán a disposición de Red.es en el plazo
máximo de un (1) mes desde el día de su finalización.
– Emplear los datos obtenidos en el marco de este proyecto de investigación,
únicamente como información estadística básica y conforme a las obligaciones
contraídas en cuanto a su finalidad en el marco del presente convenio.
– Facilitar a Red.es, por medios seguros, el listado de los dominios «.gal» en España
por provincia con carácter mensual en formato *.txt o *.csv.
Financiación.

El presente convenio no origina obligaciones financieras específicas para ninguna de
las partes. Las actuaciones derivadas del mismo serán sufragadas dentro de los gastos
ordinarios de actividad de cada una de ellas. No obstante, lo anterior, de acuerdo con el
artículo 49.d) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ambas partes presentan una
estimación anualizada de sus obligaciones y compromisos económicos para alcanzar los
objetivos del presente convenio.

cve: BOE-A-2023-6947
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.