III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2023-6947)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Asociación Puntogal, para el intercambio de datos relativos a los dominios ".es" en Galicia y ".gal" en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Jueves 16 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 39074

la disposición adicional decimosexta de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de
Telecomunicaciones.
Sus funciones aparecen legalmente atribuidas en la disposición adicional
decimosexta de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, que en su
apartado 3.a) establece que corresponde a la Entidad Pública Empresarial Red.es la
gestión del registro de los nombres y direcciones de dominio de internet bajo el código
de país correspondiente a España (.es), de acuerdo con la política de registros que se
determine por el Ministerio de adscripción (actualmente, Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital). Dicha política de registros está constituida en la
actualidad por el Plan Nacional de Nombres de Dominio bajo el código de país
correspondiente a España, aprobado por la Orden ITC/1542/2005, de 19 de mayo, y por
las normas de procedimiento que dicte el Presidente de Red.es, en virtud de la
disposición adicional octava de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social.
Segundo.
Asociación Puntogal es una organización sin ánimo de lucro, establecida en Galicia
cuyo objeto gestión de los nombres de dominio de nivel superior bajo el indicativo «.gal».
La Asociación Puntogal tiene previsto poner en marcha, durante el año 2022, un
Observatorio de internet en Galicia, en el que se realizará de manera anual un análisis
de la situación de la red en Galicia.
El estudio se basará fundamentalmente en la medición de la situación del dominio
«.gal»; la situación de internet en Galicia incluyendo el número de dominios registrados
por los principales TLDs (Top Level Domains) y su tendencia; y la situación del gallego
en internet, revisando la presencia del idioma tanto en los «.gal» como en el resto de los
de los TLDs.
Los resultados del informe serán públicos en su totalidad, dándose a conocer a
través de una web específica que será puesta en marcha por Puntogal.
En el caso de los dominios gTLDs (Generic Top Level Domain tales como «.com»,
«.net», etc.), será posible medir la presencia del gallego recorriendo los dominios
registrados en Galicia con un crawler (web crawler o bot que permite realizar búsquedas
en internet con el objeto de indexar la información deseada) desarrollado al efecto. En el
caso de los ccTLDs (Country Code Top Level Domain) también puede medirse la
presencia del gallego puesto que puede realizarse la medición llegando a acuerdos de
colaboración con los registros concretos o porque los datos requeridos para realizar la
indexación son públicos.
Tercero.
En el caso del ccTLDs «.es», la medición de dicho indicativo constituye un problema,
puesto que el dato concreto de nombres de dominio «.es» por provincia no es público en
la actualidad, y es por ello que la Asociación Puntogal querría disponer de dicho dato con
objeto de realizar el estudio relativo a la presencia del gallego en internet en aquellos
dominios «.es» registrados en Galicia.

Red.es, estaría interesada en disponer del estudio elaborado por la Asociación
Puntogal para conocer la penetración del idioma gallego en los dominios «.es», así como
disponer del listado de dominios «.gal» por provincia en España.
Que, a tal efecto Red.es y Asociación Puntogal suscriben el presente convenio con
arreglo a las siguientes

cve: BOE-A-2023-6947
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.