I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2023-6733)
Real Decreto 174/2023, de 14 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a centros de innovación digital dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (PADIH), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Miércoles 15 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 37943

e) Documentación de cada uno de los miembros del EDIH que tiene la condición de
beneficiario aportada según modelo disponible en la sede electrónica, modelo que
recogerá al menos la siguiente información:
1.º NIF, razón social y domicilio fiscal.
2.º Relación de ayudas solicitadas o percibidas por parte de otras Administraciones
o entidades para la misma finalidad y objeto, tanto en el momento de la presentación de
la solicitud como durante la tramitación del procedimiento.
3.º Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de
conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, conforme al modelo establecido en el
anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
4.º Las siguientes declaraciones responsables:
i) No incurrir en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2, excepto
en el caso de las obligaciones recogidas en la letra e), que se acreditarán conforme a lo
previsto en el punto 6.º, y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
ii) No tener deudas por reintegro de ayudas, préstamos o anticipos con la
Administración, ni está sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión
previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con
el mercado común.
iii) No tener la consideración de empresa en crisis conforme a los artículos 1.4.c)
y 2.18 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
iv) Ausencia de conflicto de interés.
5.º

Los siguientes compromisos en la ejecución de la actividad subvencionada:

i) Conceder los derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión
Europea, a Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas
Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus
competencias.
ii) Cumplir con de los principios transversales establecidos en el Plan de
Recuperación y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, conforme al modelo
establecido en el Anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
iii) «No causar perjuicio significativo», de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento
(UE) núm. 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020.
iv) Cumplir con el resto de las condiciones para el acceso a la ayuda.

4. Tanto la solicitud como todos los documentos que la acompañen deberán estar
en castellano. Excepcionalmente se admitirán documentos en inglés cuando hayan sido
emitidos por la Comisión Europea.
5. La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de lo estipulado en este
real decreto y la declaración de la veracidad de toda la información que se presente.
6. El órgano instructor comprobará la concurrencia de los requisitos y documentos
requeridos para recibir las subvenciones.

cve: BOE-A-2023-6733
Verificable en https://www.boe.es

6.º Autorización para que el órgano concedente obtenga de forma directa la
acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
En caso de que no proporcione dicha autorización, deberá acreditar estas circunstancias
a través de los correspondientes certificados electrónicos.
7.º En caso de que desarrollen actividades económicas, acreditación de inscripción
en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria o en el censo equivalente de cada Administración Tributaria
Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de
solicitud.