I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2023-6733)
Real Decreto 174/2023, de 14 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a centros de innovación digital dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (PADIH), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 37942

Comercio y Turismo asociada a la Sede Electrónica de la Administración General del
Estado (en adelante, sede electrónica asociada del Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo) https://sede.serviciosmin.gob.es/. El acceso a los trámites posteriores de cada
fase del procedimiento se realizará a través también de la citada sede electrónica.
3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, carece de validez y eficacia la presentación de solicitudes y la realización de
cualquier acto efectuado a través de medios distintos al indicado en el apartado
anterior.
4. En todos los formularios electrónicos y modelos que se remitan, el declarante y
el firmante de la declaración debe ser la misma persona y tener poder suficiente para
obligar a la entidad a la que representa. En caso de que el firmante fuera persona
distinta de la que firmó la solicitud de la ayuda, se deberá aportar copia en formato PDF
(«portable document format») del poder que acredite que puede ejercer dicha
representación.
5. Se podrán utilizar herramientas como Autofirma (https://firmaelectronica.gob.es/
Home/Descargas.htm) o Valide (https://valide.redsara.es/valide/) por terceros para la
firma electrónica de los documentos que emitan a los beneficiarios y que vayan a formar
parte del expediente, tales como contratos y demás documentos que deban ser firmados
por su emisor con firma electrónica avanzada basada en un certificado cualificado. Los
documentos electrónicos a firmar deberán tener el formato PDF y los documentos
firmados deberán estar, preferentemente, en formato XAdES (XML Advanced Electronic
Signatures) o en cualquiera de los dispuestos en la Norma Técnica de Interoperabilidad
de Política de Firma y Sello Electrónicos y de Certificados de la Administración (XadES,
CadES, PadES, OOXML y ODF). El firmante del documento hará llegar al beneficiario el
documento generado al firmar.
6. Todas las notificaciones se dirigirán al representante designado por el
beneficiario, que será el responsable de recibir todas las notificaciones y
comunicaciones, mediante comparecencia en sede electrónica, según lo dispuesto en el
artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Artículo 11. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión se ajustará a lo establecido en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y en el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
2. El procedimiento de concesión se iniciará mediante solicitud del coordinador del
EDIH, según modelo disponible en la sede electrónica, que deberá presentarse en el
plazo de treinta días hábiles desde la entrada en vigor de este real decreto.
3. La solicitud deberá acompañarse de los siguientes documentos:
a) Acuerdo de Financiación suscrito con la Comisión Europea en la convocatoria
DIGITAL-2021-EDIH-01.
b) Acuerdo interno que regule la relación entre los miembros del EDIH.
c) Memoria de actividades, según modelo disponible en la sede electrónica. Esta
Memoria recogerá las actividades para las que se solicita subvención. Estas actividades
deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 5.1 y, para cada una de ellas,
debe indicarse los miembros del EDIH que la realizan.
d) Previsión de gastos, según modelo disponible en la sede electrónica. Contendrá
la estimación de gastos asociados al conjunto de las actividades para las que se solicita
subvención según la tipología de gastos subvencionables establecida en el artículo 6.3.
Esta previsión de gastos se realizará para cada uno de los miembros del EDIH.

cve: BOE-A-2023-6733
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 63