III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-6721)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo de Iberia, LAE, SA, Operadora, SU, y sus tripulantes de cabina de pasajeros.
128 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62
Martes 14 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 37777
reserva, podrán designar un máximo de tres beneficiarios, según lo establecido a
continuación:
1. Podrán incluirse como beneficiarios de esta concesión adicional los familiares
hasta el tercer grado. Se entienden como tal los padres, hijos, hermanos, nietos,
abuelos, bisabuelos, biznietos, tíos y sobrinos, incluso parentesco político tanto del titular
como de su cónyuge o pareja de hecho. Se hace extensiva esta concesión a los
cónyuges, no progenitores, del padre o la madre, tanto del titular como del cónyuge o
pareja de hecho y a las parejas de hecho de los familiares de primer y segundo grado
reconocidos por el empleado, siempre que estén reconocidas como tal por la Empresa.
2. Se concede un cupo conjunto de 6 trayectos anuales, sin reserva (Id00r2), en
clase económica, a repartir entre los beneficiarios designados conforme a lo establecido
en el punto anterior, siendo responsabilidad del empleado su control.
Estos seis trayectos de que consta el cupo anual habrán de repartirse entre los
referidos parientes, pudiendo ser disfrutados por cualquiera de ellos.
Adicionalmente, estos beneficiarios podrán disfrutar de billetes zonales en Iberia, sin
reserva de plaza (Z2), sin limitación de número, a partir de los seis meses del ingreso del
TCP en la Compañía.
3. Se admite que, cuando partiendo del lugar de destino del titular y regresando al
mismo, sea imprescindible más de un cupo para realizar el viaje, por no existir línea
directa en frecuencia semanal, los trayectos de enlace necesarios no se computarán a
efectos del cupo conjunto de seis trayectos que como máximo comprende el cupo anual,
quedando claro que esta consideración de conexión solo se considerará como tal si se
ha utilizado en el primer vuelo disponible y continuando viaje antes de las 24 horas
siguientes.
c)
UM.
En caso de que uno de los beneficiarios sea un menor de edad que no viaje
acompañado por un adulto, el titular podrá contratar el servicio de UM para el menor que
utilice uno de los billetes a los que tenga derecho como beneficiario, aplicándose lo
siguiente:
– Hasta los 12 años del menor sin coste alguno.
– A partir de 12 años- el titular tendrá derecho a un 50% de descuento sobre el
precio oficial de venta al público.
Este beneficio se aplicará en los vuelos de Iberia, no incluyendo vuelos de Iberia
Express, Level ni Air Nostrum.
d) No podrán ostentar la cualidad de beneficiarios de billetes de tarifa gratuita u
otros de descuento de empleado aquéllos que, habiendo sido trabajadores de Iberia,
hubieran extinguido su relación laboral con la misma por medio de despido disciplinario.
Normas comunes.
1. La utilización de estos trayectos será única y exclusivamente para viajes de
carácter personal, no pudiéndose hacer uso comercial ni obtener ningún tipo de beneficio
económico o lucro con los mismos.
2. A los efectos de lo recogido en este Capítulo, tendrán la misma consideración la
inscripción como pareja de hecho que la situación de convivencia marital.
Se entenderá acreditada la existencia de pareja de hecho mediante acreditación
fehaciente de inscripción en Registro de Parejas de Hecho o acreditación fehaciente de
convivencia durante 2 años.
3. Todos los billetes tarifa gratuita u otros de descuento de empleados, recogerán
en su emisión, una cantidad a tanto alzado que contemple las diferentes tasas
cve: BOE-A-2023-6721
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 138.
Núm. 62
Martes 14 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 37777
reserva, podrán designar un máximo de tres beneficiarios, según lo establecido a
continuación:
1. Podrán incluirse como beneficiarios de esta concesión adicional los familiares
hasta el tercer grado. Se entienden como tal los padres, hijos, hermanos, nietos,
abuelos, bisabuelos, biznietos, tíos y sobrinos, incluso parentesco político tanto del titular
como de su cónyuge o pareja de hecho. Se hace extensiva esta concesión a los
cónyuges, no progenitores, del padre o la madre, tanto del titular como del cónyuge o
pareja de hecho y a las parejas de hecho de los familiares de primer y segundo grado
reconocidos por el empleado, siempre que estén reconocidas como tal por la Empresa.
2. Se concede un cupo conjunto de 6 trayectos anuales, sin reserva (Id00r2), en
clase económica, a repartir entre los beneficiarios designados conforme a lo establecido
en el punto anterior, siendo responsabilidad del empleado su control.
Estos seis trayectos de que consta el cupo anual habrán de repartirse entre los
referidos parientes, pudiendo ser disfrutados por cualquiera de ellos.
Adicionalmente, estos beneficiarios podrán disfrutar de billetes zonales en Iberia, sin
reserva de plaza (Z2), sin limitación de número, a partir de los seis meses del ingreso del
TCP en la Compañía.
3. Se admite que, cuando partiendo del lugar de destino del titular y regresando al
mismo, sea imprescindible más de un cupo para realizar el viaje, por no existir línea
directa en frecuencia semanal, los trayectos de enlace necesarios no se computarán a
efectos del cupo conjunto de seis trayectos que como máximo comprende el cupo anual,
quedando claro que esta consideración de conexión solo se considerará como tal si se
ha utilizado en el primer vuelo disponible y continuando viaje antes de las 24 horas
siguientes.
c)
UM.
En caso de que uno de los beneficiarios sea un menor de edad que no viaje
acompañado por un adulto, el titular podrá contratar el servicio de UM para el menor que
utilice uno de los billetes a los que tenga derecho como beneficiario, aplicándose lo
siguiente:
– Hasta los 12 años del menor sin coste alguno.
– A partir de 12 años- el titular tendrá derecho a un 50% de descuento sobre el
precio oficial de venta al público.
Este beneficio se aplicará en los vuelos de Iberia, no incluyendo vuelos de Iberia
Express, Level ni Air Nostrum.
d) No podrán ostentar la cualidad de beneficiarios de billetes de tarifa gratuita u
otros de descuento de empleado aquéllos que, habiendo sido trabajadores de Iberia,
hubieran extinguido su relación laboral con la misma por medio de despido disciplinario.
Normas comunes.
1. La utilización de estos trayectos será única y exclusivamente para viajes de
carácter personal, no pudiéndose hacer uso comercial ni obtener ningún tipo de beneficio
económico o lucro con los mismos.
2. A los efectos de lo recogido en este Capítulo, tendrán la misma consideración la
inscripción como pareja de hecho que la situación de convivencia marital.
Se entenderá acreditada la existencia de pareja de hecho mediante acreditación
fehaciente de inscripción en Registro de Parejas de Hecho o acreditación fehaciente de
convivencia durante 2 años.
3. Todos los billetes tarifa gratuita u otros de descuento de empleados, recogerán
en su emisión, una cantidad a tanto alzado que contemple las diferentes tasas
cve: BOE-A-2023-6721
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 138.