III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-6721)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo de Iberia, LAE, SA, Operadora, SU, y sus tripulantes de cabina de pasajeros.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62
Martes 14 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 37766
anterior al mes en que se disfruten las vacaciones, o el promedio de la actividad laboral
realizada o computada durante el mismo período. En ningún caso dicho promedio será
inferior a la prima por razón de viaje garantizada.
Este mismo tratamiento se dará al tiempo de recuperación.
Artículo 111.
Vuelos de situación.
En los vuelos de situación para iniciar, proseguir o concluir los servicios asignados,
los TCP percibirán el 50 % de la cantidad que corresponda al tiempo baremo de vuelo
realizado.
En los vuelos de situación, se utilizarán billetes de servicio. No obstante lo anterior,
cuando se resuelva la lista de espera en la puerta de embarque, en caso de haber
plazas disponibles en clase Business o Turista Premium se realizarán upgradings a
dichas clases a TCP que viajen en situación en aviones de Iberia o de LEVEL (en tanto
en cuanto sean operados por Iberia). De no haber plazas disponibles para todos los
tripulantes que viajen en situación, los upgradings se realizarán por orden de antigüedad
en vuelo efectiva. Se analizará el sistema de asignación de plazas, respetando los
derechos que hasta la fecha puedan tener otros colectivos. El sistema se implementará
antes de abril de 2023.
Artículo 112.
Dieta.
Es la cantidad que se devenga para atender los gastos que se originan en los
desplazamientos que se efectúan por necesidades de la Compañía fuera de la base.
Artículo 113.
Clases de dieta.
Las dietas se dividen en nacionales y extranjeras, según que los gastos a cubrir lo
sean en territorio nacional o extranjero.
A partir del 1 de abril de 2023, las dietas por desplazamiento dietas se dividen en
dietas de Narrow Body y dietas de Wide Body, en función del tipo de avión en que opere
el TCP.
No obstante lo anterior, en el caso de la Operación A-321 XLR Largo Radio, a pesar
de ser un avión adscrito a las flotas de Narrow Body, si el TCP realiza un vuelo VL
recibirá una dieta de Wide Body.
La actualización de las dietas nacionales y extranjeras se hará, anualmente, el
día 1.º del mes siguiente a aquél en que se publiquen oficialmente las cifras del índice de
precios al consumo del Instituto Nacional de Estadística, para el conjunto nacional.
Las dietas nacionales serán actualizadas con dicho índice o lo que ambas partes
acuerden, y las extranjeras se actualizarán de mutuo acuerdo entre las partes, en
función de los estudios correspondientes, ambas con efectos económicos de primero de
enero de cada año.
A partir del 1 de abril de 2023, la actualización de las dietas de Narrow Body y de
Wide Body se hará, anualmente, el día 1.º del mes siguiente a aquel en que se publiquen
oficialmente las cifras del Índice de precios al consumo del Instituto Nacional de
Estadística, para el conjunto nacional.
La parte de las dietas que se abonen en euros serán actualizadas con dicho índice o
el que las partes acuerden, y las que se abonen en dólares se actualizarán de mutuo
acuerdo entre las partes, en función de los estudios correspondientes, ambas con
efectos económicos de primero de enero de cada año.
Lo dispuesto en este artículo se aplicará asimismo a las dietas de destacamento,
residencia y destino.
(Ver disposición transitoria sexta).
cve: BOE-A-2023-6721
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 114. Actualización de dietas.
Núm. 62
Martes 14 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 37766
anterior al mes en que se disfruten las vacaciones, o el promedio de la actividad laboral
realizada o computada durante el mismo período. En ningún caso dicho promedio será
inferior a la prima por razón de viaje garantizada.
Este mismo tratamiento se dará al tiempo de recuperación.
Artículo 111.
Vuelos de situación.
En los vuelos de situación para iniciar, proseguir o concluir los servicios asignados,
los TCP percibirán el 50 % de la cantidad que corresponda al tiempo baremo de vuelo
realizado.
En los vuelos de situación, se utilizarán billetes de servicio. No obstante lo anterior,
cuando se resuelva la lista de espera en la puerta de embarque, en caso de haber
plazas disponibles en clase Business o Turista Premium se realizarán upgradings a
dichas clases a TCP que viajen en situación en aviones de Iberia o de LEVEL (en tanto
en cuanto sean operados por Iberia). De no haber plazas disponibles para todos los
tripulantes que viajen en situación, los upgradings se realizarán por orden de antigüedad
en vuelo efectiva. Se analizará el sistema de asignación de plazas, respetando los
derechos que hasta la fecha puedan tener otros colectivos. El sistema se implementará
antes de abril de 2023.
Artículo 112.
Dieta.
Es la cantidad que se devenga para atender los gastos que se originan en los
desplazamientos que se efectúan por necesidades de la Compañía fuera de la base.
Artículo 113.
Clases de dieta.
Las dietas se dividen en nacionales y extranjeras, según que los gastos a cubrir lo
sean en territorio nacional o extranjero.
A partir del 1 de abril de 2023, las dietas por desplazamiento dietas se dividen en
dietas de Narrow Body y dietas de Wide Body, en función del tipo de avión en que opere
el TCP.
No obstante lo anterior, en el caso de la Operación A-321 XLR Largo Radio, a pesar
de ser un avión adscrito a las flotas de Narrow Body, si el TCP realiza un vuelo VL
recibirá una dieta de Wide Body.
La actualización de las dietas nacionales y extranjeras se hará, anualmente, el
día 1.º del mes siguiente a aquél en que se publiquen oficialmente las cifras del índice de
precios al consumo del Instituto Nacional de Estadística, para el conjunto nacional.
Las dietas nacionales serán actualizadas con dicho índice o lo que ambas partes
acuerden, y las extranjeras se actualizarán de mutuo acuerdo entre las partes, en
función de los estudios correspondientes, ambas con efectos económicos de primero de
enero de cada año.
A partir del 1 de abril de 2023, la actualización de las dietas de Narrow Body y de
Wide Body se hará, anualmente, el día 1.º del mes siguiente a aquel en que se publiquen
oficialmente las cifras del Índice de precios al consumo del Instituto Nacional de
Estadística, para el conjunto nacional.
La parte de las dietas que se abonen en euros serán actualizadas con dicho índice o
el que las partes acuerden, y las que se abonen en dólares se actualizarán de mutuo
acuerdo entre las partes, en función de los estudios correspondientes, ambas con
efectos económicos de primero de enero de cada año.
Lo dispuesto en este artículo se aplicará asimismo a las dietas de destacamento,
residencia y destino.
(Ver disposición transitoria sexta).
cve: BOE-A-2023-6721
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 114. Actualización de dietas.