III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Puertos. (BOE-A-2023-6719)
Resolución de 27 de enero de 2023, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica la Ordenanza reguladora de la ordenación y coordinación del tráfico marítimo portuario en el puerto de Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Martes 14 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 37721

Para la sección Sud del port (referido a la Terminología Local de Zonas de Mar
aprobada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Barcelona en
sesión del 29 de mayo de 2013):
– En navegación, buque en la zona canal Principal Bocana Sud:
El mayor de los siguientes valores:
– 12% del calado estático del buque.
– 1,2 metros.
– En navegación, buque en la zona canal Principal del Dic de l’Est:
El mayor de los siguientes valores:
– 9% del calado estático del buque.
– 1,0 metro.
– En navegación, buque en aguas interiores distintas de las anteriores zonas (Zona Iresto de canales y dársenas):
El mayor de los siguientes valores:
– 6% del calado estático del buque.
– 0,65 metros.
– En la zona de atraque:
El mayor de los siguientes valores:
– 4,5% del calado estático del buque.
– 0,45 metros.
Para la sección Nord del port (referido a la Terminología Local de Zonas de Mar
aprobada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Barcelona en
sesión del 29 de mayo de 2013):
– En navegación, buque en la zona canal de la Bocana Nord:
El mayor de los siguientes valores:
– 12% del calado estático del buque.
– 1,2 metros.
– En navegación, buque en la zona del paso de la Bocana Nord:
El mayor de los siguientes valores:

– En navegación, buque en aguas interiores distintas de las anteriores zonas (Zona Iresto de canales y dársenas):
El mayor de los siguientes valores:
– 6% del calado estático del buque.
– 0,65 metros.

cve: BOE-A-2023-6719
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– 9% del calado estático del buque.
– 1,0 metro.