III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-6642)
Resolución de 6 de marzo de 2023, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Padres de Niños Sordos de Salamanca, para la realización de prácticas formativas del alumnado del Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de Salamanca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Lunes 13 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 37407

Uno de los dos representantes de cada una de las partes será un tutor/instructor
nombrados por la entidad ASPAS-Salamanca y por el Imserso, a través del CRMF de
Salamanca, para la coordinación y el seguimiento de las actividades formativas en la
empresa, que garantice la orientación y la consulta del alumno/a, así como las relaciones
con el Imserso a través del director del CRMF de Salamanca.
La comisión mixta constituirá el cauce estable de comunicación entre el Imserso y la
entidad ASPAS-Salamanca. La propia comisión, una vez constituida, decidirá su régimen
de reuniones y de adopción válida de acuerdos.
En particular, a la comisión le corresponde establecer las fechas y horarios de
realización de las prácticas por el alumnado, de conformidad con la cláusula siguiente.
La comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente convenio y
supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título
Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinta.

Período de prácticas.

El período de prácticas que realizarán las personas alumnas del Centro CRMF
Salamanca tendrá una duración aproximada de 40 u 80 horas para cada una, (o su
equivalente en días). Se establece un máximo horario diario de 5 horas, que será de
mañana/tarde, de acuerdo con las necesidades del servicio de la entidad colaboradora
ASPAS-Salamanca, donde se van a realizar las actividades formativas.
Sexta.

Fichas de seguimiento.

El contenido y desarrollo de las actividades formativas en la entidad ASPASSalamanca, serán objeto de seguimiento, valoración y supervisión a través de las fichas
de seguimiento, elaboradas por el Centro CRMF Salamanca, a través de la comisión
mixta recogida en la cláusula cuarta del presente convenio.
El Centro CRMF Salamanca pondrá a disposición de la entidad ASPAS-Salamanca,
una ficha de seguimiento de asistencia diaria a las actividades formativas realizadas, con
registro de la fecha de realización y tendrá el visto bueno de la comisión mixta una vez
finalizado el período de prácticas. La ficha de seguimiento servirá de base para emitir la
correspondiente certificación de realización de prácticas.
Séptima.

Selección del alumnado.

El Imserso a través del Centro CRMF Salamanca, seleccionará a las personas con
discapacidad del centro que van a realizar las prácticas de acuerdo con la evaluación
previa realizada por el Servicio de Capacitación Profesional, que respetará los principios
de igualdad, objetividad, mérito y capacidad.

Los/las estudiantes en prácticas deberán respetar el sistema organizativo de la
entidad ASPAS-Salamanca, la guarda y el debido sigilo respecto de los asuntos que
conozcan en el desarrollo de las prácticas. El incumplimiento de sus obligaciones podrá
determinar la pérdida automática de sus derechos como estudiante en prácticas y el
ejercicio de acciones disciplinarias, según lo establecido en la normativa del Imserso y
en el Reglamento de Régimen Interior del Centro CRMF Salamanca.
En caso de falta de puntualidad, no asistencia o incorrecto comportamiento del
alumno, la entidad ASPAS-Salamanca o el Imserso a través de la dirección del Centro
CRMF Salamanca, podrán desistir de continuar la cooperación formativa con dicho
alumno, siendo suficiente, a tal efecto una comunicación escrita entre las partes.

cve: BOE-A-2023-6642
Verificable en https://www.boe.es

Octava. Obligaciones del alumnado.