III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-6642)
Resolución de 6 de marzo de 2023, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Padres de Niños Sordos de Salamanca, para la realización de prácticas formativas del alumnado del Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de Salamanca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Lunes 13 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 37406

Los servicios prestados dentro de dicha entidad están orientados a acompañar a las
familias, ofrecer información y orientación, promover y favorecer el desarrollo de
competencias propias, posibilitar el acceso a los recursos y promover la garantía de los
derechos. Todo ello buscando la mejor calidad de vida y el bienestar de cada uno de sus
miembros.
Que las dos instituciones estiman conveniente, en aras del cumplimiento de sus
respectivos fines, establecer un cauce estable de cooperación que dé coherencia y
continuidad a cuantas iniciativas estén desarrollando y que permita concretar la futura
cooperación entre las mismas en el desarrollo de acciones dirigidas al colectivo de
personas con discapacidad física, sensorial o con daño cerebral adquirido, para su mejor
calidad de vida y plena participación social, así como otras iniciativas dirigidas al logro de
estos objetivos, que puedan ser desarrolladas conjunta o separadamente por ambas
Instituciones, desarrollando un proyecto de cooperación interinstitucional.
En consideración a todo ello, ambas partes deciden suscribir el presente convenio,
que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente convenio, tiene como objeto definir la cooperación entre el Imserso, a
través de su Centro CRMF de Salamanca, dependiente orgánicamente de dicho instituto
en la realización de prácticas de formación en la entidad ASPAS-Salamanca, con las
personas alumnas de los cursos de Formación Profesional Ocupacional orientada al
empleo, impartidos por el Centro CRMF de Salamanca y cofinanciados por el Fondo
Social Europeo, que hayan alcanzado un nivel óptimo de aprendizaje en la acción
formativa y pueden iniciar las Prácticas de Empresa con sujeción a las condiciones que
determinan las cláusulas que figuran en el presente documento.
Segunda.

Finalidad de las prácticas de formación.

La finalidad única y exclusiva de las prácticas a realizar por el/los alumno/s
mencionado/s, es únicamente la de conocer el funcionamiento de la entidad ASPASSalamanca, sus métodos de trabajo y organización, como complemento práctico a sus
estudios. En consecuencia, la relación que mantienen con la citada entidad es
exclusivamente formativa, sin percibir salario o estipendio alguno.
El hecho de que el alumnado realice prácticas en la entidad ASPAS-Salamanca, no
supondrá ningún tipo de relación laboral con ella ni determinará la existencia de ninguna
responsabilidad por su parte.

Cualquier accidente o enfermedad que pudieran sufrir los/las alumnas/os, así como
la responsabilidad civil en la que pudieran incurrir con ocasión o como consecuencia del
desarrollo de las actividades formativas, incluidos los desplazamientos, entre el CRMF
de Salamanca y la entidad donde se llevarán a cabo las prácticas, quedarán cubiertos
por el seguro de accidentes y responsabilidad civil contratado por CRMF de Salamanca
del Imserso.
Cuarta.

Comisión mixta.

Se constituye una comisión mixta integrada por dos representantes nombrados por
cada una de las partes, a la que corresponde concretar las actuaciones de cooperación
que se vayan a llevar a cabo de entre las previstas en este convenio, así como velar por
el cabal cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos por ambas partes.

cve: BOE-A-2023-6642
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Cobertura de riesgos.