III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-6642)
Resolución de 6 de marzo de 2023, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Padres de Niños Sordos de Salamanca, para la realización de prácticas formativas del alumnado del Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de Salamanca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 37405

mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el
presente convenio en los términos que en él se contiene, y al efecto,
EXPONEN
I
Que el Real Decreto 311/2021, de 4 de mayo, por el que se modifica el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, adscribe a
dicho Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, la entidad
gestora de la Seguridad Social Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Asimismo, el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, que regula la estructura
orgánica y funciones del Imserso, le atribuye competencias en materia de los servicios
complementarios de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social para personas
mayores, como también el establecimiento y gestión de centros de atención
especializada o de aquellos a los que se les asignen objetivos especiales de
investigación de ámbito de actuación estatal en el campo de acción del Instituto.
La Orden Ministerial de 7 de septiembre de 1982, del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, regula la naturaleza, objetivos y ámbito de actuación de los centros de
recuperación de personas con discapacidad física dependientes del Imserso,
configurándolos como centros de atención integral a personas con discapacidad física y
estableciendo sus objetivos.
II
Que la asociación ASPAS-Salamanca figura inscrita en el Registro Provincial de
Asociaciones con el núm. 490, según lo dispuesto en el Real Decreto 382/1986, de 10 de
febrero, por el que se crea, organiza y regula el funcionamiento del Registro de
Entidades Locales.
La asociación ASPAS-Salamanca es una asociación sin ánimo de lucro, y declarada
de utilidad pública, creada en 1982 por un grupo de padres y madres con hijos/as con
discapacidad auditiva que, al carecer de una institución a la que poder dirigirse para
orientarse y compartir experiencias, decidieron constituirse como asociación, siendo su
principal objetivo unificar los esfuerzos para la defensa de sus intereses y para la
integración de sus hijos/as en todos los ámbitos de la sociedad.
Respecto a su actividad tienen los siguientes programas:
– Servicio de atención y apoyo a las familias.
– Atención temprana.
– Servicio de Atención Integral para la Comunicación.
– Logopedia Itinerante: Es un servicio pensado en acercar a todas aquellas familias
que lo necesiten, los mismos servicios que se ofrecen desde la sede, pero en el ámbito
rural.
– Servicio de promoción de la autonomía personal: tiene como finalidad la mejora en
la calidad de vida e integración en la vida comunitaria de los niños y jóvenes con
discapacidad auditiva.
– Información, coordinación y sensibilización comunitaria.
– Servicios específicos de discapacidad auditiva: que abarcan servicios de préstamo
de servicios de apoyo, centro de recursos y documentación específica, y cursos de
lengua de signos de nivel inicial para todas aquellas personas que estén interesadas en
aprender Lengua de Signos Española.
– Servicio de psicología.

cve: BOE-A-2023-6642
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